Admicove.com

El foro para Administradores de Fincas, Comunidades de vecinos, compra venta de inmuebles y consultas sobre la Ley de Propiedad Horizontal.
 FAQ •  Buscar •  Registrarse •  Identificarse 
Fecha actual Jue May 16, 2024 6:14 pm

Todos los horarios son UTC + 1 hora




Nuevo tema Responder al tema  [ 4 mensajes ] 
Autor Mensaje
 Asunto: consignación judicial
NotaPublicado: Lun Nov 28, 2005 4:36 pm 
Hoal, somos propietarios de un local q no tiene acceso al portal de la comunidad. Hasta hace unos meses y desde hace muchos años nosotros venmos pagando nuestras cuotas según nuestro coeficiente de participación pero ahora la comunidad va a emprender una obra y quiere q paguemos al ciencien igual q ellos a lo que nosotros nos hemos negado, creemos q lo justo es q paguemos con arreglo al coeficiente. Pues bien, han decidido demandarnos a través de un monitorio y yo pregunto: puedo consignar la deuda q tengo hasta ahora e incluso la cuotas mensuales de comunidad?? ya q dicen q como debo recibos de derramas tampoco me dan los recibos mensuales de la comunidad?? como hago la consignación??


Arriba
  
 
 Asunto: Obras.
NotaPublicado: Jue Dic 01, 2005 2:12 am 
Desconectado
Colaborador
Colaborador

Registrado: Jue Ago 11, 2005 12:36 pm
Mensajes: 593
Ubicación: Alicante
Bueno, vamos a ver si me puedo explicar:

* La comunidad no te puede negar de ninguna de las maneras el recibo que pagues, pertenezca a lo que pertenezca, otra cosa es que te pueda demandar por los que debes, pero nunca retener los recibos de las mensualidades pagadas.
Te aconsejo, que si ingresas el dinero en cuenta, guardes bien los recibos, pues eso da al menos la seguridad de que si que has hecho ingresos a favor de la comunidad.

* En cuanto a las obras no nos dices del tipo que son, y si se han votado en junta, tampoco nos dices si el acuerdo de pagar a partes iguales, se ha tomado en junta y si ha sido asi, si ha sido por unanimidad, si no se ha hecho por unanimidad, no puede tomarse ese acuerdo como válido.

* Sí puedes consignar judicialmente ls cuotas pendientes, para ello, debes de ir a los juzgados de tu localidad y alli te indicaran como y donde hacerlo.

Saludos.

_________________
Miguel Carlos Gorriz Fuertes.
Administrador de Fincas.
Colegiado Nº 1436. Alicante.
Tlf: 660 00 60 28
E-mail: cgorrizf@gmail.com
www.admiservis.es
Visita mi blog y dejame tu opinión
www.admiservis.es/blog/blog1.php


Arriba
 Perfil  
 
 Asunto:
NotaPublicado: Jue Dic 01, 2005 12:37 pm 
Hola miguel, gracias por tu contestación.
Bien, te diré que de hecho tenemos pagados 2 cuotas de derrama según nuestra participación, no se hizo ninguna junta para determinar que todos pagamos a partes iguales pq nunca se produciria la unanimidad ya que yo no estoy de acuerdo, sin que los vecinos después de llevar dos meses pagando la derrama decidieron de mptu propio que yo debería pagar lo mismo que ellos, de tal forma q cuando fui a recoger mi recibo como todos los meses me dice el presidente que pago como todos.
La obra que se va a hacer es cambiar los contadores y reforzar las verticales, ojo!! que yo no me niego a la obra, pero por coeficientes, como venimos haciendo desde que compré el local que hará como 30 años.
Yo entro al local por la calle pq no tengo acceso al portal, de hecho se niegan a darme llave del portal, a ponerme buzón, portero automático, limpieza etc... pq dicen que como no tengo puerta en el portal no tengo derecho, pero a pagar la obra que en realidad a mi ni me va ni me viene si tengo la obligación de contribuir como ellos.
Como lo ves???


Arriba
  
 
 Asunto: Acceso al portal.
NotaPublicado: Jue Dic 01, 2005 11:02 pm 
Desconectado
Colaborador
Colaborador

Registrado: Jue Ago 11, 2005 12:36 pm
Mensajes: 593
Ubicación: Alicante
Bien, vamos a ver si yo me he aclarado con tu explicación:

En principio parece ser que tu ni tienes acceso a la finca, ni tu local, dispone de una puerta que se abra hacia o desde la entrada de la finca, por ello, deduzco que tu contador de luz tambien está fuera de la comunidad, o sea, que si cambian los contadores, el tuyo no.
¿ Es asi?, si es asi, no estas obligada al pago de ninguna derrama, es por ejemplo como si quisieran arreglar la barandilla de la escalera, tu no deberias de pagar, ya que tu no tienes acceso al portal.

Tu si deberias de pagar en tu parte correspondiente, el seguro de la finca, la restauración o rehabilitación de la fachada o las azoteas o las cañerias si recibes aga de la finca.

Por otro lado, por mucho que algunos vecinos opinen que tu debes de pagar a partes iguales sin ni siquiera plantearlo en junta, tu debes de atenerte salvo una votación por unanimidad, a lo que dice la ley, los gastos se abonaran segun coeficiente.


Saludos.

_________________
Miguel Carlos Gorriz Fuertes.
Administrador de Fincas.
Colegiado Nº 1436. Alicante.
Tlf: 660 00 60 28
E-mail: cgorrizf@gmail.com
www.admiservis.es
Visita mi blog y dejame tu opinión
www.admiservis.es/blog/blog1.php


Arriba
 Perfil  
 
Mostrar mensajes previos:  Ordenar por  
Nuevo tema Responder al tema  [ 4 mensajes ] 

Todos los horarios son UTC + 1 hora


¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 13 invitados


No puede abrir nuevos temas en este Foro
No puede responder a temas en este Foro
No puede editar sus mensajes en este Foro
No puede borrar sus mensajes en este Foro
No puede enviar adjuntos en este Foro

Buscar:
Saltar a: