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Nuevo tema Responder al tema  [ 3 mensajes ] 
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 Asunto: Punto del Orden del día sobre alteración elementos comunes?
NotaPublicado: Lun Abr 16, 2007 1:40 pm 
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Registrado: Lun Abr 09, 2007 10:03 pm
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Hola.

Dos propietarios de mi finca han demolido varios elementos comunes del edificio (una pared de separación de dos pisos, un muro de separación de dos terrazas y parte de muro de fachada). Se va a convocar una Junta extraordinaria para tratar el tema. Teniendo en cuenta que las alteraciones ya están hechas, desearía saber cómo redactar el punto del orden del día para que no sea ambiguo, no se pueda impugnar posteriormente y sea perfectamente válido para emprender acciones judiciales contra los infractores. ¿Alguna idea? ¿Cómo se formularia el punto, en positivo (otorgar permiso) o en negativo (denegar permiso)? ¿Sería mejor hablar de elementos comunes en general o relacionar específicamente los que se han alterado?

Podría ser algo así como:

- Otorgar/Denegar permiso para las obras realizadas sobre elementos comunes X en los pisos Y, etc.
ó
- Procedencia/Aceptación o no de las obras sobre elementos comunes X en los pisos Y, etc.

Gracias y saludos.


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NotaPublicado: Lun Abr 16, 2007 3:37 pm 
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Registrado: Vie Oct 27, 2006 9:18 pm
Mensajes: 424
Ubicación: Barcelona (España)
Por lo que veo, la obra o modificación del elemento común ya esta hecho. Ahora se trataría de pedir responsabilidades del motivo de hacerlo sin consentimiento de la junta, y si la junta lo estima oportuno, se tendría que volver a la situación anterior del hecho.

Sobre la convocatoria se podría poner: Modificación de elementos comunes, procedimientos a seguir.


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NotaPublicado: Mar Abr 17, 2007 12:08 pm 
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Registrado: Lun Abr 09, 2007 10:03 pm
Mensajes: 6
Antonio R escribió:
Por lo que veo, la obra o modificación del elemento común ya esta hecho. Ahora se trataría de pedir responsabilidades del motivo de hacerlo sin consentimiento de la junta, y si la junta lo estima oportuno, se tendría que volver a la situación anterior del hecho.

Sobre la convocatoria se podría poner: Modificación de elementos comunes, procedimientos a seguir.


Creo que en estos casos como hay que proceder es separando por un lado el permiso o no de las alteración de elementos comunes y por otro lado las accciones a emprender contra los infractores, ya que ambos temas exigen mayorías distintas para su aprobación. En este caso, el permiso para modificar los elementos comunes exigiría la unanimidad de los votos, mientras que el tema de dar poderes al Presidente para iniciar acciones legales en nombre de la Comunidad exigiría una simple mayoría.
Lo más normal es que la Junta no apruebe el permiso para alterar esos elementos comunes (basta un solo voto en contra), y por otro lado no apruebe por mayoría apoderar al Presidente, con lo que las acciones legales de la Comunidad quedan bloqueadas, pero al menos se pronuncia sobre la ilegalidad de alterar los elementos comunes y deja la puerta abierta a que cualquier comunero pueda iniciar acciones legales con total legitimidad.


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