Depende. Pero sí que tienen responsabilidad si incumplen las leyes. Por ejemplo, actúan en contra o sin consentimiento de la asamblea (salvo en los casos que esté acordado previamente en los estatutos y que no sean contrarios a la la ley) . En todo caso, sería responsabilidad de las personas que hubieran incurrido en delito o incumplimiento.
Por poner algunos ejemplos, si no justifcan adecuadamente los gastos de gestión, falsifican facturas, incurren en delito de coacción... En estos casos sería responsabilidad de las personas que ocupan los cargos y no de la comunidad de propietarios.
En caso por ejemplo de una Inspección Laboral, independientemente de que sea debido a una mala gestión de la Junta Directiva, la responsabilidad directa es de la Comunidad de Propietarios; también luego se puede pedir responsabilidad vía demanda a las personas físicas que por su mala gestión provocaron la sanción.
Salvo mejor criterio