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Autor Mensaje
 Asunto: Tengo un ocupa en mi piso
NotaPublicado: Mar Abr 25, 2006 12:14 pm 
Hola a todos...

Mi problema es el siguiente:

1) Un familiar me dejó un piso en usufructo.
2) La sobrina de la causante, sin tener la nuda propiedad, lo alquiló a un hermano suyo.
3) Esta señora le hizo un contrato de alquiler a su hermano.
4) Le he mandado una notificación notarial al señor que ocupa el piso para que lo deje libre.
5) Este señor dice que no se va ya que su hermana le alquiló el piso, paga un alquiler mensual y, además, tiene un contrato que lo respalda.
6) También argumenta que ha hecho reformas en el piso y que, de irse, le he de abonar todos los gastos ocasionados por las reformas que ha hecho en mismo.

PREGUNTAS:

1) El citado contrato de alquiler es válido, nulo o anulable.
2) Qué puedo hacer para que ese señor desaloje el piso.
3) En el caso de que pueda echarle ¿he de abonarle los gastos de las reformas efectuadas por su cuenta y riesgo?

Un cordial saludo,
Marta :?:


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 Asunto: alquiler
NotaPublicado: Dom May 07, 2006 12:33 pm 
Por lo que expone, usted tiene un piso en usufructo. Por lo tanto, el uso y disfrute del mismo le corresponde a usted. Pero siempre y cuando tenga un 100 por cien de ese usufructo. Por los conceptos que utiliza, parece que su derecho sobre ese piso viene de una herencia, por lo que debe fijarse muy bien en la escritura de aceptación de herencia para ver que tipo de derecho le corresponde, si usufructo o nuda propiedad, pues parece que los confunde ya que cree erroneamente que por el hecho de tener la nuda propiedad de un inmueble lo puede alquilar ya que no es así.

Por lo tanto, si la sobrina de la causante no tiene el pleno dominio o el derecho de usufructo sobre ese inmueble ese contrato de arrendanmiento sera ineficaz y usted de debería poner una demanda de desahucio en el juzgado del partido judicial en el que radique el inmueble.

El tiempo que le costaría sacar a ese señor del inmueble dependerá del trabajo que tengan en el juzgado así como de la eficacia de las notificaciones del juzgado a ese señor para que se persone en el juicio.

No se podría oponer el hecho de que haya hecho reformas puesto que la ley de arrendamientos urbanos es muy clara al respecto y en este caso a la vista de la información que aporta no estaríamos ante un contrato de arrendamiento si es usted la que tiene el derecho usufructo al 100 %. Las mejoras se quedarían en la casa a primera vista. Si quisiera llevarse las mejoras consigo lo pod´ria hacer salvo que menoscabara el inmueble, esto es, salvo que destruyera partes del mismo al llevarsela.

Su sobrina en el caso de que no tuviera ninguin derecho sobre ese inmueble al haberlo alquilado y al cobrar una renta periodica estaría cometiendo un delito continuado de estafa.

Aunque la información que proporciona es insuficiente y es probable que usted se encuentre en un error. Lo mejor es que se ponga en contacto con un abogado. Recuerde que puede tener derecho a la asistencia jurídica gratuita. Para saberlo vaya al colegio de abogados de su provincia o al juzgado.

Este post se ha escrito en aras de evitar una posible situacion de desamparo e indefensión. Señor administrador de la web sea tan amable de no borrarlo. Muchas gracias y saludos.

Abogado del Reicaz.


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