pacogalas escribió:
Buenas tardes,
Quería saber qué plazo hay para modificar una convocatoria de junta extraordinaria.
La junta es mañana y la modificación se hizo el día 13, ¿es válido? La convocatoria consiste en añadir puntos del orden del día.
Gracias de antemano.
En nuestra opinión no hay ningún problema. Independientemente de que sea una modificación de la convocatoria y se añadiera algún punto, o se quitara, podría tener el mismo tratamiento que si fuera una primera convocatoria para Junta Extraordinaria. En estos casos el art. 16.3 de la LPH tipifica que "[...] para las extraordinarias, con la que sea posible para que pueda llegar a conocimiento de todos los interesados" Dicho lo cual, si todo vecino ha sido informado de dicha Junta y se ha hecho en la forma que se prevé en la LPH no tiene por qué haber ningún problema.
Un saludo.