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Admicove.comEl foro para Administradores de Fincas, Comunidades de vecinos, compra venta de inmuebles y consultas sobre la Ley de Propiedad Horizontal. |
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Fecha actual Mar May 14, 2024 12:01 pm
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Autor |
Mensaje |
b1979
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Asunto: estatutos comunidad Publicado: Jue Dic 14, 2006 10:44 pm |
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Principiante |
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Registrado: Jue Dic 14, 2006 10:07 pm Mensajes: 2
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Hola:
Soy nueva aqui,pero tengo varios problemas con mi piso,a ver si alguien me puede ayudar...
El dia que firme la escritura los estatutos de la comunidad venian an la misma,y hay uno de ellos redactado e incluido porque beneficia al constructor.
¿es legal o se supone que los estatutos se tienen que determinar entre todos los prrpietarios y por votacion?
2ºEn el estatuto ese que os comento pone :el uso y disfrute del espacio diafano pertenece a los pisos de la planta 2º"Yo soy propietaria de uno de ellos,pero el constructor quiere aplicarlo solo a los pisos 2º que posee el y esta construyendo encima de mi piso....
Os agradecere cualquier ayuda
Un saludo
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URBIFINCAS
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Asunto: Publicado: Lun Dic 18, 2006 10:41 pm |
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Colaborador |
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Registrado: Mié Oct 04, 2006 10:49 pm Mensajes: 631 Ubicación: Valencia y Alicante
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Suele ser habitual que el promotor establezca cláusulas en la escritura de división horizontal que permitan a los locales comerciales o a él mismo, realizar actuaciones que, de otro modo, requerirían el voto favorable -en ocasiones unánime- de la junta de propietarios.
No obstante, esto no quiere decir que no constituya un abuso, que puede ser denunciado judicialmente. También debe considerarse el artículo 12 de la LPH: "La construcción de nuevas plantas y cualquier otra alteración de la estructura o fábrica del edificio o de las cosas comunes afectan al título constitutivo y deben someterse al régimen establecido para las modificaciones del mismo", es decir, se requiere la unanimidad de la junta de propietarios.
En su caso concreto, si el estatuto menciona que el uso y disfrute del espacio diáfano pertenece a los pisos de la planta 2ª, eso la incluye a usted y, por tanto, el promotor está privándola del uso y disfrute de un elemento que, según el estatuto, debe usted poder utilizar.
_________________ Un cordial saludo,
El equipo de URBIFINCAS
WWW.URBIFINCAS.COM
"Un nuevo concepto en gestión de
comunidades de propietarios"
NOTA: Las respuestas ofrecidas se corresponden con nuestra opinión y podrían ser mejorables.
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