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 Asunto: ¿Recurrir al Colegio de Administradores es una vía posible?
NotaPublicado: Mié May 03, 2006 5:15 pm 
Leyendo determinados post de este foro cabe preguntarse: ¿en qué casos actúa el Colegio de Administradores de Fincas para cumplir las funciones que la ley le reconoce? ¿Podemos los particulares recurrir al Colegio para que defiendan el respeto debido a los derechos de los particulares ? ¿Es una vía posible? ¿Qué trámites exige?:

LEY 2/1974, DE 13 DE FEBRERO, SOBRE COLEGIOS PROFESIONALES: Artículo 5.I. Ordenar en el ámbito de su competencia la actividad profesional de los colegiados, velando por la ética y dignidad profesional y por el respeto debido a los derechos de los particulares y ejercer la facultad disciplinaria en el orden profesional y colegial


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