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 Asunto: Participación entidad Garaje en los Gastos de la comunidad
NotaPublicado: Vie Abr 04, 2008 12:17 pm 
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Registrado: Vie Abr 04, 2008 11:42 am
Mensajes: 1
Les agradecería enormemente me pudieran asesorar legalmente sobre el siguiente tema:
Participación de la entidad Garaje en los Gastos de la comunidad del immueble.
Hace 2 años compré una plaza de aparcamiento en un immueble de nueva construcción. Se construyeron dos immuebles (uno con calle JG número 45 y el otro con calle JG número 47) que comparten el local de garaje (entrando y saliendo los coches por otra calle, P. número 2). En mi escritura fijura que la entidad dueña de la finca JG nº45 me vende una participación indivisa del seis coma diez por ciento de la entidad local destinado a aparcamiento de vehículos, con derecho al uso privativo y exclusivo, constando que su acceso se realiza por la calle P.nº2. Pone:
COEFICIENTE : 29,17 % del total inmueble
Como estipulaciones, indica la participación en los gastos comunes de mantenimiento del parking, proporcionalmente al coeficiente de superficie de cada plaza respecto del global.
Y también que la plaza de aparcamiento correspondiente a la participación indivisa se integrará en una subcomunidad compuesta por la planta destinada a garaje de AMBOS edificios.
Entonces, se constituyo una comunidad para el immueble calle JG nº45, otra comunidad para el immueble calle JG nº 47, y otra comunidad para el garaje. En la comunidad de garaje, se establecieron todos los temas referente a una comunidad, de modo que pago mi cuota semanal según me corresponde.
El problema que tengo, es que la comunidad del immueble calle JG nº45 exige a la comunidad garaje el pago de una cuota como participación de la entidad garaje en los gastos de la comunidad immueble, y hacen esos calculos por coeficiente. De modo, que la comunidad garaje, lo que hace con este recibo, es aplicarlo a las plazas de aparcamiento del immueble calle JG nº45 (y no a todas las plazas de aparcamiento de la subcomunidad garaje), de modo que yo estoy pagando dos cuotas, mientras que, por ejemplo, una persona que tenga sólo un piso en el immueble de la calle JG Nº47, solo paga por el recibo de la comunidad de garaje, porqué la comunidad del immueble calle JG nª47 no les repercuten a los garajes ningún recibo sobre los gastos de comunidad del immueble.
¿Todo ésto es legal?
Además, en los estatutos de la comunidad del immueble calle JG nº45, pone que los propietarios de la entidad garaje del edificio calle JG nº45, local destinado a aparcamiento de vehículos, cuya entrada y salida se efectúa por la calle Pº2 en base al derecho de servidumbre de paso de vehículos, forman una subcomunidad específica en la que se regulan las normas de funcionamiento del aparcamiento común de las fincas de acuerdo con lo regulado y fijado en la escritura. Y que la participación en los gastos de mantenimiento de la totalidad del parking, se haga por coeficiente de superficie de cada plaza respeco del global.
En ningún sitio pone explícitamente que la entidad garaje de la calle JG nº 45 deba participar en los gastos de la comunidad immueble calle JG nº45.
¿aunque no lo ponga explícitamente, estoy obligada por ley (propiedad Horizontal) a pagar ese recibo?
Es mucho dinero para mi, porqué el recibo que me pasan incluye desde ascensor, limpieza escalera, hasta antenas, buzones, llaves.......etc. Cómo son pocos vecinos, les interesa que pague para que ellos paguen menos de todos esos gastos.
También me han hecho una "jugarreta", ya que ayer se celebró la Junta de la comunidad immueble calle JG nº45, el administrador de esa comunidad me convocó a la reunión, pero una vez allí, me dijo que no tenía ni voz ni voto porqué no tenía que haber asistido yo, sinó un representante de la comunidad de garaje, cosa que yo no sabía.......por su parte, la comunidad de garaje, tampoco nos informó ni convocó para informarnos de esa reunión de comunidad de immueble y por tanto, no tuvimos la posibilidad de asignar un representante de la comunidad de garaje.....
debido a que todo eso se ha gestionado mal, ¿qué acciones legales podemos acomenter?
En la reunión que he comentado en la que me dijeron que no tenía ni voz ni voto, sugerí la exoneración de la participación de la entidad garaje en los gastos de la comunidad immueble calle nº45, pero se negaron, se negaron a cualquier cosa, ni llegar a un acuerdo económico, ni poner en el acta que no aplique a gastos de los cuales no podamos hacer uso y disfrute (por ejemplo: antenas, buzones....). Otra cosa que les propuse, fue que yo no quería entrar ni por su portal, ni por su escalera, que quería entrar por calle P.nº2, de hecho, cómo antes he mencionado, en la escritura y estatus consta que el acceso a la entidad garaje se realiza por la calle P.nº2, también se han negado, quieren que pague de todos modos. ¿hay alguna forma legal de renunciar a todo lo del immueble calle nº45 para no tener que pagar?
Añadir también que el año pasado se exoneró a un local comercial del mismo immueble calle nº45 de estos mismos cargos que nos imputan por acuerdo unánime en la Junta, y al garaje no quieren exonerarlo. La razón de fondo que hay para esta exoneración al local, es una contraprestación que el local les dio a la comunidad immueble.
Muchísimas gracias por su atención, por su tiempo y por su dedicación!!!
Un cordial saludo,
Maria


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 Asunto: Garaje...
NotaPublicado: Lun Abr 07, 2008 3:14 pm 
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Registrado: Jue Ago 11, 2005 12:36 pm
Mensajes: 593
Ubicación: Alicante
¿Qué opina el administrador de la comunidad garaje.......?


Si el garaje es parte de los sotanos de las dos fincas, seguro que hay algún gastos que deben de compartir, por ejemplo el seguro de la comunidad, por ejemplo los techos que tambien pertenecen al garaje, etc.......

Entiendo que en sus escrituras debe de poner algo mas al respecto, y en principio deben de aclararlo primero con el administrador de la comunidad garaje y posteriormente con las dos comunidades de viviendas.
Derechos de acceso por portales, ect. La salida y entrada de peatones a los garajes ¿Tiene puerta independiente desde la calle o se hace por la misma puerta de vehiculos....?, ¿Por donde bajan los propietarios de vivienda que tienen plaza de garaje.....?.

Comprueben la escritura de la comunidad garaje para ver que pone sobre todo ello.

Saludos.

_________________
Miguel Carlos Gorriz Fuertes.
Administrador de Fincas.
Colegiado Nº 1436. Alicante.
Tlf: 660 00 60 28
E-mail: cgorrizf@gmail.com
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