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 Asunto: REURBANIZACIÓN DE UNA URBANIZACIÓN PRIVADA? necesito ayuda
NotaPublicado: Mar Abr 28, 2009 12:46 pm 
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Registrado: Lun Abr 27, 2009 11:50 am
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Buenos días:

Vivo en una Urbanización de chalés horizontal privada se creó en 1975, que desaguamos al sistema de alcantarillado de nuestro ayuntamiento, pero que no tenemos agua potable de la compañía suministradora (es de pozo). El presidente quiere hacer unas obras llamadas de Reurbanización por las que levantaría todas las calles y lo pondría todo de nuevo. El ayuntamiento, por otra parte, nos ha hecho una obra fuera de la urbanización por las que nos ha cobrado bastante dinero y que solicitó por convenio el presidente (pero sin el consentimiento de la asamblea, que intentó subsanar un mes después).
El tema está bastante adelantado, ya que se votó en asamblea la realización de las obras con resultado positivo y sin unanimidad. Ya se han dado bastantes cantidades, pero falta la mitad del dinero para hacer las obras. Ya ha firmado el contrato con el constructor, y ha pedido la licencia de obras. Aparte, ha solicitado una subvención, pero no sabemos si pretende empezar antes de tener nada. Al ayuntamiento y a las compañías no quiere abordarlas para conseguir que nos den cosas.
Nosotros tenemos todo revocado. Pretendemos llevarlo a juicio. Queremos alegar entre otras cosas que no renunciamos a la infraestructura que tenemos alegando el artículo 11, apartado 4 de la Ley de Propiedad Horizontal.
El dinero se dio hace 2 años y el presidente pidió 2 proyectos, el original y otro reformado (a otros técnicos diferentes) hay vecinos que habiendo pagado están solicitando la devolución del dinero (por escrito) alegando que no están de acuerdo con el proyecto reformado.
¿estamos obligados a realizar esta obra? La directiva ha aportado un informe técnico de que todo está hecho un desastre, pero no hemos tenido problemas serios, y menos en los bajantes.
¿qué posibilidades hay de que se proceda a la devolución del dinero?
¿podemos defender el tema de que no nos renunciamos a la infraestructura existente y aún en el caso de que la obra comience denunciarlo si rompe algo de lo anterior?
¿en el caso de que empezara, y como tenemos certeza casi absoluta de que no va a haber dinero para pagar todo, que pasaría si la obra se queda a medias?
¿puede empezar la obra sin que tenga todas las cantidades del dinero o sin haberlo financiado (ahora mismo no se conceden créditos)?
Espero vuestra respuesta. Muchas gracias por vuestra ayuda.


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 Asunto: Re: REURBANIZACIÓN DE UNA URBANIZACIÓN PRIVADA? necesito ayu
NotaPublicado: Mar Abr 28, 2009 4:46 pm 
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me parece que se me ha olvidado decir que se trata de suelo urbano


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NotaPublicado: Mié Abr 29, 2009 11:34 am 
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El asunto lo debe resolver la junta y para ello no hay como una extraordinaria a la voz de ya. Si el presidente no quiere convocarla o se hace el remolón, tendrán que buscar el apoyo del 25% de propietarios o coeficientes y convocarla ustedes con los puntos del orden del día que incluya la situación y toma de acuerdo de lo que la mayoría quiere que se haga.

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NotaPublicado: Mié Abr 29, 2009 12:45 pm 
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Muchas gracias por responder.

de todos modos me gustaría que me aclararan de todo este tema tan extenso una pregunta concreta:

¿estamos obligados a realizar esta obra? se trata de una urbanización de suelo urbano, por lo que yo he comprado con servicios (no en rústico, que son otros precios); lo digo por la magnitud de la obra (todo nuevo) y por las cantidades que nos exigen.

en espera de su respuesta

Un saludo


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NotaPublicado: Mié Abr 29, 2009 10:47 pm 
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Vuelvo a insistir, es una decisión que depende de la junta de propietarios y mientras no la convoquen y hablen del tema, no puede saberse que es lo que se quiere hacer. El tipo de suelo es lo de menos, a mi parecer, lo que se trata es de llegar a acuerdos por mayoría que es la manera de tomar decisiones en comunidad.

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NotaPublicado: Jue Abr 30, 2009 11:10 am 
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Muchas gracias por estar tan atento.

He llegado a la conclusión de que la clave del tema es determinar qué obra es obligatoria y cuál es innovación, ya que si nosotros contamos ya con servicios como, por ejemplo, el vertido de aguas residuales (por el que pagamos nuestros impuestos), y que está funcionando correctamente no veo por qué tenemos que quitar el sistema que tenemos y pagar todo completamente de nuevo. Me imagino que en última instancia este punto de obligatoriedad de las obras lo tendrá que determinar un juez, con los informes técnicos correspondientes ¿me equivoco?
Por otra parte, me han informado de que no es obligatorio tener agua potable (la nuestra, lo recuerdo, es de pozo). ¿sabési si este punto es cierto?


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NotaPublicado: Jue Abr 30, 2009 11:48 am 
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
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Exactamente así que la comunidad en su junta de propietarios tiene la palabra y luego el propietario que no coincida puede ejercer sus derechos mediante demanda o impugnación del acuerdo.

sobre el agua potable, no se como va, pero a ver si alguien te dice algo.

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