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Nuevo tema Responder al tema  [ 10 mensajes ] 
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 Asunto: chimenea/elemento cmún?
NotaPublicado: Mié Sep 10, 2008 4:44 pm 
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Registrado: Mar Sep 09, 2008 7:37 pm
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HOLA, TENGO UNA PREGUNTA Y ME GUSTARÍA PARTICIPAR EN EL FORO.
El asunto es sobre una comunidad de propietarios.
Yo, concretamente soy propietaria de un local con actividad de bar.
El bar lleva funcionando 20 años, los mismos que tiene el edificio. De siempre me he quejado de que mi salida de humos (un tubo de PVC) no tira demasiado bien, y a su vez, en varias acasiones algún vecino se ha quejado de olores. Sin embargo ha sido un tema que la Comunidad no ha tratado nunca en serio, de hecho, hasta hace poco menos de un año ni siquiera se habían recogido dichas quejas en ningún acta. El asunto es que ahora, y después de 20 años hemos descubierto (un vecino ha picado en su cocina y en su camarote) que de cinco canalizaciones de PVC que discurren por una misma cavidad a base de ladrillo(como una chimenea que recoge las canalizaciones) tres no llegan ni siquiera a la cubierta; aparecen cortadas a la altura del camarote. Un vecino denuncia el hecho en el Ayuntamiento y el técnico municipal elabora un informe en el que dice que con toda seguriodad esas canalizaciones han estado cortadas desde siempre añadiendo la necesidad de repararlas y hacer que continuen hasta la cumbrera.
Así las cosas la Comunidad me obliga a que repare mi canalización y me da de plazo dos meses pues dice que los vecinos cuyas canalizaciones también estan cortadas (son de dos baños) sufren olores. Sin embargo yo entiendo que se trata de un elemento común de uso privativo y que sería la Comunidad quien debiera repararlo; además me acusan como si fuera la mala de la película, cuando soy una victima más de una mala edificación.
Otra pregunta: aunque ya han pasado 20 años, ¿se le podría reclamar algo al Ayuntamiento por dar permiso de habitabilidad a una obra inacabada?[/i][/b]


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 Asunto: cimenea/ elemento común?
NotaPublicado: Mié Sep 10, 2008 5:10 pm 
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Registrado: Mar Sep 09, 2008 7:37 pm
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Soy artie de nuevo.
Intentaré aclarar algun aspecto que creo ha podido quedar un tanto confuso:
Cuando digo que el vecino rompe en su propiedad para ver lo que hay es porque yo había pedido a los albañiles que estaban reparando el tejado que mirasen si a mi canalización le pasaba algo porque tiraba muy mal. Lo había intentado primero con la Administradora pero no me hizo ni caso.Los albañiles dijeron al vecino que parecía que fuera él el que tenía taponada mi canalización, pero por si acaso preguntamos a un amigo aparejador que se presentó en el lugar y en presencia del vecino y de la propia administradora que no nosotros debió de decir que a todas luces era eso lo que parecía por lo que el vecino decidió romper ( él había comprado la casa de segunda mano y dudaba de que igual los anteriores dueños hubieran hecho algo).
El caso es que ahora la Comunidad me insta a pagar los desperfectos ocasiopnados por romper en la propiedad de ese vecino diciendop en el acta que fuí yo quien se lo pidió, cuando no es cierto. Lo cierto si es qe le dí las gracias por su valentía porque de una vez se había averiguado lo que pasaba y le dije que la Comunidad le arreglaría los desperfectos, pero ahora,....
También me dan dos meses de plazo para areeglar "mi" canalización, pero no dicen nada respecto de las otras dos que también están cortadas y que l propio técnico municipal considera abligatorio que llegen a la cumbrera.
Me acusan de causarles perjuicios y a su parecer yo no soy perjudicada aunque haya padecido la mala extracción de humos durante nada menos que 20 años sin que me hayan investigado el asunto.


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NotaPublicado: Vie Sep 12, 2008 9:47 pm 
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Registrado: Vie Oct 27, 2006 9:18 pm
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Ubicación: Barcelona (España)
Las chimeneas son elementos comunes ya que son instalaciones que sirven de evacuación de humos. Esto lo recoge el artº 396 del Codigo Civil y por tanto si la instalación no está bien hecha hay que remodelarla para darle la utilidad conveniente. Quiero decirle con esto que, la obra corresponde a la comunidad y a pagar por coeficiente salvo pacto en contrario. Referente a ese picado de su vecino en su cocina, también corresponde sufragarlo a la comunidad ya que gracias a ello se ha observado la anomalía.

Expóngale esto a sus vecinos, y si le denuncian doble gasto van a tener ya que usted en su defensa lo tiene bastante claro, y los gasto procesales lo tendrán que pagar ellos. Que no sean tontos y que paguen la reparación entre todos por coeficiente como dispone la ley y que se dejen de pleitos.


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NotaPublicado: Sab Sep 13, 2008 4:05 pm 
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Registrado: Mar Sep 09, 2008 7:37 pm
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Hola,
soy artie denuevo.
me alegro infinito de tu respuesta porque ya me entraban las dudas. El hecho es que estoy cansada de decirle esto a los vecinos, pero estos siguen en sus trece, de hecho el acta de la última reunión en la cual me instan a reparar yo la canalización se la ha elavorado un abogado, por eso estaba un poco mosca, porque si un abogado les dice eso,....
Se me ocurre que ya que me dan dos meses de plazo para presentar poryecto autorizad por el Ayuntamiento y reparar la canalización, ¿qué pasaría si reparo el tubo y luego les reclamo la factura y si es necesario judicialmente?, ¿tendría posibilidades de ganar?.
Digo esto porque si no veo que la cosa se alargará en el tiempo y el Ayuntamiento me ha dado plazo para solucionar el problema de la extracción de humos de mi local amenazandome con el cierre del negocio, que es lo que quieren los vecinos que ocurra, claro está.
Bueno majos, gracias de antemano.
Supongo que soy una pringada más con un carro de problemas enmarañados a las espaldas, ¡vaya plan!


