Hola, muy buenos días amigos, me presento por primera vez en el foro, espero tener una relación con todos vosotros larga y productiva. Reconozco no ser un experto, pero en aquello que pueda yo tambien os colaboraré.
Quisiera iniciarme haciendo una consulta, con permiso, siendo esta:
DIAGNÓSTICO
Soy propietario de un piso nuevo en el que la comunidad la hemos constituido hace justo 1 año. En total la formamos 240 propietarios.
A pesar de ser todo nuevo y tener que tomar muchas decisiones, típico del primer año, siempre el más lioso, nos encontramos con que el administrador no convoca Juntas Extraordinarias, por más que se lo pidas. Pasado el año, estamos muy decepcionados por la lentitud y retrasos en la toma de decisiones (ninguna, en resumen).
PRESCRIPCIÓN FACULTATIVA
Dándole vueltas a la cabeza, he tomado una decisión, de la que desconozco su viabilidad. ¿Puede prescindirse de los servicios de este y de cualquier otro Administrador de Fincas y hacerse cargo de esas funciones un vecino propietario voluntariamente, apoyado por un conjunto de vecinos, en una autogestión intervecinal en democracia participativa? Pueden acumularse en un mismo vecino voluntario los cargos de Administrador de la Finca y de Presidente de la Comunidad?
Es ilegal, atenta contra la LPH? Es legal pero demasiado enfarragoso? Es legal e incluso aconsejable?
Ni que decir tiene que se nota que ese vecino soy yo. Visto lo visto, prefiero no volver a delegar mi trabajo, prefiero hacerlo personalmente. Además, si algo sale mal, los vecinos saben dónde vivo...(ya me esforzaré en hacer las cosas bien, que si no... jejejé).
Gracias de antemano por vuestra ayuda y consejos legales.
1saludo.