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Nuevo tema Responder al tema  [ 3 mensajes ] 
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 Asunto: Acta Junta propietarios
NotaPublicado: Sab Ene 14, 2006 10:16 am 
El pasado mes de Septiembre hemos celebrado una Junta de Propietarios en la cual se han tomado acuerdos de importancia y se ha levantado acta de un tema que afecta personalmente a mi esposa (lesiones por golpe producido por ascensor de la comunidad-tema en el juzgado).
A pesar del tiempo transcurrido aún no hemos recibido el acta de la mencionada reunión. He solicitado por escrito al presidente y al administrador el envio de dicho documento y áun no lo he recibido. Creo interpretar una actitud de ocultación por parte del presidente y el administrador al no hacerme llegar el acta.
¿ Puedo actuar legalmente , en el supuesto de que se nieguen a facilitarme lo solicitado... ?.
Gracias anticipadas.


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 Asunto: Solicitud de Acta.
NotaPublicado: Mar Ene 17, 2006 1:06 am 
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Colaborador
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Registrado: Jue Ago 11, 2005 12:36 pm
Mensajes: 593
Ubicación: Alicante
Bueno, en principio, tu no tienes por qué mendigar el acta de esa reunión, la Ley de la Propiedad Horizontal, indica en el punto 3 del Artículo 19.......El acta deberá cerrarse con las firmas del Presidente y del Secretario al terminar la reunión o dentro de los diez días naturales siguientes. Desde su cierre los acuerdos ser´n ejecutivos, salvo que la Ley previer lo contrario.
El acta de las reuniones se remitirá a los propietarios, de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 9.

En fín que el acta te la deben de hacer llegar de la misma manera que te hacen llegar las convocatorias a las juntas.

De todas las formas, solicita por burofax que te envien copia del acta de esa junta, no te la pueden negar y si es así, puedes denunciarlos judicialmente.


Saludos.

_________________
Miguel Carlos Gorriz Fuertes.
Administrador de Fincas.
Colegiado Nº 1436. Alicante.
Tlf: 660 00 60 28
E-mail: cgorrizf@gmail.com
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 Asunto:
NotaPublicado: Mié Ene 18, 2006 8:55 am 
Cito aquí lo escrito en otro tema:

Estos "abusos de poder" se producen porque saben que casi nadie se arriesga a un pleito. Tienen la certeza de salir impunes porque no podemos demostrar estos abusos. Un ejemplo: la L.P.H. establece un plazo de 15 días para remitir una copia del acta, pues en cierta ocasión tardó casi tres meses para remitirla, agotando así los plazos legales para su posible impugnación. ¿Cómo demuestras que la has recibido fuera de plazo si la deposita en el buzón? Es su palabra contra la tuya, cuando en comunidades pequeñas los demás vecinos no te apoyan. Otro ejemplo sangrante: en cierta ocasión dio voto a quienes no estaban al tanto del pago de una derrama, excusa "no había emitido los recibos por orden de la Presidenta", también administradora de fincas de profesión. Ante esto ¿que haces?


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