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NotaPublicado: Sab Sep 13, 2008 8:33 pm 
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
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Lo que te puede servir es el informe del técnico que ha mirado el problema y contra ésto solo cabe otro informe de otro profesional diferente y llegar a un acuerdo en el caso de que no coincidan.

Entiendo suficiente salvaguarda este informe, como para que no te puedan obligar en exclusividad a nada, ya que el problema es de más partes que la que te corresponde.

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NotaPublicado: Dom Sep 14, 2008 9:56 pm 
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Registrado: Vie Oct 27, 2006 9:18 pm
Mensajes: 424
Ubicación: Barcelona (España)
Usted dice que la comunidad le ha comunicado que tiene que repara esa chimenea y me gustaría saber cómo se lo ha comunicado. Si esa decisión se ha tomado en junta de propietarios se debe recoger en acta. Si es así tendría que impugnar el acuerdo vía juzgado en el caso que usted haya votado no en la votación realizada al efecto y no debería perder tiempo en hacerlo.
Referente a la comunicación del abogado debería usted contestarle con los argumentos que ya le he dado.

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La verdadera sabiduría está en reconocer la propia ignorancia.

Sócrates (470 AC-399 AC) Filósofo griego.


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NotaPublicado: Mar Sep 16, 2008 9:13 pm 
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Registrado: Mar Sep 09, 2008 7:37 pm
Mensajes: 81
me dicen que lo arregle porque en una reunión en la que no estube así lo acordaron. El acta la recibi el 5 de septiembre porque se la había pedido yop expresamente. Como he averiguado a través de otros escritos en este foro, al no haber estado en la reunión debo escribir al Presidente diciendole que no estoy deacuerdo con el acuerdo (¿me equivoco?). Pero además pienso: si los acuerdos son ejecutivos, podría hacerles caso y reparar la canalización y luego pasarles la factura haber que pasa, y si se negaran a pagar y teniendo en cuenta que deberían hacerlo según poarece, denunciar entonces; así conseguiría mi arreglo y con una sóla denuncia conseguir que ellos pagaran. ¿Que os parece?. Igual me equivoco del todo; si es así, decieme, ¿vale?.


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NotaPublicado: Mié Sep 17, 2008 6:31 pm 
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Registrado: Vie Oct 27, 2006 9:18 pm
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Ubicación: Barcelona (España)
De arreglar no arregle nada ya que entonces tendría mal arreglo la cosa arreglada.

Al no haber asistido a esa junta, usted debe formular escrito fehaciente (con acuse de recibo con copia para usted) en el que diga:

Sr secretario y presidente de la comunidad (el escrito que se lo firmen los dos):

D._________________con DNI: 37.000.000 propietario del piso 2º, 3º de esta comunidad le expone:

Tras recibir el acta de la reunión celebrada el día X en la fecha 5 de Septiembre de 2008, les comunico que:

Ateniendome al atº 17 de la Ley de Propiedad Horizontal, punto 1, NO soy conforme con el acuerdo alcanzado en el punto X del orden del día de dicha reunión sobre el arreglo de la chimenea, ya que se trata de un elemento común como bien refleja el Artº 396 del c. civil, y por tanto, corresponde su reparación a la comunidad de propietarios como dice el artº 10, punto 1 de la Ley de Propiedad Horizontal.
Por tanto, procederé a formular demanda de impugnación de tal acuerdo en el juzgado como prescribe la ley en el plazo establecido, con petición de condena en costa a los demandantes, salvo que de forma fehaciente se allanen al requerimiento de mi petición de demanda en un plazo no superior a 15 días, evitando de esta forma, gastos innecesarios a la comunidad.
De no recibir notificación fehaciente al respecto en el periodo citado, iniciaré el proceso judicial.

Salamanca a 20 de Septiembre de 2008

Firmado:


Pasado los 15 días, búsquese un abogado y le entrega la carta para que inicie el pleito. El abogado ya le comunicará el procedimiento que sigue. Usted debe adelantar el dinero, después lo recibirá una vez ganado el juicio que no tiene por qué perder, porque usted está actuado conforme a la ley. No demore ir al abogado ya que dispone de 3 mese desde el recibo del acta ( 05 de sep ) para proceder a la impugnación. Si deja pasar los plazos no tiene nada que hacer, ya que usted de esta forma acepta significativamente la decisión del acuerdo tomados por ello.


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NotaPublicado: Mié Sep 17, 2008 8:45 pm 
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Registrado: Mar Sep 09, 2008 7:37 pm
Mensajes: 81
OK.
Una cosa, puede con una misma demanda de impugnación impugnarse dos acuerdos a la vez aún siendo estos recogidos en diferentes actas?. Lo digo porque ya que les voy a demandar pues aprovecho y reclamo otras cosas con las que no estoy de acuerdo.


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NotaPublicado: Mié Sep 17, 2008 8:58 pm 
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
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Impugnar no es algo que se haga de aquella manera, sino que hay que cumplir unos requisitos y plazos y sobre todo algo que se hace en el juzgado para lo cual mejor que cuentes con abogado. Nadie mejor que tu abogado para que te oriente, pero me da que no es posible la rebaja o el dos por uno en este caso.

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