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 Asunto: Derrama cambio inst. electrica: Pago por coeficiente?
NotaPublicado: Vie Dic 14, 2007 6:21 pm 
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Registrado: Vie Dic 14, 2007 6:10 pm
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Hola a todos.
Estamos cambiando la instalacion electrica del edificio por denuncia de un vecino ante la Comunidad de Madrid.
Cambiamos tanto las lineas individuales a cada vivienda como el cuarto de contadores situado en el sotano.
El edificio consta de 8 plantas.
Mi pregunta es: como se debe pagar esta obra, todo por coeficiente, a partes iguales, en funcion de la altura de cada piso, elementos comunes (cuarto contadores) por coeficiente y subida de lineas individuales a partes iguales o por piso?
El administrador tiro por la calle de enmedio y la formula que se le ocurrio es la que envio en el acta, pero no se acordo nada en la junta.
Ahora dice que si no estoy de acuerdo que lo hubiese indicado en la junta, pero el caso es que hasta que recibi el acta e hize mis numeros, no pude mostrar mi descontento con la formula.
Por favor que solucion me recomiendan.
La derrama biene junto con el recibo de comunidad , es decir no me puedo negar a pagar pues impagaria la totalidad.
Si impugno el acta, esto tiene coste y tiempo judicial etc...
Pero si espero que me reclamen el pago de las derramas, tendría la oportunidad de defender mi postura ante la junta?
Es viable esta solución.
Muchisimas gracias por su tiempo y respuestas.


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 Asunto: Derrama.
NotaPublicado: Vie Dic 14, 2007 7:36 pm 
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Registrado: Jue Ago 11, 2005 12:36 pm
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Ubicación: Alicante
La forma habitual de abono de las cuotas y derramas de la comunidad se hace según coeficientes. Me figuro que en su comunidad tambien es así.

Para hacerlo de otra manera, el acuerdo ha de ser por unanimidad, lo que significa que todos los asistentes a la junta han de estar de acuerdo en hacerlo por partes iguales y que además ninguno de los propietarios no asistentes manifieste su postura en contra de manerade la que quede justificación (burofax).

Si usted no estuvo en la junta o no salvo su voto, es decir voto en contra y así figura en el acta, puede impugnar la misma, pero antes de eso yo le recomendaria que lo comente con el Presidente y sus vecinos, para intentar solucionar el problema sin llegar a extremos judiciales que lo único que llevan son pérdida de tiempo y de dinero.

Por lo que comenta tambien debe de haber otros propietarios descontentos, lo que tienen que hacer es solicitar explicaciones al administrador y al Presidente.

_________________
Miguel Carlos Gorriz Fuertes.
Administrador de Fincas.
Colegiado Nº 1436. Alicante.
Tlf: 660 00 60 28
E-mail: cgorrizf@gmail.com
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NotaPublicado: Vie Dic 14, 2007 8:53 pm 
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Registrado: Vie Dic 14, 2007 6:10 pm
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Muchas gracias por su rápida respuesta, pero mi duda es, que si es un cable desde el contador a mi piso, entiendo que no debe ser por coeficiente pues el cable es de mi propiedad y no comunitario, esto para cada uno de los vecinos, tal vez no así el arreglo del cuarto de contadores que si se puede considerar comun.
Estuve en la junta , se aprovó el presupuesto y se habló del pago pero no se determinó si por coeficiente o como se haría, el administrador(que chochea y debe estar para jubilarse) hizo su conjuro, tiro la bola mágica y saco una fomula de pago que remitio con el acta. Hablo con el y me dice que ese es el acuerdo y que a jorobarse toca.
Podría precisar más la respuesta en base a lo que le cuento en esta comunicación?
Gracias de nuevo-


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NotaPublicado: Vie Dic 14, 2007 8:59 pm 
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
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Si se acordo o no algo en la junta, lo sabrán los participantes a la misma.

Si dices que no se acordó nada es que no hubo votaciones y si fue así, que es lo que pone el administrador en el acta?

