A ver, el articulo debe ser el 11 y el punto primero, pero hay mas, y no se queda ahí solo.
Citar:
1. Ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, según su naturaleza y características.
2. Cuando se adopten válidamente acuerdos para realizar innovaciones no exigibles a tenor del apartado anterior y cuya cuota de instalación exceda del importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, el disidente no resultará obligado, ni se modificará su cuota, incluso en el caso de que no pueda privársele de la mejora o ventaja.
Si el disidente desea, en cualquier tiempo, participar de las ventajas de la innovación, habrá de abonar su cuota en los gastos de realización y mantenimiento, debidamente actualizados mediante la aplicación del correspondiente interés legal.
3. Cuando se adopten válidamente acuerdos para la realización de obras de accesibilidad, la comunidad quedara obligada al pago de los gastos aun cuando su importe exceda de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes.
4. Las innovaciones que hagan inservible alguna parte del edificio para el uso y disfrute de un propietario requerirán, en todo caso, el consentimiento expreso de éste.
5. Las derramas para el pago de mejoras realizadas o por realizar en el inmueble serán a cargo de quien sea propietario en el momento de la exigibilidad de las cantidades afectas al pago de dichas mejoras.
Este es el artículo al completo y ya me diras si se pasa o no llega.
Que ella piense que se pueden reparar es menos significativo que la mayoria de la junta piense que hay que renovarlas, asi que el problema es de ella y seria ella la que tiene que pelearlo y no una mayoría cualificada.
Tienes que hacer una certificación de la deuda pendiente y enviarsela con constancia de haberla recibido dandole un plazo para su abono. En caso de no cumplir, puedes convocar junta y llevar el asunto para que den poderes al presidente para iniciar demanda por morosidad, a partir de ahí seguro que cambian las cosas.
No tiene mucho sentido negarse a la cuestion por 70 euros y seguro que lo entiende, pero de no ser asi, tampoco creo que tenga más opcion y casi puedo asegurar que pagara los 70 mas los gastos que ocasione, aunque de juzgados nunca se sabe como se acaba.
Espero que me haya explicado y animo.