Admicove.com

El foro para Administradores de Fincas, Comunidades de vecinos, compra venta de inmuebles y consultas sobre la Ley de Propiedad Horizontal.
 FAQ •  Buscar •  Registrarse •  Identificarse 
Fecha actual Jue May 02, 2024 12:05 pm

Todos los horarios son UTC + 1 hora




Nuevo tema Responder al tema  [ 12 mensajes ] 
Autor Mensaje
 Asunto: Falta dinero en la cuenta de la comunidad
NotaPublicado: Mar Sep 15, 2009 9:29 am 
Desconectado
Principiante
Principiante

Registrado: Lun Sep 14, 2009 10:55 am
Mensajes: 1
Buenos días.
Mi prergunta es: si los administradores de fincas pueden hacer uso de los fondos de una comunidad de las que ellos administran para pagar gastos de otras comunidades tambien administradas por ellos.
Muchas gracias.


Arriba
 Perfil  
 
 Asunto:
NotaPublicado: Mar Sep 15, 2009 10:19 am 
Desconectado
Experto
Experto

Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
Mensajes: 2190
No pueden y es algo denunciable si lo puedes demostrar. De todas formas no se como dejan su cuenta en manos de terceros. Cualquier movimiento de la comunidad debe ser realizado por ella y no por otros de manera separada.

El administrador es un empleado que asesora y cumple las ordenes de la junta, ellos por sí solos no deben hacer nada y de hacerlo tienen sus responsabilidades que habría que reclamar.

_________________
Imagen
La conciencia es lo único que no se rige por el gobierno de las mayorías.


Arriba
 Perfil  
 
 Asunto:
NotaPublicado: Lun Oct 19, 2009 5:27 pm 
Desconectado
Usuario avanzado
Usuario avanzado

Registrado: Vie Oct 16, 2009 5:52 pm
Mensajes: 71
En parte no puedo estar conforme con el comunero experto
Articulo 20 de la LPH Apartado D: Ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras y efectuar los pagos y realizar los cobros que sean procedentes.

Es claro que el administrador de una Comunidad, no es como se dice el "empleado" de la Comunidad, sus funciones estan reguladas por la Ley y si lles damos lectura son bastantes mas amplias incluso que las de un Presidente de la Comunidad, sobre todo en materia de dar cumplimiento de acuerdos y por lo tanto de atender los pagos de dichos acuerdos, tan solo dando cmplimiento de la Junta, nada ni a nadie tiene que consulta.

El tema es que en general las comunidades contratan sin saver lo que han contratado y sin ningun documento al efecto y por lo tanto seria muy interesante que se conociera lo que el articulo 20 faculta al administrador a lo que se sumaria si ademas es el secretario


Arriba
 Perfil  
 
 Asunto:
NotaPublicado: Mar Oct 20, 2009 2:43 pm 
Desconectado
Experto
Experto

Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
Mensajes: 2190
No se trata de estar o no de acuerdo, sino ver cual es la solución a la pregunta planteado y cuanto más puntos de vistas existan, pues mejor para decidir que hacer.

A mi forma de verlo, todo aquel que recibe un salario por realizar una labor es un asalariados o empleado y para nada esta palabra tiene que ser despectiva. ¿ Cuántos quisieran ser empleados hoy en día, si no mira la lista del paro y pregunta.

No creo que hayas interpretado lo mismo que yo de la pregunta planteada por salmonete, fíjate, que lo que se plantea es algo muy fuerte.

No digo que no tengan funciones, claro que las tienen, el problema es que se pasan o no llegan en muchas ocasiones y de hecho por eso tanto comentario relacionado con este colectivo del cual no se tiene buena imagen.

Para dar cumplimiento a la junta, tendrá que consultar con ésta en los plazos y formas. El administrador no es un ente aparte, sino un profesional que debe cumplir su cometido, para el cual es contratado.

Las comunidades tienen mucho de desidia, y es por ello que el profesional que se precie tiene que estar en ella asesorando y comunicando de forma constante con estos, pero la decisión final, siempre, siempre debe ser de los propietarios que son los que pagan.

En sus artículos, no hay mención alguna a que se usen fondos de una comunidad para arreglar problemas de otra. Cada comunidad debe ir por separado y lo ideal es que no tuvieran un número grande de comunidades a su cargo, porque como dice el refrán, quien mucho abarca, poco aprieta.
Cuando se contrata a un profesional, es para que le oriente y asesore en aquello que se desconoce, no para haga lo que le venga en gana.

_________________
Imagen
La conciencia es lo único que no se rige por el gobierno de las mayorías.


Arriba
 Perfil  
 
 Asunto:
NotaPublicado: Mar Oct 20, 2009 4:38 pm 
Desconectado
Usuario avanzado
Usuario avanzado

Registrado: Vie Oct 16, 2009 5:52 pm
Mensajes: 71
Tu aclaracion es buena pero tu confianza en los administradores de fincas colegiados es mala.

La pregunta inial es muy clara y la respuesta seria mucho mas clara.

Como podria demostrar un comunero que su administrador a utilizado los fondos de su comunidad para el pago de otras comunidades

Pro tambien dejemos claro que en ningun apartado de la Ley se determina que los fondos o saldos de una Comunidad no puedan estar en la propia administracion, y efectivamente cada cia con las franquicias que tenemos ya de administraciones esta norma en mas utilizada


Arriba
 Perfil  
 
 Asunto:
NotaPublicado: Jue Oct 22, 2009 10:34 pm 
Desconectado
Experto
Experto

Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
Mensajes: 2190
Mi confianza no es un capricho que sale así como así, sino fruto de experiencias y vivencias, las cuales como podrás imaginar no han sido nada buenas. No solo me ha pasado una ni dos veces, ni tan siquiera tres, a parte es tan normal ver comentarios en este mismo sentido que expongo que cada día mi duda hacia el colectivo es mayor. Sólo los buenos administradores podrían hacerme cambiar de opinión.

La preguntas es clara como el agua limpia:

Código:
Mi prergunta es: si los administradores de fincas pueden hacer uso de los fondos de una comunidad de las que ellos administran para pagar gastos de otras comunidades tambien administradas por ellos.


No respondas a una pregunta con otra, no está bien:

Código:
Como podria demostrar un comunero que su administrador a utilizado los fondos de su comunidad para el pago de otras comunidades


No entiendo que la ley deba establecer tal cosa que comentas, veo tan claro que el dinero de alguien es de ese alguien, excepto bancos, prestamistas y similares, que si estuviera en su lugar, el dinero de mi comunidad, se emplearía sólo y exclusivamente para mi comunidad.

¿Cómo contabiliza una transacción de ese tipo en la contabilidad de la comunidad "prestamista" por engaño o a la fuerza?

No seamos más papista que el papa ni queramos hacer ver lo blanco, negro. Todo tiene su límite y en este caso a mi modo de verlo se ha pasado y bien pasado.

¿Con este tipo de actuaciones, quiere que tenga confianza en los administradores?

_________________
Imagen
La conciencia es lo único que no se rige por el gobierno de las mayorías.


Arriba
 Perfil  
 
 Asunto: Re: Falta dinero en la cuenta de la comunidad
NotaPublicado: Lun Oct 26, 2009 11:08 am 
Desconectado
Usuario avanzado
Usuario avanzado

Registrado: Vie Dic 22, 2006 5:06 pm
Mensajes: 57
Salmonete escribió:
Buenos días.
Mi pregunta es: si los administradores de fincas pueden hacer uso de los fondos de una comunidad de las que ellos administran para pagar gastos de otras comunidades tambien administradas por ellos.
Muchas gracias.



..¿ y que beneficio obtiene la comunidad de esta operación, frente por ejemplo invertir ese dinero en una cuenta bancaria a un tipo especial?

Yo creo que la respuesta es claramente no. El dinero de la comunidad es dinero de ella, nunca puede ser considerado como del administrador y de su negocio. Tan ajeno a la comunidad es un pago de un gasto de otra comunidad como el pago de un gasto particular del propio administrador.

Hacer un seguimiento bancario de la cuenta de la comunidad es algo relativamente sencillo para localizar esos pagos, identificar la cuenta de destino también. En este momento si se confirma tus sospechas el administrador tendría serios problemas al actuar así sin la conformidad de la comunidad. Podría ser un caso de abuso de confianza y apropiación indebida.
saludos.


