Admicove.com

El foro para Administradores de Fincas, Comunidades de vecinos, compra venta de inmuebles y consultas sobre la Ley de Propiedad Horizontal.
 FAQ •  Buscar •  Registrarse •  Identificarse 
Fecha actual Lun May 06, 2024 10:14 pm

Todos los horarios son UTC + 1 hora




Nuevo tema Responder al tema  [ 3 mensajes ] 
Autor Mensaje
 Asunto: Gastos de constitución de la Comunidad
NotaPublicado: Mar Dic 05, 2006 11:08 pm 
Desconectado
Principiante
Principiante

Registrado: Vie Oct 13, 2006 6:03 pm
Mensajes: 24
En un edificio de 20 viviendas el constructor ha promovido la constitución de la Cdad. y presenta una serie de gastos de constitución que no me cuadran como por ejemplo: los gastos de adquirir y colocar los buzones y la acometida de luz. No se si en todos los municipios será igual pero creo que los tanto una cosa como la otra la tiene que poner para que le den la licencia y la cédula de habitabilidad y quiere poco menos que traspasar el gasto. Nosotros si queremos pasar los contadores de servicios comunes de agua y luz a nombre de la comunidad, pero no así el coste de las acometidas.
¿Que opinión teneis sobre este asunto? Agradecido de antemano.


Arriba
 Perfil  
 
 Asunto:
NotaPublicado: Sab Dic 09, 2006 1:21 am 
Desconectado
Colaborador
Colaborador

Registrado: Mié Oct 04, 2006 10:49 pm
Mensajes: 631
Ubicación: Valencia y Alicante
Claramente, los gastos de adquirir y colocar los buzones no parece que tengan que soportarlos ustedes, sino más bien el promotor/constructor, quien es el responsable de entregar la finca en el adecuado estado de habitabilidad.

Respecto a la acometida de la luz, exactamente no sabemos qué quiere decir con ello. Si se refiere al contrato de alta de suministro de electricidad, es la comunidad la que debe pagar el alta del suministro, aunque lo normal es que ya se tenga el suministro de electricidad de obra, y solo haya que instalar los diversos contadores -que se cobrarán como si de un alta se tratara-, que serán a cargo de la comunidad, respecto de los comunes, y a cargo de cada propietario, respecto de los privativos.

Si, por contra, por acometida se refiere a la derivación del fluido eléctrico desde la red principal hacia el edificio, creemos que este es un gasto que ustedes no deben soportar, por cuanto tuvo que contratarlo el promotor a su nombre para obtener el suministro eléctrico de obra.

En todo caso, y no solo para este, coméntenle al promotor que solo se harán cargo de gastos que tengan la factura correspondiente, a nombre de la comunidad, y no a nombre de la promotora/constructora.

_________________
Un cordial saludo,

El equipo de URBIFINCAS

WWW.URBIFINCAS.COM
"Un nuevo concepto en gestión de
comunidades de propietarios"

NOTA: Las respuestas ofrecidas se corresponden con nuestra opinión y podrían ser mejorables.


Arriba
 Perfil  
 
 Asunto: A Urbifincas
NotaPublicado: Dom Dic 10, 2006 11:00 pm 
Desconectado
Principiante
Principiante

Registrado: Vie Oct 13, 2006 6:03 pm
Mensajes: 24
Muchas gracias a los señores de Urbifincas por su respuesta. Leo detenidamente sus comentarios en los foros y me parecen muy acertados.


Arriba
 Perfil  
 
Mostrar mensajes previos:  Ordenar por  
Nuevo tema Responder al tema  [ 3 mensajes ] 

Todos los horarios son UTC + 1 hora


¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 0 invitados


No puede abrir nuevos temas en este Foro
No puede responder a temas en este Foro
No puede editar sus mensajes en este Foro
No puede borrar sus mensajes en este Foro
No puede enviar adjuntos en este Foro

Buscar:
Saltar a: