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 Asunto: Pago de gastos "no necesarios" por cuotas o a part
NotaPublicado: Mié May 28, 2008 6:56 pm 
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Registrado: Mié May 28, 2008 6:43 pm
Mensajes: 1
Hola tenía una duda sobre lo que se consideran "modificación del título constitutivo".

Me explico, en una comunidad de propietarios constituida hace un año sólo tenemos los estatutos que incluyó el notario en las escrituras, pues en la primera junta no hubo acuerdo, y en ellos se indica que los gastos generales se abonarían con arreglo a los coeficientes.

El caso es que en la última junta, acordaron que los gastos de instalación de cámaras de vigilancia, bordillos en zonas comunes y rejas de protección, se harían a partes iguales. Pero no hubo votación puesto que no consta % de votos a favor y en contra. Es más, hubo un vecino que se manifestó en contra pero no consta en acta.

Tengo entendido que cualquier cambio en el título constitutivo (como creo que es un cambio en el sistema de contribución a los gastos generales), debe aprobarse por unanimidad.

Yo creo que el acuerdo adoptado no es legal, porque no se anunció expresamente que se iba a cambiar el sistema de pago de cuotas, porque no se votó (ni se acordó por unanimidad puesto que había un vecino que se manifestó en contra) y porque según la ley de prpiedad horizontal los gastos generales deben pagarse por coeficientes (salvo que hubiera acuerdo ara pagar a partes iguales)

¿Hay algún tipo de gasto que no se sujete a estas reglas? ¿Los gastos no necesarios siguen siendo generales y deben sujetarse al pago por coeficientes según lo establecido en la LPH?

Se que me enrrollo pero es por exponer toda la situación. Muchas gracias por todo.


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NotaPublicado: Jue May 29, 2008 2:49 pm 
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
Mensajes: 2190
El cambio en la forma de contribuir con los gastos generales, lo es del título constitutivo y por tanto debeser acuerdo unanime.

Que no haya votación y que no figure en acta son dos cosas distintas, aunque las dos pueden ser causa de impugnación de un acuerdo.

A mi modo de verlo tampoco es legal, pero si quieren seguir adelante, lo harán, salvo que alguien impugne el acuerdo y se meta en pleitos. Esto es otra cuestión que la ley prevee y no es que legitime el acuerdo mal adoptado, pero si no hay una intervención activa por parte de los perjudicados, ese acuerdo aunque ilegalmente tomado puede ir adelante.

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