Admicove.com

El foro para Administradores de Fincas, Comunidades de vecinos, compra venta de inmuebles y consultas sobre la Ley de Propiedad Horizontal.
 FAQ •  Buscar •  Registrarse •  Identificarse 
Fecha actual Vie May 03, 2024 9:56 am

Todos los horarios son UTC + 1 hora




Nuevo tema Responder al tema  [ 6 mensajes ] 
Autor Mensaje
 Asunto: novatos en apuros con morosos
NotaPublicado: Lun Ene 22, 2007 6:24 pm 
Desconectado
Principiante
Principiante

Registrado: Lun Ene 22, 2007 6:01 pm
Mensajes: 8
Hola! me ha tocado ser la secretaria de mi Comunidad :shock: , en la que no han querido contratar servicios profesionales, con lo cual recurro a este foro cuando tengo dudas (que son muchas). De antemano, gracias por esta labor informativa que haceis :wink: . El caso es que me encuentro con vecinos que no pagan, uno de ellos desde abril del 2005. Lo primero que hice fue mandar un comunicado (via buzón, ya que asi lo estipulamos en la ultima Asamblea) a todos los que tenian alguna cuota devuelta o no habian hecho un ingreso, dando un plazo de tiempo. Como esto no resolvio nada, hicimos otro escrito informativo que buzoneamos a todos los vecinos diciendo que solo uno habia pagado y que ibamos a iniciar el proceso judicail si esto seguia asi. En esta Asambla se faculto al nuevo Presidente para ir a juicio y se estipulo que se cobraria un interes (ibex + 2 puntos) a los que no pagaran. Pero, en la convocatoria no venia reflejado como punto del dia el tema, salio a colacción del punto "Nuevos estatutos" (que todavia estan sin aprobar). Asi que no se si podemos aplicar este interes a los morosos. De hecho, no se si esta bien cobrar un interes por cuotas no pagadas anteriormente a la aprobación de ese interes. Asi que creemos (el presidente y yo) que lo mejor es convocar una Asamblea extraordinariaen la que figuren como unicos puntos del dia la aprobación del interes por morosidad, la relacion de morosos y la petición a los vecinos para facultar al presidente para ir a juicio, todo en una. ¿Esto es valido legalmente, o no haria falta contando con el acta de la última Asamblea? Gracias :lol:


Arriba
 Perfil  
 
 Asunto:
NotaPublicado: Lun Ene 22, 2007 10:08 pm 
Desconectado
Colaborador
Colaborador

Registrado: Mié Oct 04, 2006 10:49 pm
Mensajes: 631
Ubicación: Valencia y Alicante
Aunque la fijación de un tipo de interés o un recargo por cuotas impagadas es una forma relativamente común de penalizar a los vecinos morosos, desde URBIFINCAS creemos que es cuestionable la validez de ese tipo de recargos, por cuanto no forman parte de la cuota de gastos comunes y/o derramas y deben incorporarse por separado en el proceso monitorio correspondiente, facilitando la oposición al proceso del demandado, con lo que este podría demorarse bastante, en el mejor de los casos. En caso de admitirse por el juez, este no debería considerarse abusivo, por lo que la referencia al euribor + 2 puntos, como el tipo de interés legal del dinero (5% para 2007) podrían considerarse razonables.

Si se adopta un acuerdo reflejado en acta, pero que no venía en la convocatoria correspondiente, puede considerarse motivo de impugnación, por lo que no le recomendamos que aplique el tipo de interés de demora y, el que pueda acordarse en la nueva reunión, debería aplicarse desde ese momento hacia adelante y no con carácter retroactivo.

_________________
Un cordial saludo,

El equipo de URBIFINCAS

WWW.URBIFINCAS.COM
"Un nuevo concepto en gestión de
comunidades de propietarios"

NOTA: Las respuestas ofrecidas se corresponden con nuestra opinión y podrían ser mejorables.


