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Autor |
Mensaje |
gaditano330
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Asunto: consideración de gastos generales y establec. de cuotas Publicado: Jue Feb 22, 2007 10:48 am |
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Principiante |
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Registrado: Jue Feb 22, 2007 10:34 am Mensajes: 1
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Estimado amigo:
Soy propietario de una vivienda en un bloque de viviendas, en cuyo sótano hay garajes y trasteros, pero ocurre que no todas las viviendas disponen de garajes, de hecho la mia tiene trastero pero no tiene garaje.
A la planta de sótano se puede acceder por el ascensor, por las escaleras y por la puerta de entrada de los vehículos (que no tiene acceso peatonal) y que tiene un motor que hace que suba para que puedan entras lo vehículos.
Considero que los gastos del acceso de los vehículos (impuesto municipal de vado, mantenimiento y reparaciones de la puerta mecánica que sube, y gasto de electricidad del motor de dicha puerta), no son gastos generales, y por tanto se pueden individualizar e imputar a los propietarios de viviendas con garajes. Asunto este que planteé en la Asamblea General de propietarios que tuvimos ayer.
Cual no es mi sorpresa cuando se acuerda que los propietarios de trasteros también deben abonar los gastos anteriormente citados, argumentándose que dado que se les ha autorizado a tener mando a distancia para poder entrar en la planta de sótano a cargar o descargar cosas del trastero, deben abonar estos gastos.
En mi caso personal no he solicitado el mando a distancia ya que no pienso entrar con mi vehículo en la planta sótano.
Quisiera saber si mi postura de considerar que los gastos de accedos de los vehículos deben ser abonado solo por los propietarios de las viviendas con garajes es correcta o es incorrecta.
Atentamente.
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URBIFINCAS
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Asunto: Publicado: Lun Mar 12, 2007 6:25 pm |
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Colaborador |
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Registrado: Mié Oct 04, 2006 10:49 pm Mensajes: 631 Ubicación: Valencia y Alicante
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Salvo que exista exención de gastos para los trasteros establecido en el título constitutivo o por acuerdo unánime de todos los propietarios, debe participar en todos los gastos según su coeficiente de participación. La individualización de gastos es para casos muy concretos, por ejemplo cuando se envía un burofax a un vecino, se permite reputarlo al mismo.
_________________ Un cordial saludo,
El equipo de URBIFINCAS
WWW.URBIFINCAS.COM
"Un nuevo concepto en gestión de
comunidades de propietarios"
NOTA: Las respuestas ofrecidas se corresponden con nuestra opinión y podrían ser mejorables.
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