Bueno, vamos a ver:
Lo primero que teneis que hacer es convocar un junta extraordinaria o hacerlo en la proxima junta que tengais prevista, pero por el tipo de comunidad, pienso que no las debeis de tener muy a menudo, así que, el presidente debe de convocar la junta, entre los temas a tratar, debeis de hacer constar el epigrafe: Morosos y gestión de cobros, además en la convocatoria deben de figurar todos los morosos que existan en ese momento, reseñando, el propietario, piso, coeficiente y candtidad adeudada.
Si al iniciar la junta, el propietario moroso no ha hecho efectiva toda su deuda o la ha consignado judicialmente, no tiene derecho a voto.
Cuando llegueis a tratar el tema de los morosos, debeis de acordar el inicio de un proceso monitorio, si la deuda no supera los 900'00€, lo puede presentar el presidente, sin necesidad de intervención de abogado ni procurador, el documento para un proceso monitorio, lo podeis encontrar en internet.
Una vez acordado esto en la junta, debeis de hacer saber a este propietario moroso el acuerdo tomado, así como la cantidad adeudada, esto lo debeis de hacer de la forma habitual, yo os aconsejo una carta certificada con acuse de recibo, ademas podeis poner la carta en el sitio habitual de la comunidad, para que no pueda alegar que no conoce el acuerdo tomado.
Transcurrido un tiempo prudencial, es hora de presentar ese proceso monitorio ante el juzgado.
_________________ Miguel Carlos Gorriz Fuertes.
Administrador de Fincas.
Colegiado Nº 1436. Alicante.
Tlf: 660 00 60 28
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