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Nuevo tema Responder al tema  [ 5 mensajes ] 
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 Asunto: COMO TERMINAR CON LOS MOROSOS
NotaPublicado: Vie Ene 09, 2009 11:38 am 
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Registrado: Jue Ene 08, 2009 11:53 am
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Buenos dias

En caso de morosidad lo mejor es contratar a una empresa especializada que te resuelva todo el trabajo y el problema,como Cobralia que vio amistosa o judicialmente recupera sus pagos y actualmente tiene un servicio nuevo llamado e-recobro que se contrata a traves del portal y desde el cual puedes ir viendo el seguimiento de tu cartera. Es un buen sistema que te ahorra tiempo y dinero.

Saludos


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NotaPublicado: Sab Ene 10, 2009 7:03 pm 
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Registrado: Vie Sep 12, 2008 7:50 pm
Mensajes: 148
¿qué precio tienen sus servicios?

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"Dios mío dame paciencia...Pero damela YA!" Les Luthiers


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NotaPublicado: Jue May 07, 2009 3:03 pm 
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Registrado: Mié Abr 15, 2009 3:32 pm
Mensajes: 8
Pero todavía la gente se pregunta como se acaban con los morosos:

1.- En la convocatoria hay que hacer mención a las deudas bien especificadas de todos los propietarios, así como hacer mención también al posible acuerdo de contratación de abogados / procuradores.

2.- Aprobad en la junta (general o extraordinaria) las cuentas presentadas, las deudas de cada uno de los propietarios, así como apoderar al presidente para otorgar los poderes a abogados y procuradores.

HASTA aquí le corresponde el trabajo a la junta.

De aquí para abajo al abogado de turno. De todas formas un juicio monitorio lo puede iniciar el mismo presidente o el administrador.

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Que nadie toque mis comunidades


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 Asunto: morosidad
NotaPublicado: Mié May 13, 2009 10:48 am 
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Registrado: Lun May 11, 2009 11:56 am
Mensajes: 1
esteiro escribió:
Pero todavía la gente se pregunta como se acaban con los morosos:

1.- En la convocatoria hay que hacer mención a las deudas bien especificadas de todos los propietarios, así como hacer mención también al posible acuerdo de contratación de abogados / procuradores.

2.- Aprobad en la junta (general o extraordinaria) las cuentas presentadas, las deudas de cada uno de los propietarios, así como apoderar al presidente para otorgar los poderes a abogados y procuradores.

HASTA aquí le corresponde el trabajo a la junta.

De aquí para abajo al abogado de turno. De todas formas un juicio monitorio lo puede iniciar el mismo presidente o el administrador.


en nuestra empresa, utilizamos tanto la via amistosa,como la judicial. Siempre agotando las demas posibilidades. grupo mimega


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NotaPublicado: Mar Nov 10, 2009 10:59 am 
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Experto
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Registrado: Lun Nov 02, 2009 2:18 pm
Mensajes: 77
creo que lo mejor es buscar un abogado con quien tratar personalemente.
asi podrna seguir mejor todo el tema. las paginas web son maravillosas, pero a quien tienes que reclamar algun dia.
pueden decirte que lo mandado via esa pagina no llego completo. por las razones que sean.
busquen un abogado que sea de confianza. hay un largo abanico de ellos en cualquier lugar. y no son todos de fiar.
el trato personal es mejor que el trato virtual.


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