Porque si esta cometiendo falsedad documental, solo te queda denunciarlo en el juzgado.

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NotaPublicado: Vie Dic 14, 2007 9:06 pm 
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Registrado: Vie Dic 14, 2007 6:10 pm
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Gracias por tu respuesta tan rápida.
Si asisti a la junta y se acordo abordar la obra y se aprobo un presupuesto, pero no se establecio el como se pagaría.
Yo siempre soy un poco toca pelotas con este tema y el administrador dijo que se enteraría de que dice la ley para este tipo de obras.
Por eso mi pregunta es que dice la ley para el tema que pregunto, coeficiente, partes iguales , etc, teniendo en cuenta y es en lo que yo me baso, que los cables y por tanto la obra no es un bien comun sino privativo de cada propietario y que el coeficiente no debe intervenir en algo que es exclusivamente mio.
Pero no se si esto es así en realidad, esto me lo dicta el sentido comun y algo que tal vez pudiese leer en algun sitio.
Me podeis arrojar luz en este aspecto?
Un saludo


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NotaPublicado: Vie Dic 14, 2007 11:44 pm 
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
Mensajes: 2190
Entiendo que es una reparación general y que sería difícil dividir conceptos lo que podría encarecer incluso más el trabajo.

Mi opinión es que se debe pagar como cualquier gasto general, o sea por coeficientes asignados a cada vivienda. distinto sería que solo se tuvieran que arreglar las partes interiores de las viviendas.

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NotaPublicado: Dom Dic 16, 2007 9:19 pm 
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Registrado: Vie Dic 14, 2007 6:10 pm
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Gracias Comunero, esta claro si fuera el interior de la vivienda, eso es así.
Pero yo no veo la dificultad, tan solo que el contratista detalle en el presupuesto: obra de cuarto de contadores y acometidas generales tantos euros, subida de cables individuales hasta viviendas, tantos euros, y ya tienes el precio de la obra general y el precio de la obra individual.
Pero de todas maneras sigo sin saber como se distribuye el gasto, y si alguien tiene la experiencia en este tipo de obras que sepa indicarme si las opciones que yo apuntaba al inicio del post son acertadas o descabelladas.
Saludos y gracias por las respuestas.


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NotaPublicado: Dom Dic 16, 2007 9:20 pm 
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Registrado: Vie Dic 14, 2007 6:10 pm
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Que dice la ley de propiedad horizontal al respecto, sería la pregunta.
Gracias.


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NotaPublicado: Lun Dic 17, 2007 10:23 am 
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
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La ley dice que se pague por coeficientes todas aquellas reparaciones generales que se produzcan y esta la tratas como general, a no ser que quieras hacer dos obras distinta una general y otra para los casos particulares.

Parece por tu exposición que la subida de cables hasta las viviendas las consideras particulares y no es así.

Lo general es todo aquello que se encuentra en elementos comunes y lo particular solo de puertas para adentro de cada casa o loca.

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NotaPublicado: Lun Dic 17, 2007 11:44 am 
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Registrado: Vie Dic 14, 2007 6:10 pm
Mensajes: 6
Gracias de nuevo Comunero.
Efectivamente yo considero un bien individual los cables de la luz hasta mi casa pues entiendo que desde el contador hasta mi puerta tambien son mios y no de la comunidad.
Por que entonces, que gastos serian a partes iguales si todos los elementos son comunes excepto como dices tu de puertas hacia dentro?
No es por ponerme pesado ni cabezota, pero por que pagar por coeficiente una obra que yo no disfruto más que otros pues el el cable individual que me suministra mi propia energía y nada tiene que ver con el resto de vecinos.
Entiendo que se pagase por altura de piso, es decir el que vive en el 8 tiene más cable que el que vive en el 2, vería logico que se pague en esta proporción, pero por que consideras que debe ser por coeficiente?
Gracias y perdonar la insistencia, pero no me quedaba satisfecho con la respuesta.


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