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Admicove.comEl foro para Administradores de Fincas, Comunidades de vecinos, compra venta de inmuebles y consultas sobre la Ley de Propiedad Horizontal. |
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Fecha actual Mié May 15, 2024 4:33 am
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Mensaje |
El_periodista
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Asunto: Obra en elementos comunes. Publicado: Mié Oct 14, 2009 8:25 am |
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Principiante |
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Registrado: Dom Oct 11, 2009 3:11 pm Mensajes: 2
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Buenos días. Soy de Granollers (Barcelona) y soy nuevo en este foro.
En el edificio en el que vivo quieren hacer obras de restauración de fachada y sustitución de balcones. Mi piso no tiene balcones. ¿Debo participar en los gastos de la restauración de los balcones?
¿En qué preceptos jurídicos debo apoyarme para rebatir la tesis del administrador o impugnar el acta?
Gracias.
_________________ La verdad prevalecerá.
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comunero
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Asunto: Publicado: Mié Oct 14, 2009 10:46 am |
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Experto |
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm Mensajes: 2190
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No puedes apoyarte en la ley para tal cosa, ya que esta dice que todos contribuyen en la medida de su cuota de participación en todos los gastos generales del edificio, y éste lo es.
_________________
La conciencia es lo único que no se rige por el gobierno de las mayorías.
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El_periodista
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Asunto: Publicado: Mié Oct 14, 2009 10:53 pm |
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Principiante |
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Registrado: Dom Oct 11, 2009 3:11 pm Mensajes: 2
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Si, de acuerdo. Pero tambien las escaleras y los ascensores son elementos comunes y, si los parkings no tienen ascensor, no participan en los gastos. ¿No es así?
Por qué tengo que pagar las barandillas de acero inox 316 marino con cristal antibalas que quieren poner los vecinos... si yo tengo un primero que no tiene balcon?
Además, es que yo tengo un coeficiente muy superior al de los pisos con balcón...
_________________ La verdad prevalecerá.
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comunero
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Asunto: Publicado: Jue Oct 15, 2009 9:46 am |
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Experto |
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm Mensajes: 2190
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Si estás de acuerdo, no entiendo tu pregunta.
No es así, salvo excepciones, todos deben contribuir a todos los gastos generales en relación a su cuota asignada en escritura.
No se si tendrás que pagar a o no, es algo que tienes que mirar en tu documentación y en la forma en que hayan adoptado el acuerdo. Que carezcas de algo no te exime del pago, siempre que eso sea algo general.
Tu coeficiente se te ha dado por unas condiciones determinadas, si no estás de acuerdo con el, tienes que demandar la situación.
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La conciencia es lo único que no se rige por el gobierno de las mayorías.
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FEBESA
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Asunto: Publicado: Lun Oct 19, 2009 11:42 am |
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Usuario avanzado |
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Registrado: Vie Oct 16, 2009 5:52 pm Mensajes: 71
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Comparto la idea de que tienes que abonar salvo que tengas exencion en la escritua, otra cosa diferente es que quieran cambiar los elementos originales por otros de unas caracteristicas superiores o que pudieran considerarse de lujo u ornamentacion
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comunero
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Asunto: Publicado: Mar Oct 20, 2009 2:53 pm |
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Experto |
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm Mensajes: 2190
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De nuevo no coincides en mi opinión, y entiendo que por interpretación al igual que en otro caso. Yo no entendí que los cambios sean lujo u ornamentación, ni veo de donde has podido sacar la idea de ésto.
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La conciencia es lo único que no se rige por el gobierno de las mayorías.
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FEBESA
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Asunto: Publicado: Mar Oct 20, 2009 4:48 pm |
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Usuario avanzado |
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Registrado: Vie Oct 16, 2009 5:52 pm Mensajes: 71
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Sencillamente de la lectura dice barandillas de acero y cristales antibala.
Generalmente pocas terrazaso balcones tienen barandillas y cristales de ese nivel, por lo que me ha dado de pensar si esa instalacion estaba asi
De todas formas si todos los letrados y jueces fuaran de la misma forma y sus criterios iguales seria maravilloso y ademas este foro no tendria sitio al estar todos de acuerdo.
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