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 Asunto: Mi primera reunion
NotaPublicado: Lun Oct 25, 2010 10:36 am 
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Principiante
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Registrado: Sab Oct 23, 2010 11:19 am
Mensajes: 1
Hola soy nuevo en el foro, y queria preguntar varias cosas.
Este año soy presidente de la comunidad, somos 8 vecinos y he tenido que poner al dia las cuentas desde el 2008, ahora veo que uno de los vecinos debe la comunidad del 2008/2009/2010, en octubre han empezado a hacer obras en esa vivienda, y por lo visto lo ha vendido, he hablado con el nuevo propietario y dice que el ha comprado la vivienda libre de cargas y empezara a pagar desde Octubre /2010.
A parte de la comunidad esta vivienda debe 725 e que hemos pagado todos los demas en el 2008 por la instalacion de la luz en todo el edificio nueva.En total debe unos 2000 e
Hay otro vecino que en el 2010 tampoco ha pagado nada, y por lo visto creen que tambien ha vendido la vivienda pero nadie tiene costancia de nada, la vivienda esta cerrada y el antiguo dice que el no tienen nada que ver que se la ha vendido a un hijo.
Por otro lado esta ultima, tiene una bajante del WC, rota, y perjudica al nuevo que debe los 2000 e,que tambien la tiene rota y no puede acabar su obra hasta que no se y nos dice que lo tiene que pagar la comunidad, que sino pondra una denuncia (no tenemos seguro de la comunidad). He convocado una reunion para la proxima semana, y no se que es lo que podemos hacer.
Gracias


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NotaPublicado: Mié Oct 27, 2010 8:49 am 
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Experto
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Registrado: Mar Abr 14, 2009 7:21 am
Mensajes: 149
Ubicación: Valencia
Buenos días.

Lo primero que ha de saber es si al hacer la venta de los pìsos, el secretario que hubiera en ese momento expidió el certificado de deuda, y que se exponía en el citado certificado.
En el caso de que no se hubiese expedido, o en el certificado se hubiese detallado la deuda que comenta, se le podrá exigir al nuevo propietario la deuda del año de compra y el anterior, en su caso, si hancomprado el piso en Octubre 2010, podrán exigir 2009 y 2010 completo.
Recomiendo que, si tienen junta pronto, lo añadan al orden del día,y así hagan constar en acta la reclamación y decidan como proceder (si van a juicio en el caso de que en un plazo determinado no pague), además de notificar a los deudores.
Si la junta se retrasa, lo mejor es que al menos informen de la deuda pendiente cuanto antes, a ser posible por medio de un burofax.

Con respecto a las bajantes, al decir que se ha roto la bajante de uno u otro vecino entiendo que se refiere al tramo de dicho vecino, porque si cada uno tiene su bajante, cada uno debería de hacerse cargo de la reparación (a no ser que en los estatutos se contemple lo contrario)
Ahora bien, si la bajante es común para todos, que es lo habitual, la comunidad es la que se ha de hacer cargo de las reparaciones y los daños causados.

Ni que decir tiene, que el seguro, además de ser algo obligatorio, es algo necesario.

_________________
Gesvalfi, Administración de Fincas Valencia


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