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 Asunto: CONSERVACION, HABITALIDAD Y SEGURIDAD DEL INMUEBLE
NotaPublicado: Mié Sep 23, 2009 9:36 am 
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Registrado: Mié Sep 23, 2009 8:07 am
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Primero felicitarles por su página Web siendo mi consulta por el motivo siguiente:

En la reunión de vecinos de mi comunidad, se ha presentado y aprobado , un presupuesto para la instalación de un descalcificador, yo he votado en contra y traslade en la reunión que en función de la ley horizontal y , en función de los apartados del régimen de la propiedad por pisos o locales 11.1 “Ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad y seguridad del inmueble, según su naturaleza y características” y el 11.2 “cuando se adopten válidamente acuerdos para realizar innovaciones no exigibles a tenor del párrafo anterior y cuya cuota de instalación exceda del importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, el disidente no resultara obligado, si se modificara su cuota, incluso en el caso de que no pueda privársele de la mejora o ventaja”.

Exigiendo al Administrador de fincas que se estime el coste de la mejora en función de los coeficientes de las viviendas y si esta respondiese al articulado del párrafo anterior, y teniendo en cuenta que dicha instalación se pagara del montante del fondo reservado por la comunidad, determine que cantidad habría de recibir en compensación y de acuerdo a lo que la ley establece, de dicho montante. Otrosí, seria compensar la cantidad equivalente en cesación de las cuotas mensuales por dicha cantidad.


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 Asunto: MENSAJE COMPLETO
NotaPublicado: Mié Sep 23, 2009 10:44 am 
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Registrado: Mié Sep 23, 2009 8:07 am
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Primero felicitarles por su página Web y la gratuidad en la primera consulta, siendo esta por el motivo siguiente:
En la reunión de vecinos de mi comunidad, se ha presentado y aprobado por 7 votos a favor y 5 en contra, un presupuesto para la instalación de un descalcificador, yo he votado en contra y traslade en la reunión que en función de la ley horizontal y , en función de los apartados del régimen de la propiedad por pisos o locales 11.1 “Ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad y seguridad del inmueble, según su naturaleza y características” y el 11.2 “cuando se adopten válidamente acuerdos para realizar innovaciones no exigibles a tenor del párrafo anterior y cuya cuota de instalación exceda del importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, el disidente no resultara obligado, si se modificara su cuota, incluso en el caso de que no pueda privársele de la mejora o ventaja”.

Exigiendo al Administrador de fincas que se estime el coste de la mejora en función de los coeficientes de las viviendas y si esta respondiese al articulado del párrafo anterior, y teniendo en cuenta que dicha instalación se pagara del montante del fondo reservado por la comunidad, determine que cantidad habría de recibir en compensación y de acuerdo a lo que la ley establece, de dicho montante. Otrosí, seria compensar la cantidad equivalente en cesación de las cuotas mensuales por dicha cantidad.

Ahora bien, según el administrador, en la reunión me intenta echar para atrás diciendo que esto que reclamo es relativo, que no lo ve claro, que ante un juez me arriesgo a que determine que sea una obra exigible, etc, claramente y esta es una percepción mía, no acusación, sus argumentos son por interés en la comisión que se lleva.

Dicho lo cual, y actuando para salvaguardar mis intereses, no siendo estos otros que la defensa de mi economía familiar, que se ve duramente agravada por unas innovaciones no exigibles, y reitero, lesivas para mi economía, pudiendo perjudicar mi solvencia, mi temor o duda es motivada por lo comentado por el administrador, viéndome, si se llegase al caso, a tener que acudir un juicio, si este fuera desfavorable, a tener que pagar los costes del mismo. Por ello, recurro a Ustedes, por si tienes jurisprudencia al respecto de casos como este o similares y que garantías judiciales creen que tengo, así como de conocer como tendría que proceder en tiempo y forma para asegurar mi disidencia en dicho acto comunitario y por ende soslayar los costes de instalación, mantenimiento y averías de dicho descalcificador.

Muchas gracias.


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NotaPublicado: Vie Sep 25, 2009 9:58 am 
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
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El asunto dependerá de como se presente en la junta, porque si la comunidad lo presenta como algo necesario, solo te quedaría impugnar el acuerdo por estimar que es algo que no se necesita o se puede llevar a cabo de forma diferente.

Si en la propia junta le dan consideración de no necesario, entiendo que te librarán de participar en ello al votar en contra, pero si no es así, te toca participar o impugnar el acuerdo en los tres meses siguiente a que recibas el acta.

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NotaPublicado: Mié Oct 07, 2009 2:40 pm 
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Registrado: Mié Sep 23, 2009 8:07 am
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La cuestion es la siguiente, una vez se aprueba el desclcificador -esta votacion se efectua por las 3/5 partes- nos dicen que el poner este aparato supone que no debe beberse agua directamente del grifo, por lo que no entiendo el porque esta cuestion no se examina por unanimidad, no creo que un bien comun como es el agua pueda provarsele a un vecino en su ingesta por que hay gente que dice le pica el agua y el pelo le queda mal. Decirme si hay algun experto con casos similares, si esta votacion ha de ser por unanimidad o no.GRACIAS.


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NotaPublicado: Jue Oct 08, 2009 3:44 pm 
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Registrado: Mar Abr 14, 2009 7:21 am
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Yo entiendo que el tener agua potable en el grifo de una vivienda es mucho más importante y necesario que el que a alguien se le quede bien el pelo al lavarlo.

