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Admicove.comEl foro para Administradores de Fincas, Comunidades de vecinos, compra venta de inmuebles y consultas sobre la Ley de Propiedad Horizontal. |
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Fecha actual Mar May 21, 2024 5:15 pm
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Mensaje |
SKUN73
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Asunto: deuda anterior propietario vivienda Publicado: Mar Abr 08, 2008 10:52 pm |
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Principiante |
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Registrado: Mar Abr 08, 2008 10:15 pm Mensajes: 2
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Hemos comprado el piso a los padres de mi pareja y ahora la comunidad nos exige una deuda pendiente de mi suegro de 1500 euros por burofax si no pagamos nos llevan a juicio.Tal deuda fue reconocida por el anterior propietario en el libro de actas y ha ido haciendo algun ingreso en la cuenta bancaria, en ningun momento se le informo del termino de pago ni cuotas a realizar.
Y a nosotros nos piden la totalidad de la deuda.
Por si sirve de algo mi pareja compro el piso en el 2004 y en el 2006 me incluyo a mi en la escritura. En medio de todo esto han habido 2 presidentes diferentes.
Esperamos nos podais ayudar lo antes posible, pués estamos muy perdidos sobre el tema. Gracias
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Miguel C. Gorriz Fuertes
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Asunto: Deudas propietario anterior. Publicado: Jue Abr 10, 2008 2:55 pm |
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Colaborador |
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Registrado: Jue Ago 11, 2005 12:36 pm Mensajes: 593 Ubicación: Alicante
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Estimado amigo:
Cuando tu pareja compro el piso (supongo que a su padre), este tuvo que presentar un documento de la comunidad en el que indicaba que el piso estaba libre de cargas a la comunidad, si no lo hizo así, se entiende que acepto las cargas que llevaba el piso con esta salvedad....que se puede leer en el artículo 9 - e de la LPH..
El adquirente de una vivienda o local en régimen de propiedad horizontal, incluso con título inscrito en el Registro de la Propiedad, responde con el propio inmueble adquirido de las cantidades adeudadas a la comunidad de propietarios para el sostenimiento de los gastos generales por los anteriores titulares hasta el límite de los que resulten imputables a la parte vencida de la anualidad en la cual tenga lugar la adquisición y al año natural inmediatamente anterior. El piso o local estará legalmente afecto al cumplimiento de esta obligación.
Eso no quiere decir que la comunidad no se las vaya a reclamar al anterior propietario (en este caso el padre de tu pareja) por otros medios.
Os aconsejo que y además siendo una deuda reconocida, hableis con la comunidad y llegueis a un acuerdo de forma de pago de esa deuda, ya que en principio y sin conocer todo el caso, creo que de una manera u otra teneis perdido el tema y acabareis pagando la deuda más los gastos.
Saludos.
_________________ Miguel Carlos Gorriz Fuertes.
Administrador de Fincas.
Colegiado Nº 1436. Alicante.
Tlf: 660 00 60 28
E-mail: cgorrizf@gmail.com
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SKUN73
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Asunto: Agradecimiento Publicado: Jue Abr 10, 2008 9:40 pm |
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Principiante |
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Registrado: Mar Abr 08, 2008 10:15 pm Mensajes: 2
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Muchisimas Gracias por su amable respuesta, nos ha servido de mucha ayuda. Pagaremos y callaremos. No hay mas. En la escritura ponia libre de cargas comunitarias. Pero claro era él el Presidente. Así que no tenemos nada que rascar.
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Miguel C. Gorriz Fuertes
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Asunto: Libre de cargas. Publicado: Vie Abr 11, 2008 10:57 am |
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Colaborador |
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Registrado: Jue Ago 11, 2005 12:36 pm Mensajes: 593 Ubicación: Alicante
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voy a intentar ampliarte la información:
No voy a meterme con otros profesionales (por lo que me pueda pasar), pero estoy observando cierta desidia a la hora de firmar escrituras en cuanto a la exigencia de los certificados de deudas, sobre todo de la comunidad, a veces parece que los propietarios pasan un poco del tema y lo dejan en manos de los compradores, por lo que si estos no presentan el certificado o lo solicitan al vendedor, y como la LPH lo permite, el Notario entiende que se ha llegado a un acuerdo en el tema de las cuotas pendientes de la comunidad si las hay.
Por eso os comente el tema de si habiais solicitado certificado de deudas y si el propietario lo habia presentado.
Saludos.
_________________ Miguel Carlos Gorriz Fuertes.
Administrador de Fincas.
Colegiado Nº 1436. Alicante.
Tlf: 660 00 60 28
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comunero
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Asunto: Publicado: Sab Abr 12, 2008 2:29 pm |
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Experto |
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm Mensajes: 2190
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El problema está en que afecta demasido directamente por ser familia y os toca decidir que hacer.
La ley tal y como os han comentado os obliga al pago del año actual y el inmediatamente anterior, lo demas no se os puede exigir a vosotros sino que deben hacerlo al antiguo propietario.
Sobre la estafa realizada y dado el grado de familiaridad, sino quereis menear mucho "la mierda" para que no hjyela mas es cosa vuestra, pero que os queden claro cuales son vuestros derechos y asi espero que sea.
_________________
La conciencia es lo único que no se rige por el gobierno de las mayorías.
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