comunero escribió:
Así es, si no hay mención expresa, deben pagar según su cuota de participación, caso contrario serán deudores y por tanto se puede obligar a través de monitorio a que cumplan con sus obligaciones.
Hola, la sentencia de febrero de 2009 hace referencia a la instalacion de un ascensor donde no lo habia.
No me queda del todo claro el tema del mantenimiento:
http://www.eleconomista.es/noticias/not ... ensor.html
de ahi me descargue la sentencia, en la noticia dice que deberan pagar mantenimiento y arreglos, pero en la sentencia yo no veo nada. Es un tema muy importante; no podrian haberlo dejado mas claro?.
Los arreglos de mi ascensor son por normativa; una inspeccion nos obliga a cambiar unas cosas. Y cuando dijeron que los locales no pagaban se me encendio una alarma y me puse a buscar por internet y me entero que tienen que pagar???.
Alguien que lo tenga claro?, pregunto:?
Si los estatutos no dicen nada al respecto, y los locales nunca han pagado por el ascensor; despues de esa sentencia se entiende que tienen que pagar mantenimiento y gastos como otro vecino mas????
Es que eso no es exactamente lo mismo que pagar por un ascensor que no existe...aqui el tema de la revalorizacion del piso tiene algo de sentido, pero si lleva 15 años funcionando y los locales nunca han pagado??. NO ME QUEDA CLARO; AYUDA!!! yo no veo nada en esa sentencia al respecto del mantenimiento!! de ascensores que ya existen!
un saludo