Admicove.com

El foro para Administradores de Fincas, Comunidades de vecinos, compra venta de inmuebles y consultas sobre la Ley de Propiedad Horizontal.
 FAQ •  Buscar •  Registrarse •  Identificarse 
Fecha actual Dom May 12, 2024 9:33 pm

Todos los horarios son UTC + 1 hora




Nuevo tema Responder al tema  [ 6 mensajes ] 
Autor Mensaje
 Asunto: Vecina cotilla no quiero que vea mi obra
NotaPublicado: Jue Feb 15, 2007 3:43 pm 
Desconectado
Principiante
Principiante

Registrado: Jue Feb 15, 2007 3:31 pm
Mensajes: 1
Hola;
Me he comprado una casa y tengo la típica vecina que no tiene otra cosa que hacer en todo el día más que curiosear. Está justo en la puerta de en frente y además es la presidenta. Voy a hacerle una obrita a la casa (alisar paredes, cambiar el suelo y los sanitarios y alicatados del cuarto de baño) y no quiero que ella esté entrando y saliendo de mi casa para ver qué estoy haciendo. ¿Cómo puedo evitarlo? ¿Ella al ser la presidenta tiene derecho a entrar en mi casa sin mi consentimiento? [/b]


Arriba
 Perfil  
 
 Asunto:
NotaPublicado: Dom Feb 18, 2007 10:53 am 
Desconectado
Experto
Experto

Registrado: Dom Nov 12, 2006 3:01 pm
Mensajes: 112
No, el Presidente no tiene derecho a entrar a ninguna propiedad privada, aunque sí es cierto que si las obras generan ruídos y molestias a otros vecinos podría hacerte un "interrogatorio" sobre qué es lo que estás haciendo.


Arriba
 Perfil  
 
 Asunto:
NotaPublicado: Lun Feb 19, 2007 9:10 pm 
Desconectado
Colaborador
Colaborador

Registrado: Mié Oct 04, 2006 10:49 pm
Mensajes: 631
Ubicación: Valencia y Alicante
"El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito" (Art. 18.2 - Constitución Española)

Nadie tiene derecho a entrar en su domicilio, salvo orden judicial o delito evidente. No obstante, si va usted a realizar obras, es conveniente que solicite la oportuna licencia de obras en su ayuntamiento.

_________________
Un cordial saludo,

El equipo de URBIFINCAS

WWW.URBIFINCAS.COM
"Un nuevo concepto en gestión de
comunidades de propietarios"

NOTA: Las respuestas ofrecidas se corresponden con nuestra opinión y podrían ser mejorables.


Arriba
 Perfil  
 
 Asunto:
NotaPublicado: Dom Mar 18, 2007 4:16 pm 
Desconectado
Principiante
Principiante

Registrado: Lun Ene 22, 2007 6:01 pm
Mensajes: 8
Respecto a este tema, que hacer si un vecino no deja pasar al tecnico que envia el seguro para evaluar un daño que se cree puede estar originado en su vivienda? y que hacer si un vecino te informa que va a hacer obras en su casa (en virtud de la LPH creo que es obligatorio informar a la Comunidad), y como comprueba la junta directiva que se atañe a lo informado y a lo solicitado en la licencia de obra (si es que tiene alguna responsabilidad, sobre todo en cosas como fachadas, patios o que afecten a tuberias y demas elementos comunes). En nuestro caso, las bajantes pasan sobre los trasteros particulares: si un vecino quisiera cambiar una bajante (no por averia, si no por cambio de ubicación de los sanitarios), ¿como se pediria o se puede obligar al dueño del trastero a dejar paso a su propiedad?. Gracias :wink:


Arriba
 Perfil  
 
 Asunto:
NotaPublicado: Lun Mar 19, 2007 12:57 pm 
Desconectado
Experto
Experto

Registrado: Mié Ene 31, 2007 1:00 pm
Mensajes: 2190
Hola, despues de lo leido no se entonces para que tenemos una Ley, no dice esto que pongo a continuación la LPH?

Artículo quinto

El artículo 9 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal, queda redactado en los siguientes términos:

"1. Son obligaciones de cada propietario:

a) Respetar las instalaciones generales de la comunidad y demás elementos comunes, ya sean de uso general o privativo de cualquiera de los propietarios, estén o no incluidos en su piso o local, haciendo un uso adecuado de los mismos y evitando en todo momento que se causen daños o desperfectos.

b) Mantener en buen estado de conservación su propio piso o local e instalaciones privativas, en términos que no perjudiquen a la comunidad o a los otros propietarios, resarciendo los daños que ocasione por su descuido o el de las personas por quienes deba responder.

c) Consentir en su vivienda o local las reparaciones que exija el servicio del inmueble y permitir en él las servidumbres imprescindibles requeridas para la creación de servicios comunes de interés general acordados conforme a lo establecido en el artículo 17, teniendo derecho a que la comunidad le resarza de los daños y perjuicios ocasionados.

d) Permitir la entrada en su piso o local a los efectos prevenidos en los tres apartados anteriores.


Pues lo subrayado obliga a los propietarios a permitir la entrada en su piso a los efectos marcados.

No se dice nada de registros ni cosas raras, no seamos tan extremistas.

Por supuesto si de lo que se trata por parte del presidente es curiosear por el hecho de curiosear pues tampoco se le va a consentir, pero de ahí a las opiniones dadas tan tajantes me parece que no debe ser asi.

"interrogatorios, inviolable, flagrante delito, orden judicial"

De las opiniones expuestas, la unica coherente me parece que es la de Emece, pero Livia evidentemente es tu casa y tu decides, pero yo no me opondria a que echara alguien un vistazo sobre todo una vez terminada la obra y si te ha quedado bonita poder faldar de buen gusto, jejejejeje.


Arriba
 Perfil  
 
 Asunto:
NotaPublicado: Jue Mar 22, 2007 10:04 pm 
Desconectado
Experto
Experto

Registrado: Dom Nov 12, 2006 3:01 pm
Mensajes: 112
Hombre, desde el ppio se entiende que es una obra privada en un domicilio.

Yo veo lógico y muy conveniente para evitar confusiones dar explicaciones al Presidente, pero nada más.


Arriba
 Perfil  
 
Mostrar mensajes previos:  Ordenar por  
Nuevo tema Responder al tema  [ 6 mensajes ] 

Todos los horarios son UTC + 1 hora


¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 4 invitados


No puede abrir nuevos temas en este Foro
No puede responder a temas en este Foro
No puede editar sus mensajes en este Foro
No puede borrar sus mensajes en este Foro
No puede enviar adjuntos en este Foro

Buscar:
Saltar a: