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Admicove.comEl foro para Administradores de Fincas, Comunidades de vecinos, compra venta de inmuebles y consultas sobre la Ley de Propiedad Horizontal. |
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Mensaje |
eneko
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Asunto: elemento comun Publicado: Sab May 07, 2005 8:20 am |
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Vivo en una vivienda de planta baja y mis padres en el piso situado arriba, en un primero. El edificio no tiene ascensor y unas escaleras viejas que son un peligro. Mi padre empieza a tener serios problemas para subir escaleras. Mi familia querría hacer una conexión entre los dos pisos para que mi padre acceda al primer piso dignamente, instalandole una máquina para tal fin pero los vecinos no me dejan ya que hace falta unanimidad para " romper" el suelo y poder comunicar los dos pisos. No tienen, tampoco, ninguna intención de mejorar el portal y nos sentimos impotentes ¿ Qué se puede hacer legalmente ?
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NAVIFIN ABOGADOS
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Asunto: RESPUESTA Publicado: Vie May 13, 2005 1:00 pm |
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En el caso que Vd. expone, debemos decirle que legalmente nada puede hacer si su Comunidad de Propietarios se opone a que realice las obras para la construcción de esas escaleras que comuniquen ambos pisos.
Solamente cuando la Comunidad reunidad legalmente en Junta de Propietarios acuerde por unanimidad de los presentes y sin la oposición de los ausentes, podría ejecutar esas obras, en caso contrario lamentamos informarle que no existe otra vía legal para conseguirlo.
Para más información: ASESORIA JURIDICA NAVIFIN
Abogados & Administradores de fincas
Tel. 91 386 14 68
Despacho: C/ Fermín Caballero nº 91 6º L
28035 MADRID.
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ESC
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Asunto: Publicado: Jue Mar 15, 2007 11:22 am |
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Principiante |
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Registrado: Jue Mar 15, 2007 9:56 am Mensajes: 4
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Lee el artículo 10 de la LPH, porque tus padres, supongo que mayores y, por lo que dices, mermados en sus facultades, pueden exigir a la comunidad que adapten las zonas comunes del inmueble (portal y escaleras) a su situación, en función de lo que determina la Ley de Accesibilidad, de obligado cumplimiento.
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Dani
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Asunto: Publicado: Vie Mar 16, 2007 12:10 am |
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Experto |
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Registrado: Dom Nov 12, 2006 3:01 pm Mensajes: 112
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Lo mejor en estos casos, creo yo, ponte pesado diciendo que la LPH te ampara. Eso sí, todo por las buenas y dialogando. Quizás no sea muy caro adaptar las escaleras. Busca incluso algún presupuesto ya.
Art. 10.2. de la LPH: Asimismo, la comunidad, a instancia de los propietarios en cuya vivienda vivan, trabajen o presten sus servicios altruistas o voluntarios personas con discapacidad, o mayores de setenta años, vendrá obligada a realizar las obras de accesibilidad que sean necesarias para un uso adecuado a su discapacidad de los elementos comunes, o para la instalación de dispositivos mecánicos y electrónicos que favorezcan su comunicación con el exterior, cuyo importe total no exceda de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes.
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