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Autor |
Mensaje |
obhmlaspalmas
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Asunto: Cerramiento de patio en pisos de plantas bajas Publicado: Mar Sep 21, 2010 6:54 pm |
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Principiante |
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Registrado: Jue Sep 16, 2010 10:08 am Mensajes: 2
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Buenas tardes, les expongo mi problema.
Hace cuatro años compre un piso, el cual tiene el patio techado, en su momento, me puse en contacto con el administrador de la comunidad para saber si habia algun problema con dicho piso, y solo me indicaron que habian cuotas pendientes.
Tras dos años residiendo en dicha propiedad, en una de las juntas se indica que las personas que tienen los patios techados estan cometiendo una ilegalidad y debemos quitar los cerramientos, y me entero que en su momento la vecina del segundo ya interpuso una denuncia al anterior propietario años antes de yo adquirir el piso.
En la ultima junta, se aprobo llevar al juzgado a los propietarios que cometemos dicha ilegalidad.
Yo entiendo que debo de quitarlo, ya que las normas de la comunidad lo reflejan, pero tambien me gustaria pedir responsabilidades a la comunidad ya que no me dijeron el problema que habia con el piso y tenian conocimiento de el. Asi, tambien pedi copia en su momento en el registro de la propiedad de las normas y actas aprobadas en juntas y nunca se ha registrado ningun acta ni nada, con lo cual, todo aquello que la comunidad ha votado, entiendo que no tiene validez alguna.
Tambien querria saber si vamos a juicio alrededor de cuanto me podria salir la broma si decido llegar hasta el final y el juez dictamina que tengo que pagar las costas del juicio y todo eso y el tiempo medio en que este tipo de conflictos tarda en resolverse.
Asi, querria saber si es posible que el juez dictamine que lo puedo dejar como esta, ya que no seria la primera vez que caen cosas de los pisos superiores y eso supone un riesgo para mi persona, hay vecinos que incluso les ha caido un microonas y un perro.
Muchas gracias por todo y reciban un cordial saludo.
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MIRROR
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Asunto: Publicado: Jue Sep 23, 2010 10:35 am |
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Principiante |
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Registrado: Vie Sep 10, 2010 12:41 pm Mensajes: 18
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La prescripción de ocupación de elementos comunes es de 15 años. Por lo que si hace menos de quince años que esta el cerramiento, tienes todas la de perder.
Respecto a la petición de responsabilidades, sino tienes un escrito del administrador o de la comunidad con lo que dices, es muy dificil.
Un saludo
_________________ Consultas Online /Asesoría Online /herbolario / herboristeria
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obhmlaspalmas
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Asunto: Publicado: Jue Sep 23, 2010 2:19 pm |
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Principiante |
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Registrado: Jue Sep 16, 2010 10:08 am Mensajes: 2
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Buenos dias.
Y en referencia al tiempo estimado de resolucion de este conflicto judicialmente y las posibles costas del juicio ¿que me podeis decir?
Muchas gracias por todo y un saludo.
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