comunero escribió:
Lo primero es la ley, y ni los estatutos o escrituras pueden ir contra la ley.
Deberían discutir el problema en junta y llegar a un acuerdo válido para todos. Siempre tienen la opción de ir al juzgado y que sea un juez quien dictamine sobre el problema.
Art. 9 e) Contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título a lo especialmente establecido, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización.
Lo especialmente establecido pasa por requerir acuerdo unánime.
Gracias por contestar.- Entonces se entiende que el local tine que pagar los gastos al igual que todos segun su Cft, y quien le puede exonerar de gastos somos nosotros los propietarios cierto.-