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Autor |
Mensaje |
Gestinurb
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Asunto: Gastos de constitución de la Comunidad Publicado: Mar Dic 05, 2006 11:08 pm |
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Principiante |
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Registrado: Vie Oct 13, 2006 6:03 pm Mensajes: 24
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En un edificio de 20 viviendas el constructor ha promovido la constitución de la Cdad. y presenta una serie de gastos de constitución que no me cuadran como por ejemplo: los gastos de adquirir y colocar los buzones y la acometida de luz. No se si en todos los municipios será igual pero creo que los tanto una cosa como la otra la tiene que poner para que le den la licencia y la cédula de habitabilidad y quiere poco menos que traspasar el gasto. Nosotros si queremos pasar los contadores de servicios comunes de agua y luz a nombre de la comunidad, pero no así el coste de las acometidas.
¿Que opinión teneis sobre este asunto? Agradecido de antemano.
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URBIFINCAS
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Asunto: Publicado: Sab Dic 09, 2006 1:21 am |
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Colaborador |
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Registrado: Mié Oct 04, 2006 10:49 pm Mensajes: 631 Ubicación: Valencia y Alicante
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Claramente, los gastos de adquirir y colocar los buzones no parece que tengan que soportarlos ustedes, sino más bien el promotor/constructor, quien es el responsable de entregar la finca en el adecuado estado de habitabilidad.
Respecto a la acometida de la luz, exactamente no sabemos qué quiere decir con ello. Si se refiere al contrato de alta de suministro de electricidad, es la comunidad la que debe pagar el alta del suministro, aunque lo normal es que ya se tenga el suministro de electricidad de obra, y solo haya que instalar los diversos contadores -que se cobrarán como si de un alta se tratara-, que serán a cargo de la comunidad, respecto de los comunes, y a cargo de cada propietario, respecto de los privativos.
Si, por contra, por acometida se refiere a la derivación del fluido eléctrico desde la red principal hacia el edificio, creemos que este es un gasto que ustedes no deben soportar, por cuanto tuvo que contratarlo el promotor a su nombre para obtener el suministro eléctrico de obra.
En todo caso, y no solo para este, coméntenle al promotor que solo se harán cargo de gastos que tengan la factura correspondiente, a nombre de la comunidad, y no a nombre de la promotora/constructora.
_________________ Un cordial saludo,
El equipo de URBIFINCAS
WWW.URBIFINCAS.COM
"Un nuevo concepto en gestión de
comunidades de propietarios"
NOTA: Las respuestas ofrecidas se corresponden con nuestra opinión y podrían ser mejorables.
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Gestinurb
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Asunto: A Urbifincas Publicado: Dom Dic 10, 2006 11:00 pm |
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Principiante |
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Registrado: Vie Oct 13, 2006 6:03 pm Mensajes: 24
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Muchas gracias a los señores de Urbifincas por su respuesta. Leo detenidamente sus comentarios en los foros y me parecen muy acertados.
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