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 Asunto: Cerrar terraza.
NotaPublicado: Vie Mar 26, 2010 10:03 am 
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Registrado: Jue Mar 25, 2010 8:13 pm
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Hola a todos, es mi primer post aqui ya que descubri la pagina ayer, y creo que haceis una labor muy importante para todos los que tenemos dudas como por ejemplo yo.

Bien, os voy a comentar lo que tengo intencion de hacer en mi casa y que ya le he comunicado al administrador para que lo ponga en el orden del dia de la proxima reunion.

En mi comunidad solo somos 6 vecinos que tenemos terraza y somos los de los primeros.Es una terraza de unos 30 m2.La terraza es comunitaria y de uso y disfrute nuestro.Todas las terrazas son iguales,dos muros a los lados y un muros frontal de 1,5m mas o menos.O sea la terraza digamos que solo esta abierta por arriba y por su frontal en parte.Segun tengo entendido,las estructuras de madera no son de obra y se consideran una obra menor,con lo cual no te hace falta licencia de obras para poder hacer algo de eso.Tambien tengo entendido que se consideran estructuras moviles.
Cunado le he comentado esto al administrador para tratarlo en la proxima reunion, me ha dicho que necesitamos unanimidad,porque se modifica la fachada del edificio.
Creo que existe un poco de vacio legal sobre este tema,ya que si yo coloco como teng ahora un mueble de pvc en la terrara,no necesito permiso,ya que como digo es considerado mueble.
¿Y si los vecinos no lo aceptan?.¿Puedo poner una casita de madera?.Digo esto porque tambien seria considerado un mueble¿no?.
¿Y si en vez de poner los pilares y todo el armazon que se sujete a la fachada, lo pongo que se sujete al suelo de la terraza?.Con esto no estaria tocando nada de lo que es la fachada ¿no?.

Espero haberme explicado bien y espero que alguien me pueda ayudar en este tema.

Un saludo y muchisimas gracia sd e antemano.

Edito:
Soy miembro de OCU,y acabo de hablar con ellos.Me han dicho que para esos temas no hace falta unanimidad, sino las 3/5 partes ya que la unanimidad la han dejado solo para los estatutos.Tambien tengo en mi poder un documento que hace referencia a la reunion que se hizo para aprobar los estatutos de la comunidad que fue en noviembre de 2004.En ese documento sellado por el propio administrador de fincas,digo que voto en contra de los estatutos, y aun asi mi comunidad tiene estatutos.
¿eso es legal?,¿puedo impugnar los estatitos si estan aprobados entregando ese papel sellado por el administrador diciendo en su momento mi voto fue en contra?.

Mil gracias de antemano.


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NotaPublicado: Vie Mar 26, 2010 1:20 pm 
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
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Si dices que es obra menor, necesitarás permiso de obra menor, algo que no suele tramitarse, pero si hay denuncia por medio seguro que te toca pagar, sino te mandan quitarla, en el peor de los casos.

La modificación de fachada efectivamente necesita unanimidad y si bien no está muy claro todo esto, hay sentencias que avalan esta posición.

Sujetar a la fachada o al suelo o techo es lo mismo, todo es considerado elementos comunes, incluso los espacios aéreos son considerados así.

No veo muy acertado el informe de la ocu que comentas sobre la unanimidad, así que habrá alguna mala interpretación en esto y de ahí esa opinión errónea. Hay más casos que necesitan unanimidad y no todo lo que viene en estatutos tiene que ser por unanimidad.

Sobre el voto y que existan estatutos no veo claro la cuestión, pero si ya existían y no estás de acuerdo con ellos, no siginfica que puedas quitarlos a no ser que haya demanda y un juez lo estime.

Para realizar una demanda o impugnación necesitarás de abogado y procurador.

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NotaPublicado: Vie Mar 26, 2010 2:29 pm 
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Registrado: Jue Mar 25, 2010 8:13 pm
Mensajes: 3
Por lo que veo sin unamidad no puedo hacerlo, pero tengo la duda de si podre o no con una estrutura movil,o sea que no sea de obra.Una pergola creo que no se considera obra.Ahora mismo tengo 2 pergolas de 3x3 y no me han dicho nada.Son de las que se comprarn y las montas tu.

Tengo entendido que podria pner una casita de manera porque podria considerarse un mueble.¿Prodria ponerla?.

Mil gracias y un saludo.

Edito:

Cerramiento movil de aluminio

He encontrado esto por internet.¿Esto se puede considerar como un toldo?.¿seguiria teniendo que pedir permiso a la comunidad?.

Digo esto porque las estructuras ahora mismo hay puestas en mi comunidad son parecidsas a esta pero en vez de aluminio en el techo es tela, pero el armazon es el mismo.


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NotaPublicado: Sab Mar 27, 2010 8:05 pm 
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
Mensajes: 2190
Todo depende de tus vecinos y sus apreciaciones, porque puede ser legal y ellos denunciarte, al final la última palabra en estos casos la tiene un juez.

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 Asunto: Sobre porcentajes necesarios votos y comunidad.
NotaPublicado: Dom Mar 28, 2010 9:20 pm 
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Registrado: Dom Nov 16, 2008 7:45 pm
Mensajes: 29
Hola,

Acabo de leer un post sobre modificaciones y porcentajes necesarios para aprovacion.
Simplemente decir que aqui en Cataluña tras aprovacion libro V es suficiente el voto favorable de las cuatro quintas partes de los propietarios para adoptar acuerdos relativos a inovaciones fisicas si afectan a la estructura exterior.
Saludos.
Opalagata.


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