Arriba
 Perfil  
 
 Asunto:
NotaPublicado: Lun Oct 26, 2009 3:31 pm 
Desconectado
Usuario avanzado
Usuario avanzado

Registrado: Vie Oct 16, 2009 5:52 pm
Mensajes: 71
Continuamos en mas de lo mismo
Las preguntas se contestan y aclaran sin datos concretos de la misma.
A la pregunta del Forero como he preguntado en alguna ocasion anterior.
El administrador de tu Comunidad es un colegiado es una Sociedad Limitada, es una sociedad Profesional o es cualquier ciudadado o propietario de la finca.
Reitero que la Ley es muy clara en este sentido y con los contratos o pactos firmados con el Administrador es lo que se tiene que tener en cuenta.
Por favor laguno me puede indicar en que apartado de la Ley de Propiedad Horizontal indica que los fondos de la Comunidad no puedan estar custudiados por el Administrador, o que tengan que esatar de positados de una u otra forma.
Cuando alguno me indique ese articulo reconocere lo primero que he aprendido algo (todos los dias son buenos).
A partir de no poder encontrar articulo y si los acuerdos o contratos firmados entre ambas partes no dicen lo contrario a nadie tenemos que mandar a "pelar patatas".
Se debera de solicitar por cualquier propietario tal como dice la Ley un punto para el orden del dia de la siguiente Junta, y solicitar que el funcionamiento economico de la Comunidad sea .... el que se acuerde.
Ya he tenido malas expericiencias con administradores como todo el mundo, pero cuando se ha designado uno en mi comunidad no lo he designado yo, ha sido la Comunidad, generalmente me han presentado un contrato o documento de sus comrpomisos y obligaciones, a veces he discrepado con mis propietarios pero tambien sabemos que las comunidades muchas veces las utilizan en las juntas los de siempre y a veces para sus conocidos y por lo tanto al final cuando sale mal solo te resta decir "lo partice" "os lo dije" y de quien fue la culpa, de la Junta por la eleccion del profesional.
En otro foro se dice es que los administradores tienen que limpiar su imagen
Estoy totalmente de acuerdo, pero se necesitara la colaboracion de las Comunidades de Propietarios, contratando verdaderos profesionales, solicanto estar dados de alta, tener su personal debidamente, mirar sus cuentas con la Hacienda en definitiva contratar profesionales, y no al conocido de "...." porque en casa de su primo estan muy contestos, ni al que da un presupuesto mas economico a cambio de que servicios.


Arriba
 Perfil  
 
 Asunto:
NotaPublicado: Lun Oct 26, 2009 5:33 pm 
Desconectado
Experto
Experto

Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
Mensajes: 2190
FEBESA escribió:
Continuamos en mas de lo mismo
Las preguntas se contestan y aclaran sin datos concretos de la misma.
A la pregunta del Forero como he preguntado en alguna ocasion anterior.
El administrador de tu Comunidad es un colegiado es una Sociedad Limitada, es una sociedad Profesional o es cualquier ciudadado o propietario de la finca.
Reitero que la Ley es muy clara en este sentido y con los contratos o pactos firmados con el Administrador es lo que se tiene que tener en cuenta.
Por favor laguno me puede indicar en que apartado de la Ley de Propiedad Horizontal indica que los fondos de la Comunidad no puedan estar custudiados por el Administrador, o que tengan que esatar de positados de una u otra forma.
Cuando alguno me indique ese articulo reconocere lo primero que he aprendido algo (todos los dias son buenos).
A partir de no poder encontrar articulo y si los acuerdos o contratos firmados entre ambas partes no dicen lo contrario a nadie tenemos que mandar a "pelar patatas".
Se debera de solicitar por cualquier propietario tal como dice la Ley un punto para el orden del dia de la siguiente Junta, y solicitar que el funcionamiento economico de la Comunidad sea .... el que se acuerde.
Ya he tenido malas expericiencias con administradores como todo el mundo, pero cuando se ha designado uno en mi comunidad no lo he designado yo, ha sido la Comunidad, generalmente me han presentado un contrato o documento de sus comrpomisos y obligaciones, a veces he discrepado con mis propietarios pero tambien sabemos que las comunidades muchas veces las utilizan en las juntas los de siempre y a veces para sus conocidos y por lo tanto al final cuando sale mal solo te resta decir "lo partice" "os lo dije" y de quien fue la culpa, de la Junta por la eleccion del profesional.
En otro foro se dice es que los administradores tienen que limpiar su imagen
Estoy totalmente de acuerdo, pero se necesitara la colaboracion de las Comunidades de Propietarios, contratando verdaderos profesionales, solicanto estar dados de alta, tener su personal debidamente, mirar sus cuentas con la Hacienda en definitiva contratar profesionales, y no al conocido de "...." porque en casa de su primo estan muy contestos, ni al que da un presupuesto mas economico a cambio de que servicios.


