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Nuevo tema Responder al tema  [ 8 mensajes ] 
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 Asunto: Comunidad del garaje ¿Paga Ascensor?
NotaPublicado: Dom May 10, 2009 10:01 am 
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Registrado: Mar May 05, 2009 12:32 pm
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Hola ,hace tiempo que vengo leyendo vuestro interesante foro ,ahora ,me surge una duda y necesito exponer una cuestión.

Tengo una plaza de parking en un edificio ,dicho parking está formado como comunidad de propietarios del Garaje , son 21 plazas y sólo 4 son también propietarios de pisos en el edificio.
El Garaje tiene entrada y salida particular por rampa ,no tiene ningún acceso más,pero en gastos con la Comunidad del Edificio,pagamos como 2,5 pisos.
Se hicieron obras de rehabilitación de la fachada y patios de luces y se pagó ese coheficiente.
Ahora tienen que cambiar el ascensor y nos presentan la posibilidad de pagar ese de coheficiente de 2,5 pero el ascensor no llega al garaje , entiendo que no es un elemento común.
¿Estamos obligados a pagar dicho coheficiente?
Muchas gracias


Última edición por ADINS el Dom May 10, 2009 6:12 pm, editado 1 vez en total

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NotaPublicado: Dom May 10, 2009 10:07 am 
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
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Dependerá de como está organizada la comunidad, si el ascensor estaba o se ha puesto mas tarde, el acuerdo por el que se adoptó y sobre todo de lo que piensen los propietarios por mayoría. Que es elemento común no hay duda, si no sería para uno solo su uso.

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NotaPublicado: Dom May 10, 2009 6:09 pm 
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Registrado: Mar May 05, 2009 12:32 pm
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Tenía entendido que elemento común (entre otros) se denomina a los elementos inmobiliarios de uso y disfrute común , por eso comentaba que el ascensor no es un elemento común del garaje como para pagar su mantenimiento, es un elemento común del edificio ya que como dije antes ,el ascensor no llega hasta el garaje y éste tiene formada una comunidad de propieterios del garaje.
El ascensor se puso en el bloque cuando éste se construyó , los vecinos opinan que no debemos pagar ,pero hay dos que insisten en que ellos viven en unos bajos y pagan , por eso imponen que el garaje tambien pague su coeficiente.

Gracias de nuevo


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 Asunto: ascensor
NotaPublicado: Lun May 11, 2009 12:11 pm 
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Registrado: Mié Abr 15, 2009 3:32 pm
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EN primer lugar tenéis que consultar el título constitutivo y ver lo que establece sobre la contribución de los gastos de los bajos y garages a los elementos comunes de los que no se benefician: portal, ascensor, grupos de presión, antena colectiva...

Lo habitual es que estén exentos de los gastos que generen la conservación y el mantenimiento de los mismos. En ese caso intentad hacer valer esa estipulación.

Y digo intentad pues aquí se debería hacer un estudio de la jurisprudencia más reciente. Y ésta, que no he estudiado en profundidad, establece la obligacion de pagar a los propietarios de los pisos bajos y garajes, que no disfrutan del mencionado servicio de ascensor, en el caso de renovación de los ascensores. Jurisprudencia que a mi me parece un poco injusta, pero se fundamenta en el aumento de valor del edificio, incluido los pisos bajos y los garajes, que no disfrutan del mencionado servicio.

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NotaPublicado: Mar May 12, 2009 12:32 pm 
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
Mensajes: 2190
ADINS escribió:
Tenía entendido que elemento común (entre otros) se denomina a los elementos inmobiliarios de uso y disfrute común , por eso comentaba que el ascensor no es un elemento común del garaje como para pagar su mantenimiento, es un elemento común del edificio ya que como dije antes ,el ascensor no llega hasta el garaje y éste tiene formada una comunidad de propieterios del garaje.
El ascensor se puso en el bloque cuando éste se construyó , los vecinos opinan que no debemos pagar ,pero hay dos que insisten en que ellos viven en unos bajos y pagan , por eso imponen que el garaje tambien pague su coeficiente.

Gracias de nuevo


Piensas en garajes como unidad aparte y salvo que eso lo diga expresamente las escrituras, no es así. El edificio es todo entero y el uso o no uso no exime del pago según ley.

Tienen que aclarar cual es la situación real de su edificio y las exenciones que puedan tener, de lo contrario todos contribuyen en todo lo que no sea privado en base a su cuota asignada en escrituras.

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NotaPublicado: Mar May 12, 2009 1:40 pm 
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Registrado: Mar May 05, 2009 12:32 pm
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comunero escribió:
Piensas en garajes como unidad aparte y salvo que eso lo diga expresamente las escrituras, no es así. El edificio es todo entero y el uso o no uso no exime del pago según ley.

Tienen que aclarar cual es la situación real de su edificio y las exenciones que puedan tener, de lo contrario todos contribuyen en todo lo que no sea privado en base a su cuota asignada en escrituras.


Lo único que se me ocurre es consultar el título constitutivo como dice el amigo esteiro pues creo que el garaje era de una sola persona y al cabo de los años se legalizó y empezaron a vender las plazas.

La duda que me asalta es ...si debemos pagar la comunidad de propietarios del garaje a la comunidad de vecinos del bloque ,¿se aplica la misma regla cuando surgen reparaciones en el Garaje?


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NotaPublicado: Mar May 12, 2009 6:54 pm 
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
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Las cuotas se calculan en base a un 100% del total del edificio si existe una sola comunidad y tantos 100% por comunidades existentes. Te vuelve a llevar al registro de la propiedad y copia de escrituras y ver como está redactado, de camino ver si hay estatutos y dicen algo al respecto y por último comprobar que no hay acuerdos tomados a lo largo de la vida de la comunidad en tal sentido.

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NotaPublicado: Mié May 13, 2009 12:21 pm 
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Registrado: Mar May 05, 2009 12:32 pm
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Muchas gracias por vuestra ayuda..


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