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Nuevo tema Responder al tema  [ 15 mensajes ] 
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 Asunto: Pagos por profesional - Administrador -
NotaPublicado: Lun Sep 21, 2009 11:28 am 
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
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Que piensan, sobre todos los profesionales, al respecto del pago por sus servicios:

¿ Es un gasto general, o un gasto individual ?

¿ Cómo cobran éstos profesionales, por vecino, o por comunidades ?

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La conciencia es lo único que no se rige por el gobierno de las mayorías.


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 Asunto: Re: Pagos por profesional - Administrador -
NotaPublicado: Lun Oct 26, 2009 5:31 pm 
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Registrado: Vie Dic 22, 2006 5:06 pm
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comunero escribió:
Que piensan, sobre todos los profesionales, al respecto del pago por sus servicios:

¿ Es un gasto general, o un gasto individual ?

¿ Cómo cobran éstos profesionales, por vecino, o por comunidades ?


Como parece que los profesionales no se animan te daré mi opinión.
El servicio se debería prestar a la comunidad, que es algo diferente a los vecinos que la forman, por tanto es un gasto de la comunidad, como cualquier otro. Se debe pagar con los ingresos que la comunidad obtiene a través de las cuotas que pagan sus miembros. Las cuotas se aprueban para pagar todos los gastos presupuestados sin excepción. Si un vecino se negara a pagar la parte de la cuota que corresponde a la administración, por cualquier motivo, sería moroso con la comunidad, no con el administrador, éste seguiría cobrando de la comunidad que es con quien tiene la relación. No sé si esta era la intención de tu pregunta.
saludos.


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NotaPublicado: Lun Oct 26, 2009 5:38 pm 
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
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Tu respuesta me parece coherente y a falta de alguna de un profesional pues me parece estupenda.

Yo creo que los administradores cobran por propietarios, cuanto más propietarios hay, más cobran, por lo que entiendo que debería ser un gasto no general y no pagarse por coeficientes, sino de forma individual.

Aunque se pague a través de la comunidad, la cantidad debería ser igual para todos los propietarios de una misma comunidad, pero esto es algo que no sucede normalmente sino que se paga por coeficientes.

Gracias por su comentario, al que creo que le faltaba este último detalle sobre si es general o individual su concepto.

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NotaPublicado: Mar Oct 27, 2009 11:46 am 
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Registrado: Vie Oct 16, 2009 5:52 pm
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Los horarios de una Comunidad son regulados por una tarifa del Colegio de Administradores de fincas no obligatoria y si recomendada, es decir puede ser superior o inferior, se tiene en cuenta el numero de propietarios y los servicios de la comunidad se consideran servicios ascensor, o ascensores, calefaccion, contadores de agua, conserje etc etc
Con esos calculos sale el importe de los honorarios, la aplicacion de dichos honorarios se realiza generalmente por coeficiente entre otras cosas porque a la hora de votar por la contratacion o el cese se realizada por propietario y a su vez coeficiente de propiedad


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NotaPublicado: Mar Oct 27, 2009 8:08 pm 
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
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Un comentario desde un profesional, pero que no acabo de ver muy claro, ya que me pierdo en la explicación.

Lo de los votos siempre se hacen en relación a propietarios y coeficientes y no creo que tenga relación con el precio a pagar por un servicio.

Que no haya una tarifa única lo veo problemático, pero es algo en lo que no debo entrar, sobretodo porque no pertenezco al colectivo.

Se enumera el número de propietarios y en eso estamos. Para el caso hipotético de una comunidad de 5 propietarios sin ningún servicio entiendo que el valor es el de los propietarios y por ello no veo que el de mayor coeficiente tenga que pagar más por el servicio, aunque si la ley lo establece así, no habría más duda, pero es que la ley al menos yo, no la veo clara en este sentido.

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NotaPublicado: Mié Oct 28, 2009 11:42 am 
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Registrado: Vie Oct 16, 2009 5:52 pm
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Bueno efectivamente la Ley deja muchas lagunas de interpretacion y asi estan los tribunales de justicia, pero se dice que todos los gastos de la comunidad seran con arreglo al coeficiente de propiedad con la excepcion de los posibles de individualizar como es el caso del consumo de agua


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NotaPublicado: Mié Nov 18, 2009 7:51 pm 
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Registrado: Mar Abr 14, 2009 7:21 am
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Mi opinión es que es un gasto que se debería individualizar, ya que como bien has dicho, comunero, a más puertas, mayor precio por comunidad.

También es verdad que he estado consultando a varios administradores, porque es algo que siempre me ha despertado la curiosidad y nadie me ha sabido justificar ninguna de las dos posiciones con la ley en la mano.

Al final he llegado a la conclusión de que cualquiera de ellas es válida si así lo acepta la comunidad.

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Gesvalfi, Administración de Fincas Valencia


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NotaPublicado: Jue Nov 19, 2009 12:20 pm 
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
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Y puestos a que sea así, porque no tenemos argumentos para otra cosa, según tu criterio¿ que mayoría sería necesaria para una posibilidad o la otra.?

