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Admicove.comEl foro para Administradores de Fincas, Comunidades de vecinos, compra venta de inmuebles y consultas sobre la Ley de Propiedad Horizontal. |
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Fecha actual Mié May 15, 2024 3:47 am
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Autor |
Mensaje |
pulela
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Asunto: CAPRICHO DE VECINOS Publicado: Sab May 23, 2009 11:54 pm |
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Principiante |
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Registrado: Sab Nov 08, 2008 11:18 am Mensajes: 14
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Hay varios vecinos que estan interesados en cambiar la puerta de entrada al adifício de aluminio por una de acero.
la actual puerta está en perfectas condiciones, por tanto es tan solo un capricho de estos vecinos,
MI PREGUNTA:en el caso de que se realice una reunión,¿¿ que tanto por ciento de votos serian los necesarios para que salga adelante este proyecto??
y por otra parte,siendo un capricho demostrable ¿¿estaría obligado a pagar? pues otro dia podrian exponer cualquier cosa.
agradeceré toda ayuda,saludos
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comunero
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Asunto: Publicado: Dom May 24, 2009 10:37 am |
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Experto |
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm Mensajes: 2190
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Con la mayoría de asistentes que estén a favor, el acuerdo sale adelante. en cuanto a tener que pagar o no el capricho dependerá de si el valor del mismo supera o no la cantidad de tres cuotas ordinarias
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La conciencia es lo único que no se rige por el gobierno de las mayorías.
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pulela
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Asunto: CAPRICHO DE VECINOS Publicado: Lun Feb 22, 2010 8:02 pm |
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Principiante |
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Registrado: Sab Nov 08, 2008 11:18 am Mensajes: 14
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en el caso de que el gasto supere las tres cuotas ordinarias,como debo informar de mi disidencia a colaborar en el pago,debo hacerlo con una simple carta al administrador??? o como.
gracias
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comunero
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Asunto: Publicado: Mar Feb 23, 2010 1:14 pm |
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Experto |
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm Mensajes: 2190
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Si supera las tres cuotas y no es necesario, en el momento de la votación vota que no al acuerdo.
No creo que sea necesario explicar motivos del cual no va a participar, pero tampoco creo que sea algo malo, sino todo lo contrario. En su caso haría escrito dirigico al presidente, el administrador no es más que un empleado, y lo lógico es que el presidente le consulte en todo caso como profesional que es, pero las comunicaciones se deben hacer al presidente que es quien representa a la comunidad.
Tampoco pasa nada porque envies copia al secretario de la junta, incluso puede ser bueno ya que así obligas a que tomen una decisión y no dependa sólo de una persona.
Si no aceptan su criterio en la comunidad, la posibilidad pasa por el juzgado que será quien determine si la obra es necesaria o no, todo esto en el supuesto que supere las tres cuotas mensuales ordinarias.
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La conciencia es lo único que no se rige por el gobierno de las mayorías.
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