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Nuevo tema Responder al tema  [ 7 mensajes ] 
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 Asunto: UNANIMIDAD
NotaPublicado: Vie May 27, 2011 5:30 pm 
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Registrado: Jue Nov 06, 2008 4:54 pm
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He leído que hay bastantes sentencias del Tribunal Supremo diciendo que para hacer obras no necesarias en elementos comunes se necesita unanimidad, pero a mi me gustaría saber si la ley de propiedad horizontal se puede interpretar en este sentido sin ninguna duda, o si por el contrario sólo es posible saberlo llegando a juicio.


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NotaPublicado: Sab May 28, 2011 9:41 am 
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
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Repetir el mensaje no suele ayudar sino todo lo contrario, lo mejor es que dejes solo uno.

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 Asunto: UNANIMIDAD
NotaPublicado: Lun May 30, 2011 5:53 pm 
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Registrado: Jue Nov 06, 2008 4:54 pm
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Hombre lo lógico es pensar que no fui yo quién repitió el mensaje, sería absurdo que lo hiciera, pero en fin da igual

.Sentencia del Tribunal Supremo: Las obras en elementos comunes requieren la unanimidad de los vecinos
04/14/2011
0 Comments


• No basta con la autorización previa y genérica contenida en los estatutos
• 'Ninguna disposición puede ir en contra de la Ley de Propiedad Horizontal'
El Tribunal Supremo (TS) ha establecido en una sentencia que para hacer obras en elementos comunes de un edificio es necesario el consentimiento unánime de todos los vecinos. Este órgano judicial indica, en el mismo sentido, que no basta con la autorización previa y genérica contenida en los estatutos de una comunidad de propietarios para llevar a cabo esta serie de actuaciones.

Así lo indica la Sala de lo Civil del TS en una resolución en la queconfirma una sentencia de la Audiencia Provincial de Cantabria

Creo que hay más, pero en cualquier caso a mí me gustaría la interpretación de la ley por parte de un experto. porque otra cosa es seguir dando palos de ciego


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NotaPublicado: Mar May 31, 2011 12:52 pm 
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
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Sin considerarme experto te puedo decir que seguro que hay jurisprudencia que acepta obras en elementos comunes sin la unanimidad y es que cada caso suele ser distinto y tener cuestiones que hacen variar la decisión.

Estoy de acuerdo con que los estatutos no pueden ir contra la ley y en este caso coincido con la sentencia, pero no hay que olvidar que para actuar contra una obra en elementos comunes es necesario demandar la situación ya que si se deja correr el tiempo puede considerarse que hay consentimiento tácito y por tanto valor algo que no ha sido realizado con la unanimidad. Aquí es precisamente donde está el problema en la demanda, ya que no todos estamos dispuestos a llevarla a cabo sin más.

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 Asunto: UNANIMIDAD
NotaPublicado: Mar May 31, 2011 12:56 pm 
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Registrado: Jue Nov 06, 2008 4:54 pm
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Gracias por la respuesta comunero, parece que sin ir a juicio, la ley no es lo suficientemente clara. ¿conoces alguna una sentencia del Tribunal Supremo en la que avale que no es necesaria la unanimidad para tocar elementos comunes? y si es así ¿podrías darme una referencia?


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NotaPublicado: Mié Jun 01, 2011 11:36 am 
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Esto es algo de lo que había leído a ver si te vale:

http://garciacollado.blogspot.com/2010/ ... munes.html

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NotaPublicado: Mié Jun 01, 2011 11:40 am 
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
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De todas formas, estoy de acuerdo con que sea necesario la unanimidad, pero en este ejemplo y que ha pasado en mi comunidad, no coincido con esto. Si bien es verdad, se ha protestado pero no se ha llegado al juzgado, así que el resultado final será imprevisible, imagino.

El ejemplo es levantar en un pasillo común la altura del tabique para evitar posibles accidentes de niños durante sus juegos. Tal y como estaba, los niños podían subirse y caerse con una altura importante debido a un desnivel de pasillo y rampa de garaje. Al subirse este tabique se minimiza el problema y en base a eso se ha realizado sin la unanimidad. ¿Cómo lo ves?

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