Arriba
 Perfil  
 
 Asunto:
NotaPublicado: Mar Ene 23, 2007 1:16 pm 
Desconectado
Principiante
Principiante

Registrado: Lun Ene 22, 2007 6:01 pm
Mensajes: 8
Gracias por responder tan pronto!! :wink: Lo cierto es que el acta no la ha impugnado nadie todavia (4 meses), por lo que lo hemos dado por valido en la comunidad (como hemos hecho siempre). El temor es por si hay algún resquicio legal por el que se nos pueda retrasar mas aún esto. Haremos una nueva reunión, poniendo como punto del dia el tema de la morosidad para evitarlo. aunque retrasemos un poco mas lo demás. Una duda mas, que se que a lomejor parece tonta :oops: : he leido en el foro que se puede incluir como un gasto en el debito del moroso el coste de los burofaxes, incluyendo el que se envia con posterioridad a la reunión para comunicarle que va a ser llevado al proceso monitorio ¿y si antes del dia de la asamblea o antes de que le llegue el comunicado paga su deuda, se le puede cobrar ya que se ha aprobado en asamblea el gasto y se ha realizado? Se que puede parecer rebuscado, pero es que queremos hacer las cosas bien y rapido. Y con la contestación que nos dais, me surge otra duda ¿ si incluimos los intereses de demora en el monitorio, el juez puede rechazarlos? Si lo hace, ¿hay que repetir todo el proceso de nuevo?


Arriba
 Perfil  
 
 Asunto:
NotaPublicado: Dom Ene 28, 2007 2:21 pm 
Desconectado
Experto
Experto

Registrado: Dom Ene 21, 2007 1:03 am
Mensajes: 113
Ubicación: MADRID
efectivamente el hecho de marcar unos intereses por impago puede tener complicaciones legales dependiendo de como lo considere el juez.
hay una alternativa a esto, que se tiene en muchas comunidades que es, "invertir el problema", es decir, no establecer unos intereses de recargo por impago, sino establecer una bonificación por pronto pago.

_________________
www.soradmin.com

Administradores de fincas de Madrid

Consultoría, asesoría de empresas y autónomos


Arriba
 Perfil  
 
 Asunto:
NotaPublicado: Dom Ene 28, 2007 4:28 pm 
Desconectado
Principiante
Principiante

Registrado: Lun Ene 22, 2007 6:01 pm
Mensajes: 8
¿como es eso de bonificar el pronto pago? :roll: supongo que la idea es disuadir a la gente para que pague a tiempo, pero si hay algún cara, tienen que existir alguna manera de poder "compensar" el trabajo y tiempo perdido. Además, hubo un par de meses que al devolver estos sujetos los recibos, nos dejaron la cuenta en descubierto y el banco nos ha colocado 30 euros de intereses :evil: ¿Esto tampoco se le puede exigir? Por que si dejamos de pagar cualquier recibo, a la comunidad nos cobran intereses, y si nos cortan la luz o el agua, lo hacen tanto a los que pagamos como a los que no.


Arriba
 Perfil  
 
 Asunto:
NotaPublicado: Mar Feb 06, 2007 7:09 pm 
Desconectado
Experto
Experto

Registrado: Dom Ene 21, 2007 1:03 am
Mensajes: 113
Ubicación: MADRID
por supuesto al que no pague, automaticamente se le quita la bonificación siendo exigible la cuota real aprobada por la junta de propietarios

_________________
www.soradmin.com

Administradores de fincas de Madrid

Consultoría, asesoría de empresas y autónomos


Arriba
 Perfil  
 
Mostrar mensajes previos:  Ordenar por  
Nuevo tema Responder al tema  [ 6 mensajes ] 

Todos los horarios son UTC + 1 hora


¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 2 invitados


No puede abrir nuevos temas en este Foro
No puede responder a temas en este Foro
No puede editar sus mensajes en este Foro
No puede borrar sus mensajes en este Foro
No puede enviar adjuntos en este Foro

Buscar:
Saltar a: