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 Asunto: Copia de actas de junta.
NotaPublicado: Dom Jun 01, 2008 12:38 pm 
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Registrado: Sab Jun 16, 2007 2:17 pm
Mensajes: 20
Hola, amigos. Llevo casi 8 años viviendo en mi comunidad y la costumbre ha sido ir escribiendo el acta simultáneamente a la realización de la junta y firmarla al terminar por todos los asistentes. Nunca nos han dado copia del acta ni extracto ni nada parecido.
Este año, que me toca ser presidente, en las juntas que he convocado, y han sido varias, porque estamos de obra y hay que elegir y aprobar presupuestos e informar a los vecinos de diversos temas relacionados con dicha obra, he actuado según la costumbre observada en estos 8 años.
El caso es que hay un vecino que me pide copia del acta de las juntas, imagino que para impugnar algún acuerdo. En principio, no tengo ningún problema en dársela, pero mi pregunta es la siguiente:
¿Debe hacerse una fotocopia del acta o actas en cuestión o hay que hacer un extracto de los temas tratados y acuerdos adoptados?
¿Si el vecino en cuestión asistió a dicha reunión y firmó su conformidad, ahora afirma que sólo firmó su asistencia, y no mostró ni hizo constar su desacuerdo en ningún punto, qué puede alegar para impugnar los acuerdos?
¿Y cuál es el plazo para impugnar?

Muchas gracias.


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NotaPublicado: Dom Jun 01, 2008 12:54 pm 
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
Mensajes: 2190
La obligacion es enviar a todos los propietarios, asistentes o no, copia del acta a la direccion que indique o el domicio de la comunidad.

Se deben hacer fotocopias, pero para todos y cada uno de los propietarios, la pida o no. De todo lo que aparezca en el acta, todas las páginas sin obviar ninguna.

Los vecinos no tienen porque firmar nada. El acta debe ser firmada por el presidente y secretario, aunque no pasa nada por que la firme otras personas.

El plazo de impugnación empieza a contar una vez que remiten el acta. Al no remitir esta, no hay plazos que contar, por ello que deben remitirse a todos.

El plazo es de un mes a partir de la comunicación de los acuerdos adoptados o de un año en caso de ir contra ley el acuerdo.

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NotaPublicado: Vie Jun 06, 2008 11:09 am 
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Registrado: Vie May 16, 2008 9:21 pm
Mensajes: 21
mira PRESIDENTA. tu no esres la propietaria del libro de actas, que es de todos los propierarios y, en consecuencia, tienes que custodiarlo a disposicion de ellos.

no tienes ni el derecho ni el deber de plantarte lo que va a hacer el propietario con el acta, ya que es completamente libre de hacer lo que le venga en gana y este dentro de la ley. y tu no eres nadie para impedirselo o ponerle trabas ni impedimentos sino colaborar con el para que pueda realizar el libre ejercicio de sus derechos, exibiendole diligentemente el libro de actas.

el problema es que os nombran presidentes y os creeis que es algun tipo de cargo honorifico con algun tipo de prerrogativa o potestad. NADA DE NADA.

si yo fuera el propietario, lastima que no lo soy, te mandaba un burofax exigiendote que marques un momento para exhibirme el libro de actas y ponerlo a mi disposición y me iba con un notario a sacar copia del acta.

¿si en el acta no dice nada que pueda perjudicarte PRESIDENTA, a que vienen tantos reparos en entrgarsela?.


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 Asunto: enrega del libro de actas
NotaPublicado: Mié Sep 10, 2008 5:49 pm 
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Registrado: Mar Sep 09, 2008 7:37 pm
Mensajes: 81
en relación a la segunda respuesta cuando dices que pedirías el libro de actas,..... Yo tengo una duda, lo he pedido por furofax y me contesta diciendo que lo veré en la próxima reunión de propietarios que vaya usted a saber cuando es. ¿Que puedo hacer?, ¿Tengo que esperar o le puedo exigir que lo quiero ver ya?.


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NotaPublicado: Jue Sep 18, 2008 12:12 pm 
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Registrado: Dom Ene 21, 2007 1:03 am
Mensajes: 113
Ubicación: MADRID
Hola Mariel: contestando a tu pregunta, debes entregar a los vecinos copia literal del acta donde consten los asistentes y los representados con sus coeficientes de propiedad, fecha, hora y lugar de celebración de la junta, si es en primera o segunda convocatoria, relaación de pisos que por tener deudas <con la comunidad en el momento de celebración de la junta no tengan derecho a voto (si los hay) detalle del orden del dia, y las deliberaaciones y acuerdos tomados en la reunión, asi como las votaciones realizadas especificando al menos el nº de votos y el coeficiente de propiedad que representan.

El plazo para impugnar acuerdos como bien ha dicho comunero es de treinta dias desde la notificación de los acuerdos (o un año si son cotrarios a ley o a estatutos) por lo que te sugiero que el vecino en cuestión firme el recibí de la entrega de la copia del acta haciendo constar la fecha, ya que a partir de ese momento empieza el plazo para presentar la impugnación, si es eso lo que quiere el vecino.

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 Asunto: Re: enrega del libro de actas
NotaPublicado: Jue Sep 18, 2008 12:35 pm 
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
Mensajes: 2190
artie escribió:
en relación a la segunda respuesta cuando dices que pedirías el libro de actas,..... Yo tengo una duda, lo he pedido por furofax y me contesta diciendo que lo veré en la próxima reunión de propietarios que vaya usted a saber cuando es. ¿Que puedo hacer?, ¿Tengo que esperar o le puedo exigir que lo quiero ver ya?.


Si realmente lo quieres, debes ir al juzgado con la documentación que avale tus pretensiones y denunciar el hecho de que se te niegan unas actas de la comunidad.

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