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Admicove.comEl foro para Administradores de Fincas, Comunidades de vecinos, compra venta de inmuebles y consultas sobre la Ley de Propiedad Horizontal. |
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Fecha actual Dom May 12, 2024 2:04 am
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Autor |
Mensaje |
Margot
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Asunto: Nueva Instalacion Publicado: Dom May 20, 2007 10:59 pm |
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Principiante |
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Registrado: Dom May 20, 2007 10:42 pm Mensajes: 2
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Hola,necesito confirmación para saber si estoy en lo cierto con mi interpretación en el siguiente caso:
En la Junta General Ordinaria, un punto del orden del día era una propuesta para cambiar el Portal de entrada a los garajes.
La Junta se celebró en segunda convocatoria y con un cuorum bajo, llegado este tema hubo bastante desacuerdo, finalmente acordaron pedir presupuestos y decidir despues, total que cuando el admon. mando el acta, a todo esto dos meses despues de celebrada la reunión, el acta recoge este punto como aprobado y nos dice que se pasará a cobro un recibo con la derrama correspondiente, yo en cuanto recibo el acta hago un escrito al admon. mostrando mi diconformidad con ese punto, matizandole que para mi no esta bien adoptado y que es un acuerdo que incumple los Art. 7 y 13 de L.P.H. la cuota extraordinaria por supuesto es muy superior a la ordinaria de gastos, bueno más bien esta obra tiene un presupuesto casi igual que el presupuesto de gastos de los garajes.
Considero que no es una instalación o mejora que no es requerida ya que el actual portal esta en funcionamiento y va correctamente, y además no refleja nos nombres ni los coeficientes de la votación llevada a cabo en la Junta Gral. de este punto.La cuota extraordinaria la quieren cobrar antes de realizar la obra.
Yo todavia no tengo respuesta a mi escrito por parte del admon. y de momento yo no quiero pagar amparandome en el art. 7, ¿estoy legalmente cubierto, o pueden demandarme por moroso, o prohibirme la entrada al garaje?
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URBIFINCAS
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Asunto: Publicado: Mar May 22, 2007 4:57 pm |
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Colaborador |
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Registrado: Mié Oct 04, 2006 10:49 pm Mensajes: 631 Ubicación: Valencia y Alicante
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Puede usted negarse a pagar y consignar notarial o judicialmente el importe de las cantidades que le reclaman. Hecho esto, debe usted ponerse en contacto con otros vecinos que acudieron a la junta y hacer un escrito conjunto al administrador indicándole que la información reflejada en el acta no se corresponde con lo acontecido en la reunión. Asimismo indíquele que debe rectificar ese acta en el plazo de 10 días, por ejemplo. Indiquen asimismo que, en caso de no atender su requerimiento se reservarán el derecho a dirigirse contra él al Colegio de Administradores, así como solicitar su sustitución por un nuevo administrador.
_________________ Un cordial saludo,
El equipo de URBIFINCAS
WWW.URBIFINCAS.COM
"Un nuevo concepto en gestión de
comunidades de propietarios"
NOTA: Las respuestas ofrecidas se corresponden con nuestra opinión y podrían ser mejorables.
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Margot
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Asunto: Publicado: Mié May 23, 2007 1:51 pm |
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Principiante |
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Registrado: Dom May 20, 2007 10:42 pm Mensajes: 2
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Gracias por la ayuda, me sigue quedando la duda de si el acuerdo del cambio es valido o no , ya que entiendo que si no habia quorum y además hubo votos en contra, no se podia adoptar no?, o esta modificación no requiere la unanimidad?. Yo ya le pedi via carta certificada y con acuse de recibo de contenido la modificación del acta, pero el Administrador se hace el avión y creo que la estrategia es que el portal se cambie, ya que el encargo por parte de el esta hecho y luego que nos matemos los vecinos, y el si se ve malparado dimite y listo, por lo menos eso es lo que yo deduzco por su actitud.
Ultima duda: en el supuesto caso de que el administrador no solucione el tema, cosa que no lo veo mucho por la labor y el portal se llegue a cambiar, los que no estamos de acuerdo con el cambio y nos negamos a pagar la derrama, se nos puede impedir la entrada en el garaje?
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