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 Asunto: REPARTO COEFICIENTES
NotaPublicado: Mar May 31, 2011 10:25 am 
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Registrado: Vie May 20, 2011 9:14 am
Mensajes: 3
Hola tengo 2 dudas.

1) Tengo una comunidad nueva la cual se compone de locales , pisos , garages, trasteros y casas.
El caso es que es de nueva edificación y hay 16 viviendas terminadas pero se han quedado las de una calle 5 casas sin terminar por la crisis, el caso es que voy a crear la comunidad y al estar estas casas en ladrillo aún no se si tengo que meterlas en los gastos de comunidad o no, ya que se va a crear ya la comunidad de propietarios la cual la componen 4 calles y una de ellas es ésta que aún es campo pero que hay 4 casas como he dicho pero aún en ladrillo. Tendría el promotor que pagar los gastos de la comunidad, éstas están incluidas en el Título Constitutivo con sus coeficientes y todo.

2) En el Titulo Constitutivo donde pone las viviendas en la cuota cita: Se le asigna una cuota en el total valor de la casa, elementos comunes y gastos de ochenta y cuatro enteros con seis centesimas por ciento.

En cada una de ellas te ponen un porcentaje, pero es muy elevado, no lo entiendo , ya que la suma de todos los coeficientes de las propiedades tienen que dar el 100%, pero si sumo nada más que dos de éstas ya me sobrepasa el 100% como lo hago??????

Muchas gracias!!!!!!!!!!!!!!!!!!!


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NotaPublicado: Sab Jun 18, 2011 11:09 pm 
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Experto
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Registrado: Vie Dic 03, 2010 12:36 pm
Mensajes: 124
Ubicación: MADRID
No termino de entender lo que dice pero no cuadra., como bien dice las cuotas deben sumar 100, habria que ver el titulo entero para poder contestarla.
Lo mejor es contratar a un administrador de fincas que gestione todo esto y pueda asesorarle con la constitución.
Ultimamente estamos teniendo muchos problemas con los promotores con lo que estamos acostumbrados a lidiar con ellos puesto que se suelen negar a pagar las cuotas.

Un saludo

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NotaPublicado: Dom Jun 19, 2011 9:36 am 
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Experto
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Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
Mensajes: 2190
Tiene que acudir al registro de la propiedad y buscar copia de las escrituras para ver que dicen estas.

Si no hay edificio, está claro que no puede haber comunidad, una cosa es que haya propiedad y propietarios y otra que ni siquiera haya un edificio.

Si tienes el título constitutivos a la vista y no cuadra con la realidad, será cuestión de que se reúnan y decidan que hacer, pero tienen que tener claro que si afecta al título tendrá que ser un voto unánime.

La suma total nunca puede ser inferior a 100%, así que algo no está bien en esa documentación, o es 100 o múltiplos de éste.


Es usted propietario o que?

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