Esto creo que es demagogia, no me parece correcto que emplees argumentos en el sentido que los usas.
Te basas en la colegiación del profesional, algo esto, a lo que la ley no nos obliga, y te puedo afirmar que mis problemas han sido tanto con colegiados como no colegiados. Hablas de contrato y ésto no se suele hacer, al menos por escrito, aunque por suerte para todos la cosa va cambiando, lentamente pero cambia.

La ley no puede abarcarlo todo y si bien como dices no pone nada de que no lo puedan hacer, tampoco pone que lo puedan hacer, a veces hay que aplicar la lógica y la cordura. Tu argumento carece de lógica y es corporativista. el dinero es de quien es y debe usarse por éstos o con su consentimiento para beneficio de ellos, no para terceros.

Para aprender algo, hay que estar receptivo y no lo pareces ya que no te interesa, o al menos esa es la impresión que das.

"Y dale con la burra el trigo" que el dinero es de la comunidad tal, no del administrador cual y por tanto se ha de emplear en la comunidad y no para beneficio del administrador u otros intereses ajenos a la comunidad.

Hablas de que se suelen buscar amigos para el puesto y yo pienso que lo que se hace es buscar a alguien en el que puedas confiar pero si los intereses son otros entonces el problema no será el administrador sino la elección de éste por el motivo que sea.

El profesional por el hecho de ser profesional, no quiere decir que tenga que ser bueno y eso no depende de las comunidades depende de ese colegio al que tanto menciona que no hace algo al respecto con las ovejas descarriadas que también dices que sabes que existen. Estas están tanto dentro como fuera de los colegios profesionales. La labor es vuestra y tan sencilla como hacer las cosas bien y no abusar del desconocimiento de los propietarios o de la falta de atención para su propia comunidad por los motivos que sean. Sólo necesitan una comisión justa que estudie un poco la forma de actuar de los administradores, castigando al que se lo merezca y limpiando una imagen cada vez más deteriorada.

_________________
Imagen
La conciencia es lo único que no se rige por el gobierno de las mayorías.


Arriba
 Perfil  
 
 Asunto:
NotaPublicado: Lun Oct 26, 2009 6:20 pm 
Desconectado
Usuario avanzado
Usuario avanzado

Registrado: Vie Oct 16, 2009 5:52 pm
Mensajes: 71
Esta claro desde el primer dia que no nos entenderemos casi nunca, dado que tus ideas y las mias no son las mismas.
Tu por sistema haces batalla contra cualquiera que sea administrador colegiado, no colegiado, SL o SLP, bueno pues es tu opinion que respeto pero no porque pueda compartirla.

Creo y desde estos momentos tratare de indicar siempre que la actuacion en una comunidad de un administrador colegiado su forma y trato sera diferente de si no lo es y en ambos casos mucho mas diferente de si quien nos administra es una SL o una SLP.

Aunque tu conoces todo que me dices de las franquicias de todo en este caso de los administradores hasta como de la propia banca, o no sabes que puedes tener una cuenta en una entidad y que los que te estan atendiendo no son los empleados del banco ni el director de la sucrusal del banco dado que es una franquica completa autorizada por un banco, pues igual con los administradores, dado que veo que te agrada internet y sus foros date un paseito por las franquicias de administracion de comunidades y pideles las mismas responsavilidades


Arriba
 Perfil  
 
 Asunto:
NotaPublicado: Lun Oct 26, 2009 7:34 pm 
Desconectado
Experto
Experto

Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
Mensajes: 2190
Solo doy mi opinión que puede o no coincidir con la de otros. No hago batalla, aclaro puntos que yo tengo claros y no por ello digo que lleve la razón pero por supuesto que lo defiendo porque es lo que he vivido.

