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 Asunto: Contratación de portero/Conserje
NotaPublicado: Mié Feb 14, 2007 1:19 pm 
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Registrado: Mar Nov 21, 2006 11:10 am
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En mi comunidad se baraja la contratación de un servicio de conserjería/portería. Ahora no se dispone de tal servicio.

De acuerdo con los presupuestos, la nueva cuota de comunidad resultante, sería de alrededor del doble de la actual.

Entiendo, que según la LPH, se precisa una aprobación de 3/5 tanto en propietarios como en coeficientes.

La duda es si sería aplicable la posibilidad de negarse a asumir la duplicación del importe de la cuota, caso de salir aprobado.


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NotaPublicado: Sab Feb 17, 2007 9:32 pm 
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Registrado: Dom Nov 12, 2006 3:01 pm
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Pero si no entonces ¿Para qué se vota?.
Si más de las 3/5 partes votan sí, eso obliga a todos, y no hay posibilidad de no pagar.

De todas formas podéis buscar un conserje que efectúe la limpieza y el mantenimiento sencillo de la finca, por lo que con lo que ahorráis en estos 2 conceptos podéis permitiros, con una pequeña subida, tener conserje.

Pq otra cosa, que se ha tratado aquí a veces, es si algún vecino no tiene recursos para abonar ese dinero.


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NotaPublicado: Lun Feb 19, 2007 8:46 am 
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Registrado: Mar Nov 21, 2006 11:10 am
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Lo primero agradecerte la respuesta, Dani.

La pregunta la hago porque la Ley de Propiedad Horizontal indica en el artículo 11.

Citar:
1. Ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, según su naturaleza y características.

2. Cuando se adopten válidamente acuerdos para realizar innovaciones no exigibles a tenor del apartado anterior y cuya cuota de instalación exceda del importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, el disidente no resultará obligado, ni se modificará su cuota, incluso en el caso de que no pueda privársele de la mejora o ventaja.


Como la contratación de conserje se puede considerar incluida en lo que se dice en el apartado 1 (en ningún caso es algo necesario), se podría aplicar lo dispuesto en el apartado 2, es decir, negarse al aumento.

La duda es que en el aptdo. 1 se dice "instalaciones, servicios o mejoras", (claramente el conserje sería un "servicio"), pero luego en el dos se habla de "cuota de instalación" y en este caso no hay cuota de instalación, sino una nueva cuota resultante del pago al conserje que multiplica por más del doble la cuota actual.

La limpieza actual de la finca no llega a los 3.000 euros anuales y unos 1.000 euros de mantenimiento. La contratación, incluyendo SS y demás supone un coste de 30.000 euros. Por ello, la brutal subida de cuotas.

Me dirás ¿Y como se va a votar eso? Pues porque una empresa ubicada en la finca (que dispone de múltiples votos delegados de gente que no vive allí -especuladores y similar-) es la que quiere contratar al conserje. Presumiblemente para que les haga de recadero (eso lo supongo yo).

En fin, mi consulta era sobre todo por si alguien podía aclararme en concreto la consideración real que ha tenido en algún caso similar la posibilidad apuntada en el apartado 2.


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NotaPublicado: Dom Feb 25, 2007 10:05 am 
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Registrado: Dom Nov 12, 2006 3:01 pm
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Pero el Artículo 17.1 Párrafo 2 es muy claro y menciona exprésamente el servicio de conserjería:
El establecimiento o supresión de los servicios de ascensor, portería, conserjería, vigilancia u otros servicios comunes de interés general, incluso cuando supongan la modificación del título constitutivo o de los estatutos, requerirá el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación.

Aparte, me parece muy bajo vuestro gasto en limpieza (3000 Euros anuales) por lo que entiendo es una finca muy pequeña. Y el presupuesto de conserje me parece una pasada: 30000 Euros anuales!!!!!! Yo he conseguido en mi finca de 70 vecinos en Madrid presupuestos de 1500-1600 Euros mes de conserje haciendo limpieza, así que convendría que buscarais cosas más baratas que las hay.

Si la empresa que mencionas tiene tantas propiedades, tienen derecho a votar como propietarios que son, pero eso sí su voto en Nº de propietarios cuenta como 1 sólo por lo que si el resto de vecinos estáis en contra podáis impedir fácilmente la contratación del conserje, ya que se requieren 3/5 de coeficientes Y PROPIETARIOS.

Lo que sí te aconsejo es que te impliques, hables con tus vecinos y estés enterado pq como lo dejes, un día te encuentras al conserje ya trabajando.


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NotaPublicado: Lun Feb 26, 2007 8:39 am 
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Registrado: Mar Nov 21, 2006 11:10 am
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Gracias de nuevo, Dani.

En la votación no alcanzaron los 3/5, pero por los pelos, contando las delegaciones, claro. A la gente que estaba allí mayoritariamente nos parecía una exageración. Aclarar que los 30.000 son para un servicio de conserjería 7 días/semana y que lo de votar una vez aunque haya más de una propiedad se lo saben; son dos socios y un piso está a nombre de uno, otro del otro, otros de distintas sociedades, etc.

A ver que pasa en la próxima. Yo desde luego si sale pienso negarme.


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