Quisiera que alguien me ayudase a ponerle las cosas claras a la gente de mi comunidad. Hoy me llegó el acta de la junta extraordinaria del 21 de Diciembre del 2006 y dice así:
" Una vez revisada la escritura de obra nueva y división horizontal con el fin de hacer el reparto de cuotas propias del edificio (las cuotas que constan en la escritura de división horizontal es por la totalidad de los portales que conforman la finca general , es decir, 4 PORTALES ) y efectuado dicho reparto se observa que en las reglas especiales de la división horizontal el apartado b) de la misma dice textualmente "Quedan excluidos los locales situados en semisótano y planta baja de contribuir a los gastos de portería, limpieza, alumbrado y reparación de portal y escaleras, cuyos gastos costearán exclusivamente los PISOS ALTOS A PARTES IGUALES......."
¿QUE QUIERE DECIR TODO ESTO? ¿CAMBIARON LAS NORMAS PARA EL REPARTO DE CUOTAS O YO ESTOY TAN TONTA QUE YA NO SE LEER?
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