Soy de los que piensan que la casa hay que gobernarla por los propios caseros y sólo en caso necesario ponerse en manos de otros a ser posible lo más profesional que se pueda.

Los que tratamos con administradores tenemos nuestras experiencias y las que se cuentan van en contra de ustedes, por algo será. Eso no quita que los haya buenos, la cuestión es encontrarlos.

Uno de los principales problemas que veo en esta profesión es lo poco que se cobra y por ello obliga a ofrecer servicios a un número demasiado grande de comunidades con lo que ello representa en relación a los beneficios de estas. Quien mucho abarca, poco aprieta, que dice el refrán.

No pongas en mis comentarios frases de tu cosecha, yo solamente opino de mis experiencias, soy propietario de vivienda y he pasado por varias comunidades. En algunas los administradores, profesionales o no, ni siquiera han estado presente, en otras han durado en ocasiones menos de un año y en otras algo más.

Para que hable bien de algo, ésto me ha tenido que ir bien, si me ha ido mal no puedo mas que opinar mal, no veas otra cosa. Entro aquí para informarme y contar experiencias y no pretendo obligar a nadie a nada. Cada uno es mayorcito para saber que frases le van mejor a su problema o con qué quedarse según le convenga.

Las responsabilidades, se piden, las que se pueden y deben y si es necesario hacer hojas de reclamaciones, por el bien de todos hay que hacerlas. El ser tan conformistas es lo que nos lleva a tener tan malas calidades en nuestra existencia. No suelo pedir lo que no me corresponde ni mucho menos y suelo cumplir con lo que me toca.

Sigo esperando al administrador profesional, colegiado o no, que lleve mi comunidad mirando por los intereses de la comunidad y por los suyos, pero primero la comunidad, que es para lo que se le paga.

_________________
Imagen
La conciencia es lo único que no se rige por el gobierno de las mayorías.


Arriba
 Perfil  
 
 Asunto:
NotaPublicado: Mar Oct 27, 2009 4:09 pm 
Desconectado
Usuario avanzado
Usuario avanzado

Registrado: Vie Oct 16, 2009 5:52 pm
Mensajes: 71
Mi respuesta para SALONETE es
Hasta este momento y que puedas conocer la Comunidad de Propietarios tiene algun acuerdo en junta que determine que todos los ingresos y los pagos deben de realizarse con la cuenta corriente o cartilla de la comunidad y que la misma tendra firmas conjuntas cuando menos dos de los cargos elegidos en la cuenta.
Si esto no es asi podriamos estar en la dinamica que por parte del administrador o de cualquier otro representante de la comunidad se estan realizando pagos o cobros en forma unilateral.
Segundo el administrador cuando presenta sus cuentas anuales como le determina la Ley el desglose del saldo de la Comunidad como indica que esta y en donde indica que esta
Ejemplo
Saldo en caja administracion 130, 15
Saldo en recibos pendientes 128, 23
Saldo en poder Presidente 50,21
Saldo en Banco 1650.15
Si esto no es asi es la Comunidad la que debe de indicarle al administrador como quiere que se gestione su finca y este estara en su perfecto derecho de decir si lo acepta o por el contrario no lo acepta y por lo tanto deja el cargo de administrador.
Como siempre indico en el poco tiempo que llevo en este foro, las preguntas son perfectas pero cuantos mas datos facilites al respecto mejor, creo que lo que te pregunto en lo menos que te preguntaria cualquier compañero abogado para poder iniciar un procedimiento y atencion en tu enuncioamiento indicas "Falta dinero" aunque la pregunta no va por el mismo camino


Arriba
 Perfil  
 
Mostrar mensajes previos:  Ordenar por  
Nuevo tema Responder al tema  [ 12 mensajes ] 

Todos los horarios son UTC + 1 hora


¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 3 invitados


No puede abrir nuevos temas en este Foro
No puede responder a temas en este Foro
No puede editar sus mensajes en este Foro
No puede borrar sus mensajes en este Foro
No puede enviar adjuntos en este Foro

Buscar:
Saltar a: