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Nuevo tema Responder al tema  [ 8 mensajes ] 
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 Asunto: Fachada ¿de todos?
NotaPublicado: Mié Nov 18, 2009 5:55 pm 
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Registrado: Mié Nov 26, 2008 8:07 pm
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Hemos reparado la fachada comunitaria, uno de los bajos dice que no entra en los gastos argumentando que la fachada de su bajo:
1º.- Es diferente a la comunitaria y no ha sido tocada.
2º.- Por el momento no precisa reparación y que la realizará el propietario cuando sea preciso.

¿Tiene razón en su argumentación?


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NotaPublicado: Mié Nov 18, 2009 6:31 pm 
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
Mensajes: 2190
Lo que puede pasar es que cuando tenga que arreglar la parte que dice que le afecta exija al resto que participe en algo que él no ha hecho.

Todos participan en todo, es la norma más segura para evitar malos entendidos y lo que la ley estipula.

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La conciencia es lo único que no se rige por el gobierno de las mayorías.


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NotaPublicado: Mié Ene 06, 2010 1:50 pm 
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Registrado: Mié Nov 26, 2008 8:07 pm
Mensajes: 22
El administrador acaba de pasar las cuotas de la derrama, no incluye al bajo. El resto de los propietarios seguimos con la duda: ¿debe incluirse en el gasto de arreglo de la fachada al bajo?


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NotaPublicado: Mié Ene 06, 2010 9:27 pm 
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Registrado: Jue Dic 03, 2009 8:11 pm
Mensajes: 15
La ley dice que es un elemento común y por tanto todos los copropietarios deben de abordar los gastos proporcionalmente y según su coeficiente.

Aunque si se pactó de esa forma en junta, o la impugnas o atiendes a lo pactado.


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NotaPublicado: Mar Ene 26, 2010 1:17 pm 
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Registrado: Jue Ene 21, 2010 1:45 pm
Mensajes: 17
Ruego te leas el artículo 396 del Código Civil, que establece lo que son elementos comunes de un inmueble.

La fachada lo es, sin lugar a dudas, y no tiene nada que ver que el bajo la tenga diferente o pueda configurarla a su gusto... Eso es como decir que no tiene que pagar la impermeabilización de la cubierta porque cuando llueve no le filtra agua al bajo!

Por tanto los bajos deben contribuir de acuerdo al coeficiente o lo legalmente establecido al gasto de fachada. Y modificar este sistema de participación requiere un acuerdo unánime en asamblea.

Así pues, como argumentar, el del bajo puede argumentar lo que quiera... lo importante es el acuerdo que se haya recogido, la votación realizada a este respecto. Si no tenéis administrador de fincas, por favor, buscad uno que esté colegiado, que garantice que este tipo de cosas no sucedan. Y si es que lo tenéis, flaco favor os está haciendo, y mejor que busquéis a alguno que realmente sepa lo que hace (recordad que a veces lo barato sale caro).

Saludos,
Headon


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NotaPublicado: Sab Feb 06, 2010 11:40 pm 
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Registrado: Mar Sep 09, 2008 7:37 pm
Mensajes: 81
¿significa eso que la fachada de los locales ha de arreglarla (pintarla, etc,..) también la Comunidad?


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NotaPublicado: Dom Feb 07, 2010 12:45 pm 
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
Mensajes: 2190
Eso significa que cuando la comunidad decide por un motivo justificado arreglar la fachada, hay que hacerlo y todos contribuyen al pago.

Cuando una parte (local en este caso) decide modificar fachada por temas particulares, la comunidad se lo permite, pero el corre con sus gastos.

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NotaPublicado: Sab Feb 13, 2010 3:41 pm 
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Registrado: Jue Ene 21, 2010 1:45 pm
Mensajes: 17
Exacto. Si los locales pueden modificar su fachada, será porque así está permitido (habitualmente por intereses comerciales), y sólo ellos correrán con todos los gastos de su parte de fachada... sin que ello les libere de su obligación de pagar la reparación del resto de fachadas del inmueble (a lo que también están obligados al pago es resto de propiedades tales como garajes, trasteros,...)

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Saludos,
Headon


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