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Nuevo tema Responder al tema  [ 4 mensajes ] 
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 Asunto: Es esto una comunidad de propietarios???
NotaPublicado: Mié May 07, 2008 12:37 pm 
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Registrado: Mar Abr 01, 2008 9:01 pm
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Ante todo, quitarme el sombrero por la iniciativa de este foro, que tantas dudas me ha resuelto. Mi problema es el siguiente. Soy presidente de una urbanización de chalets. Según he visto en las escrituras donde aparece el régimen jurídico de la Comunidad (cuando se empezaron a construir los chalets por parte de la promotora), se observa que en la misma hay elementos comunes que deben los vecinos sostener (aunque parte de ellos fueron recepcionados por el Ayuntamiento). Me llama un vecino diciendo que cuando él compró el chalet, en ningún momento venía que se dicho chalet se acogía a ninguna comunidad, y que por lo tanto, la comunidad no estaba pasada por el registro de la propiedad. Mi pregunta es: ¿es probable que esta comunidad de propietarios no sea comunidad por no estar inscrita en el registro de la propiedad? ¿Es posible que sea como una comunidad de servicios que obligue a los vecinos pagar pero que no requiera que la misma esté en el registro de la propiedad? ¿cuando se pide una nota simple de un vecino, realmente tiene que venir que está adherido a esta comunidad? Por favor, resolvedme las dudas... GRACIAS


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NotaPublicado: Mié May 07, 2008 4:27 pm 
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
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Lo que tienes que pedir en el registro es la escritura de obra nueva y división horizontal, lo que se denomina tambien Título constitutivo.

En el caso de que haya estatutos registrados, tambien se deben pedir, todo esto previo pago de una pequeña tasa si se compara con la información que obtendrá.

De oidas no merece la pena discutir, adquiera estos documentos y podrá hablar con conocimiento de causa.

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La conciencia es lo único que no se rige por el gobierno de las mayorías.


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 Asunto: Muchas Gracias
NotaPublicado: Vie May 09, 2008 9:27 am 
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Registrado: Mar Abr 01, 2008 9:01 pm
Mensajes: 15
Gracias por la respuesta, pero he oido por ahí que no es necesario tener ese título constitutivo o documento de división de horizontal en el registro de la propiedad , y que el sólo hecho de que existan elementos comunes que atender, es requisito suficiente para que esa comunidad exista. Es eso cierto? Gracias


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NotaPublicado: Vie May 09, 2008 11:34 am 
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
Mensajes: 2190
A parte de los elementos comunes, tambien tiene que cumplirse, que haya más de un propietario, pero no cabe duda que constituirse en comunidad salvara muchos de los problemas que se les planteen a lo largo de su vida.

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