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 Asunto: Administrador incumple los estatutos en reparto de gastos
NotaPublicado: Jue May 06, 2010 3:59 pm 
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Registrado: Mié May 05, 2010 10:00 pm
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Buenas tardes y gracias por admitir nuestra consulta, intentaré ser breve. Somos 6 vecinos y 2 bajos. La finca es del 2006 y nosotros compramos en mayo de 2009. Los estatutos establecen que los gastos de las viviendas van a partes iguales, pero el administrador calcula la liquidación conforme el coeficiente de participación, de modo que pagamos más de la cuenta las puertas 5 y 6.
La primera liquidación que nos pasó le comunicamos que estaba mal calculada, el administrador rectificó y nos la remitió calculada conforme los estatutos y admitiendo que existía un error.
Pero el problema es que la segunda (3er trim 2009) nos la envió de nuevo mal calculada, se lo comunicamos y el tío nos dice que como se venía haciendo así desde el principio que no lo puede cambiar, que como es costumbre ya no se puede cambiar. Desde entonces yo estoy pagando los gastos conforme a los estatutos, pero claro, el sr admin nos considera morosos a las puertas 5 y 6.
En noviembre convocamos una Junta para aclarar la situación, nos presentamos las puertas 1,5 y 6 y la puerta 3 representada por el administrador. Así que el administrador sometió a votación si se cambiaba el reparto de gastos, evidentemente los vecinos que pagan menos de lo que les toca según estatutos votaron que no, y las otras 2 viviendas que se aplicara el estatuto, y el administrador dice que como no se llega a acuerdo que continúa el tema igual, se justifica en que era un acuerdo verbal al que habían llegado los vecinos iniciales. Creo que esto no es cierto porque nosotros le compramos directamente al cosntructor y cuando se lo comenté me dijo literalmente "el tío x nos la ha estado metiendo por detrás".
En esta reunión se me nombró presidente pq no había, de hecho el de la puerta 1 dijo que era la primera reunión de la comunidad, por cierto no existe contrato escrito entre el admin y la cdad.
Bueno oues convoco una 2ª Junta para explicar que esta situación, a mi entender, es ilegal y que estamos mermando el presupuesto con la situación. Nos presentamos de nuevo las mismas puertas (1,5 y 6 y la 3 repres x admin), y resulta que el administrador me dice que no pude convencer al de la puerta 3 y que a ver si llegamos a un acuerdo, a lo que le digo que no es función de él convencer a nadie de la aplicación de las leyes.
Total que la situación continúa igual, el admin me sigue dando largas, continuamos constando como morosos según al admin y yo ya me estoy cansando del asunto.
He puesto una queja en el Colegio de Admins (está colegiado) pues intento evitar a toda costa el acudir a los juzgados, y el otro día me dice el admin que ha leído la queja y que el departamento jurídico del Colegio le da la razón??? pero él me dice que la razón la tengo yo, pero que él no puede hacer nada pq se viene haciendo así desde el principio????????

Las preguntas son:
- ¿Tiene algún sentido esta situación creada por el administrador?
- ¿Me pueden denunciar por no pagar las liquidaciones del admin y constar como moroso, aún pagando las liquidaciones conforme a estatutos?
- ¿Como presidente debo tener los datos personales de los vecinos? Él no me los quiere facilitar por la protección de datos
-¿Puedo convocar una Junta sin la presencia del admin para votar su cese y explicar a los vecinos que están incurriendo en una deuda creciente?

Si me queréis aconsejar de algún asunto que yo no he caído os lo agradeceré enormemente.
Gracias otra vez y un saludo


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NotaPublicado: Vie May 07, 2010 11:17 am 
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
Mensajes: 2190
No le veo mucho sentido a la situación pero está claro que existe y no creo que el responsable sea el administrador, sino los propietarios que no tienen un criterio común y no obligan a que se cumpla la ley, lo cual se podría hacer a través del juzgado.

No entiendo como te permiten votar en junta puesto que te consideran moroso.

Para pagar como dices, deberías depositar en el juzgado las cantidades y poner demanda de la situación.

Como presidente y como propietario, da igual que seas o no un cargo, siempre que seas propietario, tienes derecho a estar informado de todo lo que se relaciona a la comunidad y no sea puramente particular.

La protección de datos, si la llevan legal, la tiene la comunidad no el administrador, aunque hay casos que esto no se lleva bien, pero los datos está claro que corresponden a la comunidad y la comunidad sois los propietarios. El administrador es un asesor y empleado de la comunidad pero sin voto ni poder decisorio sobre asuntos comunitarios.

PAra votar su cese no tienen porque dejarlo sin asistir y las convocatorias se hacen a todos los propietarios y cargos de la comunidad. La decisión de asistir o no es del propietario, de lo contrario sería una convocatoria impugnable.

Las decisiones se toman en junta y por la mayoría correspondiente, así para el caso de nombramiento o cese de un cargo sólo necesita mayoría de votos y coeficientes, pero tienes que tener en cuenta que los propietarios morosos no pueden votar, por ello que deberías estar al corriente en tus pagos, bien a través de la comunidad o depositando el dinero en el juzgado, el cual te devolverá lo que te corresponda una vez aclarado el asunto.

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NotaPublicado: Vie May 07, 2010 12:47 pm 
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Registrado: Mié May 05, 2010 10:00 pm
Mensajes: 2
ok, entonces, si no entiendo mal, debo depositar las cantidades que liquida el administrador, aunque no cumplan con los estatutos, en un juzgado y demandar la situación.

Ahora te pregunto,
¿A que juzgado he de acudir, civil, contencioso,...?
¿He de acudir con abogado y procurador o yo mismo puedo demandar la situación mediante escrito?
¿Cómo deposito las cantidades en el juzgado?
¿Esto conlleva algún gasto, y si es así, quién se hace cargo al final del proceso? Lo digo por si puedo hacer entrar en razón (que creo que la tengo) a los vecinos en una nueva Junta y evitar acudir al juzgado, o crees que es mejor dejarlo en manos del juez.

Gracias otra vez


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NotaPublicado: Sab May 08, 2010 3:53 pm 
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
Mensajes: 2190
Para impugnar es obligatorio llevar abogado y procurador, algo que no soy, así que te recomiendo que si relamente te decides a actuar consultes a uno de confianza para que te aclaren cuestiones de viabilidad, que si bien nada es seguro antes de iniciar un proceso, alguna idea te darán para que puedas decidir que hacer.

El ingreso de la cuota se hace mediante escrito y no necesitas mas que argumentar el motivo de tu depósito. Lo normal es que cualquier funcionario te oriente en caso de duda, yo no lo he tenido que hacer hasta ahora y no domino el procedimiento, solo se de la teoría.

El juzgado siempre lo último, cuando ya no te quede otro camino y quieras exigir que se cumplan con tus derechos.

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