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 Asunto: La Ambiguedad de la Morosidad
NotaPublicado: Jue Oct 26, 2006 3:24 pm 
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Registrado: Jue Oct 26, 2006 3:02 pm
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Muy Buenas, es la primera vez que entro aqui y me gustaria exponer de forma resumida el tema de la morosidad en mi comunidad y plantear algunas preguntas sobre las dudas que tengo.

En mi comunidad siempre ha habido y ahi morosos, de hecho el 80 % somos morosos (quizas mas del 80 %).

Siempre ha habido alguien que haya debido mas de 6 cuotas de la comunidad y nunca se les ha denunciado.

En los estatutos internos, (si es que aun existen, porque en esta comunidad puede pasar de todo), nunca se establecio un numero de meses de deuda de comunidad para denunciar a alguien.

Ahora han hecho una reunion a la que no pude asistir por trabajo y de la cual no me entere, pues a la anterior a la que asisti, se habia cancelado y el papel que pusieron dos dias antes de esta nueva reunion no lo lei pues me parecio que era el mismo que informaba de la cancelacion de la anterior.

Debo 5 meses de comunidad, hay vecinos que deben 1, 2, 3, 4 meses y no se si alguno mas.

El caso es que decidieron denunciarme y ahora vienen mis dudas...

1- Tuvo que haber una votacion, si el 80 % no esta al dia, tiene validez la votacion?, tiene validez la junta?

2- En el orden del dia no entraba el tema de la morosidad, entraba el cambio de presidente y varios, es suficiente para poder votar una denuncia contra los morosos?

3- Pueden denunciarme a mi y dejar al resto de morosos sin denunciar?

De momento solo esto.

Gracias.

Saludos


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NotaPublicado: Jue Oct 26, 2006 3:45 pm 
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Registrado: Mié Oct 04, 2006 10:49 pm
Mensajes: 631
Ubicación: Valencia y Alicante
Se entiende que hay quorum suficiente, en segunda convocatoria, con los presentes en la reunión, de modo que no importa el número de los mismos, se pueden tomar acuerdos que vinculen a la comunidad.

Es necesario que exista un punto en el orden del día que expresamente mencione la liquidación y, en su caso, posterior reclamación judicial de las deudas de los vecinos morosos.

Lo lógico es demandar a todos los vecinos morosos al mismo tiempo, sin hacer distinción entre unos y otros.

Nuestra recomendación es que pague su deuda a fin de evitar la imposición de costas para usted y la falta de liquidez para la comunidad.

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Un cordial saludo,

El equipo de URBIFINCAS

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NOTA: Las respuestas ofrecidas se corresponden con nuestra opinión y podrían ser mejorables.


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NotaPublicado: Jue Oct 26, 2006 5:42 pm 
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Registrado: Jue Oct 26, 2006 3:02 pm
Mensajes: 3
Vamos a ver. aqui no se trata de pagar, yo tengo muy claro que la comunidad hay que pagarla y lo mas lejos de mis comentarios es la idea de no pagar.

A lo que yo voy es a lo siguiente:

El presidente de la comunidad (este que esta ahora), me envidia a morir, hasta la fecha, todas las tretas que se ha dado para putearme le han salido mal y quiere aprovechar la oportunidad para ir a por mi y ganar su primera batalla, lo que el no sabe, es que antes de que llegue a ir al juez mi deuda estara saldada, pues no es problema de liquidez.

El hecho de no pagar la comunidad se debe a lo siguiente:

1- No domicilio el pago pues mi banco me cobra por las transacciones.

2- La comunidad tiene una cuenta donde pagar en una caja de ahorros, el problema es que solo se puede pagar 2 dias a la semana y en horario de 9 a 10.

3- No me facilitan otra forma de pago, (venir a cobrarme a casa ó facilitarme otro lugar de pago donde no me cobren comisiones y exista amplitud de dias y horario de pago.

Y aqui surgen estas otras preguntas, sin olvidar las anteriores de mi primer post ...

A- Estoy obligado a domiciliar el pago?

B- Estoy obligado a pagar en dias y horarios tan restristivos?

C- No tiene la comunidad obligacion de cobrarme en mi casa ó facilitarme que pague en dias y horas que yo pueda hacerlo?

Gracias

PD: Ademas, existe un problema añadido, pagando en la caja, nunca se las mensualidades pagadas, si pago de mas ó no, pues no me dan ningun recibo que diga EL MES Ó LOS MESES QUE PAGO con respecto a la MENSUALIDAD COMUNITARIA.

Tengo que hacer yo mis cabalas y en caso de conflicto, como demuestro yo que tengo el mes en curso pagado?

