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 Asunto: Necesito ayuda
NotaPublicado: Vie Abr 28, 2006 11:58 pm 
Hola a todo el mundo, necesito ayuda porque la presidenta de mi Comunidad ha "secuestrado" el libro de Actas, cuya custodia pertenece al Administrador. ¿Es eso legal? No lo quiere devolver, así que los vecinos hemos pensado denunciarla pero no sabemos hasta qué punto estamos amparados por la Ley.

Otro asunto: el Administrador de fincas de mi Comunidad es a la vez Administrador y vecino.
Este martes habrá una Junta General Extraordinaria para votar si la Comunidad va a prescindir de sus servicios o no y dar a conocer presupuestos de otros Administradores. Pues bien, en la carta depositada por la presidenta en los buzones de todos los vecinos para convocar dicha reunión dice textualmente:

"Se pide a D. XXX, vecino de la Comunidad XXX piso X, que aun siendo propietario y tener derecho como tal a la asistencia a la reunión, al formar parte de la Administración se abstenga de hacerlo, ya que los vecinos tienen el derecho de sentirse completamente libres de expresar sus opiniones sin verse coaccionados con su presencia".

Leyendo el texto anterior yo me pregunto: ¿esto se puede hacer? ¿es denunciable? ¿se puede prohibir a una persona a asistir a una reunión de vecinos de su PROPIA CASA para decidir un asunto que le concierne directamente por el mero hecho de tener una determinada profesion?

Que alguien me lo explique porque no se en que mundo viven mis vecinos.


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 Asunto: Administrador y Libro de Actas.
NotaPublicado: Sab Abr 29, 2006 5:40 pm 
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Colaborador
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Registrado: Jue Ago 11, 2005 12:36 pm
Mensajes: 593
Ubicación: Alicante
El Libro de actas como documento perteneciente a la comunidad debe de estar a disposición de cualquier propietario que lo desee, nadie ni siquiera el presidente puede apropiarselo.

En cuanto al administrador, evidentemente, nadie puede negarle la asistencia a la junta, se trate el tema que se trate, la asistencia no puede impedirsele a ningun propietario, únicamente el voto, si este es moroso y se e ha comunicado su situación de acuerdo a ley.

Otra cosa muy distinta es que en el momento de realizarse la votación, el administrador deposite su voto, o de su representación a otro de los vecinos, para que vote en el sentido que el le diga.

Considero que es la manera mas limpia de actuar, aunque posteriormente se enterara de que vecinos le han votado y cuales no, pero el que debe de quedar bien es el y no coaccionar de ninguna de las maneras a los demas propietarios.

Saludos

_________________
Miguel Carlos Gorriz Fuertes.
Administrador de Fincas.
Colegiado Nº 1436. Alicante.
Tlf: 660 00 60 28
E-mail: cgorrizf@gmail.com
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