Lo que me resulta raro es que esto pase por poner un descalcificador, a mi me da que el problema es del descalcificador que van a poner, por tanto yo me informaría de los tipos de descalcificadores que hay en el mercado, y los efectos que tienen sobre el agua.

En mi opinión, y si realmente causa un perjuicio tan grande a los vecinos (si el agua deja de ser potable), creo que debería requerirse unanimidad, ahora, si el resto de vecinos estaban de acuerdo en ponerlo, y lo llevan adelante, sólo te queda impugnar el acta, porque, tal y como lo describes (repito, si el agua deja de ser potable) lo veo como un abuso de poder.

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Gesvalfi, Administración de Fincas Valencia


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NotaPublicado: Vie Oct 09, 2009 7:25 am 
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Registrado: Mié Sep 23, 2009 8:07 am
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En concreto, no es que te digan que el agua no es potable, sino que recomiendan el no beber agua del grifo, vamos, lo mismo pero con sutileza. El problema me comentan, es que el agua se vuelve blanda, acida, e incluso acelera el deterioro de los electrodomesticos por dicha acidez. Ademas, cualquier aparato de osmosis para quitar sabor al agua, por polaridad, tampoco valdria.

Eso es mas que suficiente, como para que se apruebe por unanimidad. Ojo, el descalcificador cuesta 3000€ y el mantenimiento 140€ mensuales. Es decir, en un año supone 4680€, para que encima me recomienden no beber agua del grifo.Hay que añadir, que el mantenimiento supone el volcar una vez al mes sal al desclacificador y fuera. Tambien sucede que tiene muchos problemas pues y el mismo administrador una vez se aprobo, nos suelta el tema de que no se recomienda beber agua y que no le estuvieramos llamando cada dos por tres por el descaldificador en cuestion que es problematico, primero San comision.

Otro tema, es que me comenta una vecina que este agua no puede volcarse al alcantarillado sino se ha depurado antes, por lo que nos queda la duda de si este descaldificador depuara el mismo agua o si no esta reguladoo este punto en la Region y mañana se regula y nos toca poner depuradora. etc.

En principio mi idea era recurrir el acta en pos de que el coste del descalcificador supera la suma tres cuotas mensuales de comunidad, pero lo que inpugnare incialmente es la votacion por 3/5 partes, ya que ha de ser esta cuestion por unanimidad y si llegan a ponerlo, recurrir su deposicion por no permitirme la ingesta de agua.


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NotaPublicado: Vie Oct 09, 2009 2:30 pm 
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
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Puesto que mi nivel no llega al de experto, me abstengo de otras opiniones, y espero encuentre la solución.

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NotaPublicado: Mié Oct 14, 2009 2:00 pm 
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Registrado: Mar Abr 14, 2009 7:21 am
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Ubicación: Valencia
Cómo está el tema!
Espero que nos mantengas informados, porque parece que esto va a traer cola.
Buena suerte

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Gesvalfi, Administración de Fincas Valencia


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NotaPublicado: Vie Oct 16, 2009 7:21 am 
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Registrado: Mié Sep 23, 2009 8:07 am
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El tema esta así, algún vecino metió en el buzón un papel informativo con las bondades del descalcificador, eso si, tras su paso por depuradora y sin aportar informes sino solo argumentos que parecían mas de venta que otra cosa. En Internet encontré un articulo, el cual también metí en el buzón, con informes adjuntos al respecto, donde se manifestaba nítidamente que el descaldificador puede acarrear problemas de hipertensión, o agravar a aquellos que ya lo tienen, así como un informe de un estudio donde se demostraba que era perjudicial para la salud, en cuanto a los electrodomésticos, ciertamente a corto plazo es positivo pero a mas largo tiempo, puede crear un problema mayor ya que daña las cañerías. En el mismo texto, se comentaba que hay una normativa Europea en la cual se recoge que siempre ha de llegar un porcentaje de agua normal para consumo. Ciertamente, estaba muy completo y respondía a lo que ya me habían comentado profesionales, verbigracia, de aire acondicionado, que están en contacto con fontaneros y saben la realidad del tema. También, hay que ver donde deriva el asunto pues hay normativas al respecto que se introducirán, donde se obligara depurara esta agua antes de verterlo al cauce normal, por lo que se tendrá que instalar un depurador para ello. En definitiva, hay argumentos de sobra, para que esta cuestión no se vote por 3/5 partes y sea por unanimidad. Espero reunir a los que votaron que no, ya que fuimos en principio 7-5, y proponer un escrito, donde se anule la votación de la junta anterior, porque hay elementos nuevos que se omitieron y se expusieron una vez terminada la votación, como que no se recomendada beber el agua, ahora entiendo el porque, y si persisten en ello tomar todas las medidas legales que nos amparen para que podamos recibir la calidad de agua que la red proporciona, o bien se canaliza una parte para consumo normal, cosa que creo seria una obra faraónica o bien el vecino que le asuste la cal, vea otra posibilidad en el mercado, que las hay, y se la instale por su cuenta propia y no quiera que le paguen los gastos de sus apetencia otras personas


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NotaPublicado: Lun Oct 19, 2009 12:11 pm 
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Registrado: Vie Oct 16, 2009 5:52 pm
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El contenido es muy interesante pero me podrias facilitar un dato
7 propietarios que SI con un coeficiente de.....
5 propietarios que NO con un coeficiente de ....

Con frecuencia se olvida que los acuerdos deben de ser tomados cuando es mayoria por la mitad mas uno de los propietarios que ademassean mitad mas uno de coeficientes


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