|
Admicove.comEl foro para Administradores de Fincas, Comunidades de vecinos, compra venta de inmuebles y consultas sobre la Ley de Propiedad Horizontal. |
|
Fecha actual Mié May 15, 2024 4:24 am
|
Buscar temas sin respuesta | Ver temas activos
|
Página 1 de 1
|
[ 3 mensajes ] |
|
Autor |
Mensaje |
Andalucía
|
Asunto: votación de morosos Publicado: Mar Mar 15, 2011 7:43 pm |
|
|
Principiante |
|
Registrado: Lun Abr 27, 2009 11:50 am Mensajes: 20
|
Hola:
como he visto que la intervención que hice antes es un poco complicada, os pregunto ésta a ver si me la podéis resolver:
¿que pasa si en una votación de una comunidad se permite que voten vecinos morosos? la ley dice que no pueden votar y además se teandrían en cuenta ala hora de configuración de mayorías. imaginaros que son una cantidad suficiente como para que no haya mayoría suficiente para alcanzar un acuerdo, el acuerdo es inválido, ¿no?
por otra parte, ¿qué creeríais que pasaría si esta reunión de hubiera plasmado en un libro que no está diligenciado por el registrador de la propiedad? el acuerdo sería inválido también, ¿no?
no se si será mucho pedir, pero conocéis jurisprudencia?
agradezco vuestras respuestas
|
|
Arriba |
|
|
comunero
|
Asunto: Publicado: Mié Mar 16, 2011 11:31 am |
|
|
Experto |
|
Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm Mensajes: 2190
|
Si eso ocurre, estaría mal hecho, es algo que va contra ley y tienen un año para impugnar el posible acuerdo.
El libro de actas es necesario, pero si no se tiene en un momento determinado, tampoco es que pase nada.
No hay acuerdos nulos o inválidos, para que suceda eso, por desgracia, hay que impugnar debidamente de lo contrario sigue adelante.
Haberla, la hay, y seguro que alguien te pone algo por aquí, aunque tampoco creo que sea muy difícil buscarla con google.
_________________
La conciencia es lo único que no se rige por el gobierno de las mayorías.
|
|
Arriba |
|
|
ADMINISTRADOR DE FINCAS
|
Asunto: Publicado: Mar Mar 22, 2011 10:29 am |
|
|
Experto |
|
Registrado: Vie Dic 03, 2010 12:36 pm Mensajes: 124 Ubicación: MADRID
|
Los morosos no cuentan para la mayoria da igual su numero si solo quedasen 3 personas al corriente de pagos la mayoria es dos.
En cuanto a si votaron como bien dice comunero solo queda impugnar.
Muchos libros de actas no han pasado por el registro, si los acuerdos se han tomado validamente son validos de todas formas pero no afectarán a terceros (siguientes propietarios).
Un saludo
_________________ Ser presidente no deberia ser una carga, nuestro trabajo es su descanso
www.optimizo.es
comercial@optimizo.es
914254481/626764724
|
|
Arriba |
|
|
|
Página 1 de 1
|
[ 3 mensajes ] |
|
¿Quién está conectado? |
Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 6 invitados |
|
No puede abrir nuevos temas en este Foro No puede responder a temas en este Foro No puede editar sus mensajes en este Foro No puede borrar sus mensajes en este Foro No puede enviar adjuntos en este Foro
|
|