|
Admicove.comEl foro para Administradores de Fincas, Comunidades de vecinos, compra venta de inmuebles y consultas sobre la Ley de Propiedad Horizontal. |
|
Fecha actual Mar May 14, 2024 12:05 am
|
Buscar temas sin respuesta | Ver temas activos
|
Página 1 de 1
|
[ 5 mensajes ] |
|
Autor |
Mensaje |
OSCARINMA
|
Asunto: PATIO COMUNITARIO DE USO Y DISFRUTE Publicado: Mié Abr 29, 2009 9:23 pm |
|
|
Principiante |
|
Registrado: Dom Abr 26, 2009 10:55 am Mensajes: 7
|
Bueno lo primero saludar a todos y agradeceros vuestro interes por mi problema.
Soy nuevo en este foro y he leido todo lo que habia sobre el tema, pero no me ha quedado del todo claro.
Bueno, paso a exponer mi problema, soy propietario de un piso el cual segun escrituras tiene X metros.... y tiene derecho al uso exclusivo de la terraza con la que colinda a la cual tiene acceso directo.
El problema viene por las baldosas que puso la constructora en su momento, estas son de muy mala calidad y no se rompen como hace cualquier baldosa, se revienta el esmalte por las heladas y quedan trozos de 2mm de grosor por 5 a 10 cm de largo que cortan como cuchillos, decir que el piso tiene 6 años de antigüedad, pero claro la constructora quebro y estos desperfectos ya no se pueden reclamar a nadie.
Creo entender que segun el art. 396 del CC, este patio el cual forma parte de la cubierta del garaje comunitario, es propiedad de la comunidad; yo como usufructuario tengo el deber de mantenimiento y limpieza del mismo, pero las reparaciones que no sean por culpa o negligencia mia, deberia repararlas la comunidad.
Hacer constar que en mi comunidad soy la persona que mas paga por coeficiente y eso que los pisos son iguales, hay antecedentes de reparaciones de las cuales repito he sido la persona que mas dinero ha pagado, por ejemplo unos tendederos que hay en cada piso los cuales estan en la fachada (tendederos que yo no tengo por ser un bajo), arreglos de ascensores de otros portales de la finca por filtraciones, etc.
Mi pregunta es: en base a motivos de seguridad, puedo solicitar a la comunidad que pague la reparacion de la terraza haciendo referencia al art. 10.1 L.P.H. "sera OBLIGACION de la comunidad la realizacion de las obras necesarias para el adecuado sostenimiento y conservacion del inmueble y de sus servicios, de modo que reuna las debidas condiciones estructurales, de estanqueidad, habitabilidad y SEGURIDAD".
Hacer constar que somos todos los bajos con patio los afectados es decir 14 vecinos de un total de 54, segun la administradora no tenemos nada que hacer, ya que hay sentencias en contra que crean jurisprudencia.
MUCHAS GRACIAS Y PERDON POR EXTENDERME TANTO y no puedo poner acentos por el teclado.
|
|
Arriba |
|
|
comunero
|
Asunto: Publicado: Mié Abr 29, 2009 10:43 pm |
|
|
Experto |
|
Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm Mensajes: 2190
|
Seguramente habrá jurisprudencia y seguramente las habrá contradictorias, todo dependerá del enfoque que se de al asunto.
Según tu exposición yo diría que es obligación de la comunidad y no descarto el recurrir a la constructora o en su caso al seguro de esta ya que está dentro del seguro decenal.
El no ya lo tienes, así que empezaría por pedir tratar el asunto en junta y dependiendo el resultado, acudir a un profesional que te lleve el problema a buen puerto.
_________________
La conciencia es lo único que no se rige por el gobierno de las mayorías.
|
|
Arriba |
|
|
OSCARINMA
|
Asunto: Publicado: Jue Abr 30, 2009 8:23 am |
|
|
Principiante |
|
Registrado: Dom Abr 26, 2009 10:55 am Mensajes: 7
|
Gracias, tengo que tratar el tema el proximo martes en Junta, pero claro la administradora ya ha informado a los vecinos que no tenemos nada que hacer, asi que cuando se vote en la Junta seremos a favor los de los bajos, alguna abstencion y la gran mayoria en contra.
Con lo cual creo que me vere en la obligacion de tener que llevar el asunto por via judicial, ya que tengo un niño de tres años y no le puedo dejar salir a jugar al patio por las heridas que se puede producir si se cae al suelo.
|
|
Arriba |
|
|
esteiro
|
Asunto: Publicado: Lun May 04, 2009 3:21 pm |
|
|
Principiante |
|
Registrado: Mié Abr 15, 2009 3:32 pm Mensajes: 8
|
Consulta a un abogado / a.
Lo que te diga tu administradora lo pongo yo en duda, y lo que te diga tu administradora sobre esa jurisprudencia lo pongo todavía más en duda.
Aunque sea un patio sobre el que tienes un derecho en exclusiva, no quiere decir que tengas tu la obligación de comerte todos los gastos.
_________________ Que nadie toque mis comunidades
|
|
Arriba |
|
|
OSCARINMA
|
Asunto: CONSULTA A ABOGADO Publicado: Mar May 05, 2009 12:28 pm |
|
|
Principiante |
|
Registrado: Dom Abr 26, 2009 10:55 am Mensajes: 7
|
Efectivamente me ha dicho el abogado que si el patio es comunitario y no es un mal uso del usufructuario, los gatos deben correr por cuenta de la comunidad.
Ha venido un perito y ha dicho que las baldosas son de mala calidad, en el procedo de creación sean cocido mal, o ha salido una mala partida, por lo que no es un defecto que se puede achacar a los propietarios de los patios.
|
|
Arriba |
|
|
|
Página 1 de 1
|
[ 5 mensajes ] |
|
¿Quién está conectado? |
Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 9 invitados |
|
No puede abrir nuevos temas en este Foro No puede responder a temas en este Foro No puede editar sus mensajes en este Foro No puede borrar sus mensajes en este Foro No puede enviar adjuntos en este Foro
|
|