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 Asunto: IMPUGNAR JUNTA CONSTITUTIVA. PLAZOS
NotaPublicado: Mar Mar 27, 2007 12:18 pm 
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Principiante
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Registrado: Mar Mar 27, 2007 11:30 am
Mensajes: 1
Hola: En primer lugar enhorabuena por este foro. Mi pregunta es la siguiente:
El pasado año compré una vivienda, no suelo residir allí. El día de la firma de la escritura firme la convocatoria de la junta constitutiva a celebrar el 27 de julio. Finalmente no se celebró porque hablé con el promotor y no hubo quorum suficiente. Nos avisarían para convocar nueva junta. En agosto 2006 envie por fax datos para domiciliación bancaria de los recibos y designación de domicilio para notificaciones en mi residencia habitual
Cual es mi sorpresa que el día 2 de marzo de este año, me remiten copia del acta de la junta constitutiva celebrada el 4 de agosto de 2006. Nunca recibí notificación de su convocatoria. A otros propietarios les ha pasado lo mismo y ni siquiera ellos han recibido el acta de dicha junta.
El enfado es supremo. Algunos de los vecinos son extranjeros y ni siquiera saben a estas alturas (han comprado antes que nosotros) las cuotas que hay que pagar de la comunidad. No hablan español. Me he puesto en contacto con alguno de ellos y queremos cambiar de administrador. Las dudas que tengo son las siguientes:

- Que plazo tengo para impugnar la junta (1 año o 3 meses) desde que recibí el acta.
- Si no me han comunicado las cuotas a pagar de la comunidad, para poder impugnar tengo que estar al día en el pago de cuotas.
- Los vecinos extranjeros, tienen derecho a que se les remita copia del acta en su idioma, en este caso son ingleses. Que plazo tienen ellos para impugnar la junta
- En el acta de la junta constitutiva no se recoge la lista de propietarios asistentes, ni el resultado la votación
- El promotor fue quien convocó la junta. Se supone que este al firmar las escrituras tenía constancia del domicilio de cada uno de los propietarios.
Les agradecería que alguien me indicara los pasos a seguir.


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NotaPublicado: Mar Mar 27, 2007 4:31 pm 
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Experto
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Registrado: Vie Oct 27, 2006 9:18 pm
Mensajes: 424
Ubicación: Barcelona (España)
Son frecuentes estos tipos de abusos y más cuando hay extranjeros que no se enteran de nada.

El acta la recibió usted el 2 de marzo, pues desde esa fecha hasta los 30días siguientes, puede manifestar su oposición a los acuerdos alcanzados. Made un burofax al promotor o al nuevo presidente y también al administrador si se ha contratado esta figura, comunicándole que no está conforme con los acuerdos alcanzados por no haber sido convenientemente citado. Guarde ese burofax y póngase en contacto con un abogado. El periodo de impugnación es de 3 meses (está dentro de plazo) o de un año si los acuerdos alcanzados (que los ignoro) están en contra de la ley.
Para la impugnación de los acuerdos necesita abogado y procurador. No le puedo orientar más desde aquí.
Un saludo.


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