Yo me aclaro con mes pagado y justificante de haber pagado ese mes, por lo tanto eso de pagar por domicializacion bancaria ó directo en caja, como que ni me deja tranquilo, ni seguro, por eso, ...

D- No tiene obligacion la comundad ó la gestoria que la lleve, de darme un justificante del mes que pago?


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NotaPublicado: Vie Oct 27, 2006 9:00 am 
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Registrado: Mié Oct 04, 2006 10:49 pm
Mensajes: 631
Ubicación: Valencia y Alicante
Salvando la relación entre usted y el Presidente de su comunidad que, obviamente no es la mejor posible, le comentamos lo siguiente:

1.- Es la primera vez que sabemos de un caso en el que, al domiciliar los recibos, el banco cobre una comisión al titular de la cuenta donde se domicilia el recibo, ya que esa comisión se cobra al emisor de los recibos, en este caso, la comunidad.

2.- El problema del horario de pago no es de la comunidad, es un problema de servicio de la caja de ahorros. Sugiera el cambio a otro banco que le dé más servicio.

3.- Ir a cobrarle a su casa genera unos inconvenientes y gastos innecesarios, aparte de ser un práctica totalmente anacrónica, teniendo en cuenta la variedad de formas de pago que existen actualmente.

Respondiendo a sus preguntas en concreto:

- No está obligado a domiciliar el pago, si bien sí está obligado a realizar el pago.

- El problema del horario restrictivo no es de la comunidad.

- La comunidad (administrador, presidente o vecino encargado) no tiene ninguna obligación de cobrarle en su casa, máxime habiendo medios de pago mucho más cómodos.

Pagando en la caja de ahorros, le darán un recibo del ingreso, el cual justifica los pagos que usted viene realizando. Guárdelos en caso de conflicto.

El servicio de administración de su comunidad puede emitir un certificado de que usted se encuentra al corriente del pago de sus deudas, pero lo normal no es emitir un certificado de este tipo cada mes. Para ese fin ya tiene usted sus resguardos de ingreso bancarios que lo acreditan fehacientemente.

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El equipo de URBIFINCAS

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NotaPublicado: Vie Oct 27, 2006 3:44 pm 
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Registrado: Jue Oct 26, 2006 3:02 pm
Mensajes: 3
Ante todo, muchas gracias por las respuestas y por aclarar mis dudas.

Volvere a hablar con mi banco y si es como indica, que no lo dudo, domicializare el pago, si me dicen lo contrario otra vez, les amenazare con retirar mi nomina de alli.

Considero inconstitucional la restriccion del horario y dias de pago por parte de la caja, pues considero que coartan la libertad y cohiben los derechos del contribuyente, pero esta claro que en este pais y gracias a nosotros mismos, las leyes y los derechos y deberes solo se nos aplica a los mismos, A LOS QUE TENEMOS NOMINA Y CUMPLIMOS RELIGIOSAMENTE CON NUESTROS IMPUESTOS SIN RECHISTAR.

Yo cuando tuve la presidencia del bloque, venian a pagarme a mi casa, CON TODOS LOS INCOVENIENTES QUE ESO PUEDE CONLLEVAR.

En cuanto a los recibos, mi problema sigue siendo el mismo, yo tengo muy mala cabeza y nunca se donde pongo las cosas, cuando se pagaban las mensualidades y se daban los recibos de los meses pagados, nunca tenia problemas, GUARDABA EL ULTIMO y ya sabia por donde andaba, ahora pago dos meses, pienso que estoy en paz y resulta que debo 1 ó 2 meses, UN LIO PARA MI, todo el mundo no es tan inteligente en temas contables, y conste que en mi comunidad, NO EXISTE NINGUN VECINO QUE SE APROXIME A 1/4 DE MI INTELIGENCIA, asi que si yo me hago un lio, imaginese las reuniones de vecinos en mi comunidad como pueden ser, je,je,je.

Gracias por todo

Saludos

PD: Por cierto, en mi comunidad, a las reuniones asiste mas de un miembro por piso, aunque solo vota uno, pero vota todo el que va aunque no este al corriente de pago, ...

Puedo exigir que a las reuniones solo vaya un miembro por piso y que el que no este al corriente de pago NO TENGA NI VOZ, NI VOTO?

Gracias


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NotaPublicado: Vie Oct 27, 2006 8:48 pm 
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Registrado: Mié Oct 04, 2006 10:49 pm
Mensajes: 631
Ubicación: Valencia y Alicante
Respecto a la asistencia, solo cuenta un voto por vivienda, independientemente del número de personas que asistan.

En cuanto a la privación de voto en junta, debe hacerse constar en la convocatoria los vecinos morosos a los que se les priva de voto. Sí está permitido que expresen su opinión en la junta. Tienen voz, pero no voto.

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El equipo de URBIFINCAS

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