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NotaPublicado: Jue Nov 19, 2009 3:02 pm 
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Registrado: Mar Abr 14, 2009 7:21 am
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Ubicación: Valencia
En realidad, lo que yo te pueda decir no te va a aclarar nada, porque como ya he comentado, no he conseguido averiguar nada que se base en una ley o jurisprudencia, por tanto es mi opinión, y de la que ni siquiera estoy segura.

Si me viera en el caso de tener que decidir, porque se produce un cambio de administrador, creo que, en contra de lo que me dice mi lógica, lo tendría que tratar como un gasto más de la comunidad, por tanto a repartir por cuota, o cambiar el método por unanimidad.

En el caso de que el administrador ya estuviera contratado, lo tendría más claro, me basaría en el acta de nombramiento, si el precio aparece por puerta o local, así lo aplicaría; y si el precio apareciese en global, no tendría más remedio que aplicarlo por cuota de participación. Método a cambiar por unanimidad.

Espero que te sirva de algo.

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Gesvalfi, Administración de Fincas Valencia


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NotaPublicado: Jue Nov 19, 2009 4:32 pm 
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
Mensajes: 2190
Gracias por el interés,.

Pues claro que me sirve, todas las opiniones sirven de algo incluso cuando no lo tenemos claro.

En mi comunidad se paga por coeficientes este gasto.

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NotaPublicado: Mié Nov 25, 2009 10:16 pm 
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Registrado: Jue Nov 19, 2009 9:07 pm
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Ubicación: Málaga
Hola,

Como ha dicho Febesa, el colegio de Administradores publica una tarifa que es pública (por lo menos en el de Málaga) y va en función del número de viviendas, locales, cocheras,... y servicios comunes. El tipo reparto ya dependerá de cada comunidad, hay comunidades que lo reparten por coeficiente y comunidades que lo hacen a apartes iguales.


Un saludo.


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 Asunto: esther
NotaPublicado: Mar Dic 15, 2009 2:27 pm 
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Registrado: Vie Dic 11, 2009 3:33 pm
Mensajes: 27
a ver lo correcto es cobrar 4 euros por vivienda y 4 por plaza de garaje, hasta un maximo de 9 euros, ello va a depender de los servicios que tenga la comunidad, por ejemplo, si la comunidad tiene portero, piscina comunitaria, etc.
www.gestoryperito.com
gestiondefincas@gestoryperito.com


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 Asunto: honorarios, cómo se distribuyen
NotaPublicado: Lun Ene 25, 2010 8:01 pm 
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Registrado: Jue Ene 21, 2010 1:45 pm
Mensajes: 17
Cada profesional, compañía, etc. establece sus honorarios en base a los baremos o variables que estime más oportunos, y emite una factura. Esa factura la paga la Comunidad de Propietarios, y tal gasto se reparte entre los propietarios en función de la forma que se tenga establecida (en la obra nueva, en estatutos, etc.).

Por poner un ejemplo algo diferente. La empresa de ascensores establece su cuota mensual de mantenimiento de un elevador en base a criterios propios: número de paradas, viviendas por planta, números de sótanos, tamaño de la cabina, etc. Sin embargo la comunidad paga la factura por su total, y cada vivienda contribuye a ese gasto en función de la forma de participar de la escalera (coeficiente o partes iguales)... ¿estamos de acuerdo hasta ahí? Espero que sí.

Ahora supongamos que en la última planta hay 2 áticos y en los pisos inferiores hay 4 viviendas por planta (el doble que en ático). La planta ático influye a la baja en la tarificación hecha por la empresa de ascensores, pues el número de puertas por planta influye en la misma, ¿verdad?; sin embargo, los propietarios de los áticos participarán en el gasto con su coeficiente (o según esté estipulado en estatutos). Nunca se ha visto que se desmenuce la factura del ascensor hasta el punto de cobrarle a cada vivienda su parte, es impensable...

Por tanto, un administrador puede cobrar una factura de 200€/mes a razón de 4€ por vivienda y 1€ por aparcamiento... y no tiene absolutamente nada que ver con el modo en que este gasto ha de ser repartido, pues la administración es un servicio que se presta a la comunidad en su conjunto y no es individualizable, por mucho que haya gente que argumente lo contrario. De hecho, lo normal es que este gasto sea atendido en función del coeficiente por todas las propiedades del inmueble.

¿Lo comprendéis?
A ver, para los que no estén de acuerdo: El administrador podría decidir cobrar más a una comunidad en particular porque tiene 3 morosos y eso le da más trabajo... pero esa subida de honorarios no se puede repercutir sobre los 3 morosos!

No hay relación directa entre la forma de tarificar y la forma de participar en el gasto. Los gastos de administración no son individualizables.

Espero haberos ayudado.
Saludos,
Headon


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NotaPublicado: Mar Ene 26, 2010 11:18 am 
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Registrado: Jue Dic 03, 2009 8:11 pm
Mensajes: 15
estoy de acuerdo con headon 100%

El cobro se establece por el número de elementos del edificio (mas volumen mas trabajo) pero la factura es un gasto general para toda la comunidad.


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NotaPublicado: Mar Ene 26, 2010 2:30 pm 
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
Mensajes: 2190
Headon, tus argumentos me convencen, pero no creo que sea justo, lo cual no importa ya que la ley está para algo y hay que cumplirla. Gracias por la aportación y los ejemplos.

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