Poseo un local comercial en el que existe desde él hasta el tejado un conducto de 35cm de diámetro ( empotrado en obra ) y que en escrituras consta como "salida de humos".
Una vez en el tejado, ésta salida sobresale "sobretejado" en unos 120cm con unos acabados normales de "carvista" y con sombrero de obra (típico de los conductos de ventilación )
Me lo quieren alquilar/comprar unas personas de nacionalidad china para montar un restaurante
PROBLEMA.: El precepto para este tipo de establecimiento ( restaurantes... chinos o no chinos
) obliga a que esta salida sea por lo menos 2 metros por encima de los tejados de los edificios colindantes y en un radio de 25m.para que dichos humos no molesten a los vecinos.
Para que se conceda el permiso debo hacer una prolongación de ésta salida de humos de al menos 2m.para que cumpla con la mencionada normativa municipal
Para acceder a dicha salida de humos es necesario hacerlo por la terraza ( terraza común puesto que no está cubierta y cubre el piso inferior ) que posee el propietario del ático y ésta terraza está en el conjunto de su propiedad.
Dicho propietario manifiesta que debe autorizarlo 1º la Comunidad
y luego él puesto que se debe "pasar" por su casa y a lo que no está discpuesto.
Las escrituras que poseo no limitan tácitamente al ejercicio de ningún tipo de negocio.
Mis argumentos son que si a éstos chinos no se lo alquilo... y luego me aparece otra oportunidad de un Pub u otro restaurante.... estaré en la misma situación.... estrechándome sus posibilidades de explotación e incluso de venta ya que no existe otro local en un considerable radio que posea la
"codiciada" salida de humos .
y en consecuencia... UN PERJUICIO A MIS INTERESES/PROPIEDADES ( entiendo yo...vamos...
)
(PD, en éste mismo edificio poseo un apartamento y párking....)
¿¿¿¿¿ cuales son mis derechos..????
Gracias y quedo a la espera.